Boletines/Chascomús

Ordenanza Nº6011/26

Ordenanza Nº 6011/26

Chascomús, 14/08/2026

VISTO:

La realización anual del Gran Pericón Nacional en la ciudad de Chascomús, en el marco de las celebraciones por el Día de la Independencia Argentina, y la necesidad de reconocer institucionalmente una manifestación cultural que ha trascendido el ámbito local para convertirse en un acontecimiento de relevancia regional, turística y económica; y

CONSIDERANDO:

Que el Pericón Nacional constituye una de las expresiones más representativas del patrimonio cultural argentino, simbolizando la historia, la libertad, la identidad y los valores que dieron origen a nuestra Nación.

Que mediante la Ordenanza N° 2973/2006, el Honorable Concejo Deliberante declaró de Interés Municipal y Cultural el proyecto "Pericón Nacional", desarrollado por el Taller de Folklore de las Escuelas Municipales N° 2 y N° 3, reconociendo el valor educativo y cultural de esta iniciativa para la comunidad.

Que posteriormente, mediante la Ordenanza N° 3976/2010, fue declarada Personalidad Destacada del Partido de Chascomús la profesora María Alicia Canosa, en reconocimiento a su extensa trayectoria y a su decisivo aporte como impulsora del Pericón Nacional en nuestra ciudad.

Que las celebraciones patrias representan manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, promoviendo la preservación de las tradiciones, la memoria colectiva y el fortalecimiento del sentido de pertenencia de la comunidad. -

Que la práctica y difusión de nuestras danzas tradicionales constituyen una herramienta fundamental para transmitir a las nuevas generaciones el respeto por la historia nacional, los símbolos patrios y las costumbres que forman parte de nuestra identidad.

Que Chascomús ha consolidado, a lo largo de los años, la realización del Gran Pericón Nacional como una de las celebraciones populares más importantes de la Provincia de Buenos Aires, convocando a cientos de vecinos, instituciones educativas, academias de danza, ballets folklóricos, agrupaciones tradicionalistas, músicos, artistas y familias que participan activamente de esta manifestación cultural.

Que en la edición realizada con motivo de la conmemoración del 210° aniversario de la Declaración de la Independencia Argentina participaron aproximadamente seiscientos (600) bailarines, conformando trescientas (300) parejas que interpretaron simultáneamente el Pericón Nacional, constituyendo una de las mayores convocatorias de esta danza tradicional en el territorio bonaerense.

Que el Gran Pericón Nacional es organizado por el grupo los AMIGOS DEL PERICON NACIONAL DE CHASCOMÚS junto a profesores y profesionales de la danza folklórica de Chascomús, mediante un trabajo de planificación, coordinación y organización en conjunto con la Municipalidad de Chascomús, lo que permite la participación ordenada de cientos de bailarines y garantiza una puesta en escena de destacada calidad artística.

Que dicha articulación entre el Estado Municipal y los hacedores culturales locales constituye un claro ejemplo de cooperación institucional para la preservación, promoción y difusión del patrimonio cultural argentino.

Que la convocatoria se ha extendido progresivamente más allá del ámbito local, invitando y reuniendo a academias, agrupaciones tradicionalistas, instituciones y bailarines provenientes de distintas ciudades de la región, consolidando a Chascomús como un punto de encuentro para la cultura tradicional bonaerense. -

Que la magnitud alcanzada por el Gran Pericón Nacional no es fruto del azar, sino del compromiso sostenido de sus organizadores y participantes de la danza folcklórica y de toda la comunidad, quienes han logrado transformar esta celebración en un verdadero patrimonio cultural de Chascomús.

Que la Fiesta Criolla organizada en torno a esta celebración incorpora además convocatoria de instituciones educativas y comunitarias, espectáculos artísticos, un desfile tradicionalista, patio gastronómico, participación de cooperadoras escolares, emprendedores y productores locales, promoviendo la integración comunitaria y fortaleciendo el entramado social del distrito.

Que la participación de las cooperadoras escolares mediante la organización del patio gastronómico constituye una valiosa herramienta de financiamiento para las instituciones educativas, permitiéndoles obtener recursos destinados al desarrollo de sus actividades.

Que el Gran Pericón Nacional constituye un importante atractivo de turismo cultural, convocando visitantes provenientes de distintos puntos de la Provincia de Buenos Aires y del país, quienes eligen Chascomús para participar de los festejos patrios y disfrutar de su patrimonio histórico, cultural y natural.

Que la creciente afluencia de visitantes genera un impacto económico directo y altamente beneficioso para Chascomús, incrementando la demanda de servicios hoteleros, gastronómicos, comerciales, recreativos y de transporte, dinamizando la actividad económica del distrito.

Que este movimiento turístico favorece especialmente a comerciantes, gastronómicos, hoteleros, emprendedores, artesanos, productores regionales, prestadores de servicios, trabajadores independientes y feriantes, generando un efecto multiplicador sobre toda la economía local.

Que el fortalecimiento del turismo cultural constituye una estrategia de desarrollo económico sostenible, capaz de generar empleo, incentivar inversiones, promover el consumo local y diversificar la matriz productiva del distrito sin perder de vista la preservación de la identidad cultural.

Que las experiencias desarrolladas en distintos municipios de nuestro país demuestran que el reconocimiento oficial de fiestas populares y acontecimientos identitarios incrementa significativamente su difusión, potencia la llegada de visitantes y fortalece las economías regionales.

Que el reconocimiento de Chascomús como Capital Provincial del Pericón Nacional permitirá consolidar una identidad turística propia para nuestra ciudad, incorporándola de manera definitiva al calendario de celebraciones culturales de la Provincia de Buenos Aires y potenciando su promoción en los ámbitos provincial y nacional.

Que dicho reconocimiento contribuirá a incrementar la visibilidad de Chascomús como destino turístico, favoreciendo futuras acciones de promoción, la organización de nuevos eventos culturales y la generación de mayores oportunidades para el crecimiento económico local.

Que la cultura constituye una verdadera herramienta de desarrollo y que las políticas públicas destinadas a preservar nuestras tradiciones generan beneficios que trascienden lo artístico, impactando positivamente en la educación, la integración social, el turismo y la economía.

Que declarar a Chascomús como Capital Provincial del Pericón Nacional implica reconocer el esfuerzo sostenido de toda una comunidad que ha sabido transformar una celebración patriótica en un acontecimiento cultural de relevancia provincial, convirtiéndolo en un símbolo de identidad, participación ciudadana y desarrollo local.

Que, por todo lo expuesto, corresponde impulsar ante la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires el reconocimiento de la ciudad de Chascomús como Capital Provincial del Pericón Nacional, en mérito a su trayectoria, su compromiso con la preservación de nuestras tradiciones y el significativo impacto cultural, turístico y económico que este acontecimiento genera para toda la comunidad.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- Declárase de Interés Municipal, Cultural, Histórico y Turístico la realización anual del Gran Pericón Nacional, llevado a cabo en el marco de la Fiesta Criolla organizada por la Municipalidad de Chascomús con motivo de la conmemoración del Día de la Independencia Argentina, reconociendo especialmente la labor desarrollada por el grupo "Amigos del Pericón Nacional de Chascomús", junto a profesores, bailarines y colaboradores que sostienen esta tradición en nuestra ciudad.-

ARTICULO 2°.- El Honorable Concejo Deliberante de Chascomús expresa su acompañamiento institucional a las iniciativas que, en el futuro, promuevan el reconocimiento del Partido de Chascomús como Capital Provincial del Pericón Nacional, en atención a la trayectoria alcanzada por esta manifestación cultural.-

ARTICULO 3°.- Declárase de interés municipal y cultural, al Grupo Folklórico “AMIGOS DEL PERICÓN NACIONAL DE CHASCOMÚS”.-

ARTICULO 4°.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo la realización de las gestiones institucionales necesarias para el cumplimiento de la presente, promoviendo acciones de difusión y promoción cultural y turística del evento, envíese copia.-

ARTICULO 5°.- Remítase copia de la presente al grupo "Amigos del Pericón Nacional de Chascomús", a la Secretaría de Turismo, Cultura y Deportes de la Municipalidad de Chascomús, a la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires y a las instituciones que participan anualmente de la organización del Gran Pericón Nacional.-

ARTICULO 6°. De forma.-