Boletines/Lobos
Ordenanza Nº 2914/18
Lobos, 14/08/2018
VISTO: Que el 14 de junio de 1982 fallecieron tres de los cuatro soldados lobenses caídos en Malvinas, habiendo fallecido el restante el día 13 de junio del mismo año; y
CONSIDERANDO: Que el espíritu que nos identifica como comunidad es el de los valores colectivos que todos afirmamos, como los de la Patria, la Solidaridad, la Valentía, el Heroísmo y el Orgullo de ser Argentinos, representados todos ellos en la Causa y Gesta de Malvinas.-
Que las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, y los espacios marítimos circundantes son argentinos, por razones históricas, geográficas y jurídicas de Derecho Internacional.-
Que fue sancionado por el Congreso Nacional el 14 de noviembre de 1973, a través de la Ley Nº 20561/73, que el 10 de Junio fuera el “Día de la afirmación de los Derechos Argentinos sobre las Malvinas, Islas y Sector Antártico” – también denominado Día de la Afirmación de los Derechos Argentinos sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, y los espacios marítimos circundantes – disponiéndose conmemoraciones, actos, clases especiales y conferencias.-
Que motivó esa fecha que el 10 de junio de 1829 se dictó un Decreto del Brigadier Martín Rodríguez (gobernador interino de Buenos Aires), haciendo a don Luís Vernet Gobernador, político y militar de las Islas Malvinas; enviándole armamento desde Buenos Aires para hacer cumplir las órdenes en la región.-
Que de esta forma, las Provincias Unidas reafirmaron sus derechos de soberanía sobre los territorios isleños, en virtud del Derecho de Primer Ocupante, la proximidad geográfica y el consentimiento de las primeras potencias marítimas de Europa.-
Que Lobos tiene una página en su historia escrita con sangre; ya que cuando el 2 de abril de 1982 la República Argentina recuperó jubilosamente los territorios australes de las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur poniendo fin a 149 años de usurpación; nuestra ciudad no estuvo ausente: varios de sus pobladores fueron a Malvinas. Y cuatro jóvenes lucharon hasta perder la vida como habían jurado, no solo por recuperar nuestro territorio, sino por acabar con el último vestigio colonial que ofende nuestra bandera.-
Que es nuestro deber defender y recordar, junto a toda la población, estos valores supremos y la historia de la Gesta de Malvinas y sus Héroes Lobenses: Sergio Omar AZCÁRATE, Jorge Luis BORDÓN, Horacio José ECHAVE y Juan Domingo RODRIGUEZ; muertos en combate; y tantos otros vecinos que pusieron su cuerpo y alma en batalla.-
Que esta Ordenanza será eficaz y fuerte punto de partida para generar conferencias, foros, difusión, manifestaciones artísticas y otras acciones a favor de la conmemoración de la proeza de Malvinas y sus combatientes lobenses.-
Que desde su llegada a Lobos, hace 20 años, el colegio “FASTA Niño Jesús” ha organizado actos para honrar la Gesta de Malvinas, homenajeando a los Combatientes y Veteranos de Guerra, así como a los caídos en combate y sus familias; manteniendo siempre vivo el recuerdo de los Héroes.-
Que a raíz de ello se han forjado estrechos vínculos entre la Institución educativa, las organizaciones de Veteranos y Excombatientes y los familiares de los caídos; haciéndose actos importantes con la presencia de los actores fundamentales de Malvinas y Autoridades Oficiales.-
Por ello, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LOBOS, sanciona por UNANIMIDAD la siguiente:
O R D E N A N Z A N º 2 9 1 4
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Instituyese el “Día de los Veteranos de la Guerra de Malvinas del Partido de Lobos” el 14 de junio, expresión de soberanía y recuerdo que se conmemorará todos los años, por ser esa la fecha en la que fallecieron tres de los cuatro soldados lobenses caídos en Malvinas.-
ARTÍCULO 2º: Declárase asueto administrativo para los excombatientes que trabajen en dependencias de la administración pública de la Municipalidad de Lobos y otros Organismos del partido.-
ARTÍCULO 3º: Conmemórese, en los establecimientos educativos de enseñanza de todos los ciclos, dependencias de la administración pública de la Municipalidad de Lobos y otros Organismos del partido; el Día de los Veteranos de la Guerra de Malvinas del Partido de Lobos con actos alusivos; dictándose al efecto conmemoraciones, clases especiales, conferencias, manifestaciones artísticas y otras expresiones, a los fines de señalar los antecedentes históricos de la Gesta de Malvinas, la legitimidad de los títulos y acciones de la Argentina, y el papel de los combatientes lobenses, especialmente el de los mártires Sergio Omar AZCÁRATE, Jorge Luís BORDÓN, Horacio José ECHAVE y Juan Domingo RODRIGUEZ.-
ARTÍCULO 4º: Embandérense e ilumínense los días 14 de junio, los edificios donde funcionan dependencias oficiales, las plazas, paseos, y todo otra edificación y/o lugar público.-
ARTÍCULO 5º: Colóquense en las instalaciones del Departamento Ejecutivo Municipal, Honorable Concejo Deliberante, y demás Organismos de la administración pública del Partido de Lobos, un cuadro o cuadros con la imagen de los soldados lobenses caídos en la Guerra de Malvinas.-
ARTÍCULO 6º: Envíese copia de la presente a Jefatura Distrital y Consejo Escolar, a los efectos de colocar un cuadro o cuadros con las imágenes de los caídos en Malvinas en las escuelas públicas del Partido de Lobos. Asimismo, invítese a las escuelas privadas a adoptar la misma medida.
ARTÍCULO 7º: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a implementar a nivel local conferencias, jornadas, manifestaciones artísticas y actividades de capacitación y formación sobre la historia y los objetivos de esta Ordenanza; junto a los institutos de enseñanza, asociaciones de Veteranos y Excombatientes, organizaciones no gubernamentales, bibliotecas, medios de comunicación y demás actores de la sociedad que se consideren oportunos.-
ARTÍCULO 8º: La Agrupación de Veteranos de Guerra de Malvinas de Lobos, y la Biblioteca Popular “Héroes de Malvinas”, conjuntamente con el Colegio “FASTA Niño Jesús”, serán los encargados de coordinar la organización del acto principal del “Día de los Veteranos de la Guerra de Malvinas del Partido de Lobos”.-
ARTÍCULO 9º: De forma.-”