Boletines/San Vicente

Ordenanza Nº5620

Ordenanza Nº 5620

San Vicente, 06/08/2026

VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expte. N° 4108-1-69356-2022-00, mediante las cuales la señora VANESA MARIA ROMERO, DNI N° 33.007.615, solicita la adquisición del inmueble de dominio municipal identificado catastralmente como Circunscripción III, Sección B, Manzana 121, Parcela 7, Partida N° 37009, y;

 

CONSIDERANDO:

Que a tales fines acompaña copia simple de cesión de acciones y derechos posesorios del mencionado inmueble;

Que el inmueble en cuestión pertenece al dominio privado municipal, conforme surge de la Escritura N° 3085;

Que se deja constancia que la interesada ha manifestado su intención de compra del mencionado inmueble;

Que obra agregada tasación y valuación estimativa del inmueble, estableciéndose un valor estimado de venta de dólares estadounidenses quince mil (U$S 15.000.-);

Que la interesada realiza una propuesta de compra de cien cuotas mensuales de dólares estadounidenses ciento cincuenta (U$S150,-), hasta cubrir el valor del U$S 15.000.-;

Que el artículo 25° del Decreto Ley N° 9533/80 establece que podrá efectuarse la venta directa con exclusión del régimen de subasta pública (art. 23°, inc. C) cuando “Lo requieran ocupantes que acrediten fehacientemente la erección de mejoras o construcciones pertinentes con una antelación de tres (3) años a la fecha de la petición ' (inciso 4):

Que, dada la antigüedad de las actuaciones, el mencionado plazo de tres años está cumplido a la fecha;

Que el Subsecretario de Tierras y Patrimonio Arquitectónico sugiere la venta del inmueble a fs. 81 del expediente;

Que, a los efectos de determinar el precio oficial de venta, los artículos 21° y 26° del Decreto Ley N° 9533/850 imponen la intervención de la Comisión Municipal de Valuaciones y Tasaciones, correspondiendo que dicha valuación sea pactada antes de la suscripción del boleto de compraventa y escritura traslativa de dominio;

Que el artículo 55° del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) requiere la autorización del Honorable Concejo Deliberante para la venta de inmuebles municipales;

Que la Dirección General de Legal y Técnica ha tomado intervención de su competencia;

Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE en uso de sus atribuciones sanciona:

ORDENANZA

ORDENANZA Nº5620

 

ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a la venta directa del inmueble de dominio privado municipal identificado catastralmente como Circunscripción III, Sección B, Manzana 121, Parcela 7, Partida N° 37009, del Partido de San Vicente, a favor de la señora VANESA MARIA ROMERO, DNI N° 33.007.615.

ARTICULO 2º: Previo a la suscripción del boleto de compraventa y de la escritura traslativa de dominio, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá requerir la intervención de la Comisión Municipal de Valuaciones y Tasaciones a los fines de practicar la valuación oficial del inmueble conforme lo establecido en los artículos 21° y 26 del Decreto-Ley N° 9533/80.

El precio de venta será determinado por el Departamento Ejecutivo en base a dicha valuación oficial.

ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal suscribirá el boleto de compraventa, escritura traslativa de dominio y demás instrumentos jurídicos necesarios para dar cumplimiento con la presente Ordenanza, pudiendo asimismo determinar las condiciones, plazos y modalidades de pago conforme el resultado de la valuación oficial practicada.

ARTICULO 4º: Comuníquese, regístrese, archívese.

 

Dada en la Sala del Club Defensores de Domselaar a los seis días del mes de agosto del año dos mil veintiseis. -

 

 

 

San Vicente, 10 de agosto de 2026

 

VISTO:

                                  La precedente Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de San Vicente, y;

 

 

El Señor Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTÍCULO 1°:        Promúlguese la ORDENANZA Nº 5620.

ARTÍCULO 2°:        Tome conocimiento las Áreas que correspondan.

ARTÍCULO 3°:        Comuníquese, regístrese, archívese. 

DECRETO N° 2023