Boletines/Chivilcoy
Decreto Nº 1140
Chivilcoy, 21/07/2026
Visto
se encuentra vigente la Ordenanza Nº8352/16 que dispone el otorgamiento de becas estudiantiles para alumnos de nivel primario, secundario, terciario y universitario domiciliados en el Partido de Chivilcoy, y
Considerando
Que se han realizado oportunamente las inscripciones de los postulantes, las que han sido evaluadas por la Comisión Municipal de Becas de acuerdo a lo establecido en la citada Ordenanza.
El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A.
Artículo 1°: Otórguese las becas estudiantiles establecidas en la Ordenanza 8352 para los niveles primario, secundario, terciario y universitario, a los beneficiarios cuya nómina se indica en los Anexos adjuntos.
Artículo 2°: Autorizase la suma de $72.810.000 (pesos setenta y dos millones ochocientos diez mil) para el pago de becas correspondientes a los meses de mayo y junio de 2026 a los beneficiarios indicados en el artículo 1° del presente Decreto.
Artículo 3°: Impútese el gasto a la Partida Presupuestaria 5.1.30 Becas, 17.18.00 Plan Municipal de Becas, 1110115000 Secretaria de Cultura Y educación, 110 Tesoro Municipal. (Forma de pago Tarjeta)
Artículo 4°: Impútese el gasto a la Partida Presupuestaria 5.1.30 Becas, 17.18.00 Plan Municipal de Becas, 1110115000 Secretaria de Cultura Y educación, 110 Tesoro Municipal. (Forma de pago cheque)
Artículo 5°: Comuníquese publíquese, tome nota quien corresponda, dése al R.O. y archívese.
DECRETO N°1140
EDL/mvb