Boletines/Bragado
Ordenanza Nº 5817
Bragado, 14/07/2026
VISTO La necesidad de adquirir un camión recolector de residuos con caja compactadora y 250 contenedores plásticos inyectados; y dos palas cargadoras, una con balde de 1.2m3 y la otra de balde con capacidad de 2m3. CONSIDERANDO
- Que el leasing es una herramienta financiera muy importante para el desarrollo de la gestión de Gobierno de las Comunas de la Provincia de Buenos Aires.
- Que el Departamento Ejecutivo requiere que se lo autorice a formalizar contratos de leasing.
A saber, el cupo de Leasing asciende a $ 600.000.000,00 ( seiscientos millones) sin IVA.
Que, las proformas recibidas por este municipio por todos los bienes que fueron definidos e identificados en el proyecto de referencia, tomando la cotización a la fecha del dólar oficial, suman la totalidad sin IVA, de $ 481.540.147,25. Dicha cotización puede tener variación, siempre que sea aceptada y aprobada por la firma Provincia Leasing S.A.
- Que, para continuar expandiendo el sistema de recolección mediante contenedores, poder incorporar 250 nuevos implica llegar a una gran cantidad de barrios y siendo necesario un nuevo camión recolector que agilice y optimice dicha expansión.
- Que, para la prestación de servicios de recolección de montículos y tareas relacionadas al movimiento de suelo, es necesario reforzar el parque de maquinarias con nuevas palas cargadoras.
POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA N°5817/26
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- FACULTASE al Departamento Ejecutivo a celebrar con Provincia Leasing S.A. contrato/s de leasing en forma de contratación directa de conformidad a lo establecido por el Art. 156 inc. 2 de la ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires. ARTÍCULO 2°: La operación de Leasing que se autoriza a contraer estará sujeta a las siguientes condiciones financieras: Destino: Adquisición de:
ANDRES 17 (V2) (NUEVO MODELO) (LEVANTA CONTENEDOR COMBINADO,
ESTANDAR, SISTEMA DE COMPACTACION MANUAL) con CHASIS CAMION IVECO TECTOR ATTACK 170-210 CAJA MANUAL 4X2 junto con 250 CONTENEDORES PLASTICO MARCA ECONOVO, MODELO ECOCP1100 (Negro)
Potencia: 92 KW/ 2.200 rpm (123 HP)
Peso Operativo 10.300 Kg.
MOTOR:WEICHAI WP6G125E22
Balde: 2M3 Cap. Levante 3.000Kg
Peso Operativo 6.380KG.
Motor: YUNNEI POTENCIA: (101 HP) Comando: Joystick
Tipo de operación: Leasing financiero.
Periodicidad de los cánones: Mensual.
Plazo: 36 meses.
Forma de pago: La Municipalidad autoriza el débito de los servicios de su cuenta corriente.
Garantía: La Municipalidad cede en garantía a Provincia Leasing S.A. los recursos municipales que le corresponden por el Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos (ley 10559 y modificatorias) o por el que en el futuro lo reemplace, aun antes de su acreditación en cuenta corriente. Consecuentemente La Municipalidad renuncia en forma expresa a toda reserva, condición o facultad que le permitiere rescindir unilateralmente los convenios de recaudación aludidos, mientras subsistan obligaciones a su cargo pendientes de cumplimiento ante Provincia Leasing S.A. por el/los contrato/s de leasing que se suscriba/n entre las partes. ARTICULO 3°: Los bienes adquiridos en leasing serán destinados en las siguientes afectaciones: el camión recolector con caja compactadora, junto a los 250 contenedores, serán destinados a el servicio de recolección urbana de residuos; las palas cargadoras para servicios de recolección de montículos y tareas de movimiento de suelo y obras relacionadas. ARTICULO 4°: La obligación de pago que asume la Municipalidad será garantizada mediante la autorización del débito de los servicios correspondientes de su cuenta corriente y, en caso de insuficiencia de fondos, autorizará irrevocablemente a Provincia Leasing S.A. a cancelar estos con los fondos provenientes del régimen de coparticipación impositiva o aquel que lo reemplace, aun antes de su acreditación en cuenta corriente. Luego de que se efectivicen las retenciones previstas por ley, se autoriza a Provincia Leasing S.A. a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de las amortizaciones, intereses o cualquier otro gasto que se origine con motivo de cubrir el presente leasing. -ARTICULO 5°: El Departamento Ejecutivo preverá en los instrumentos presupuestarios vigentes y futuros, los rubros y partidas necesarios para dar ingreso a los recursos referidos y egreso de los fondos para atender los servicios de la deuda hasta su total cancelación. – ARTICULO 6°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a suscribir los convenios, contratos y demás documentación que resulten necesarios a fin de posibilitar la concreción de la presente operación en los términos que acuerden las partes. - ARTICULO 7°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y cumplido, ARCHIVESE. ARTÍCULO 8°. CÚMPLASE, COMUNÍQUESE, REGISTRESE Y ARCHÍVESE.