Boletines/San Vicente
Decreto Nº 1859
San Vicente, 21/08/2026
Visto
El Expediente N° 4108-V-61494-2021-00, mediante el cual la señora Silvia Beatriz MULLI, titular del DNI Nº 16.519.703, denuncia usurpación de inmuebles de su propiedad; y; y
Considerando
Que acompaña copia simple DNI, certificado de defunción, informes de dominio, comprobantes de transferencia y primer testimonio;
Que a fs. 17/18 la Dirección de Obras Particulares acompaña acta de intimación labrada a fin de que presente documentación de obra;
Que a fs. 20/25 la Dirección de Catastro adjunta listado de titulares de dominio del inmueble en cuestión según el Registro de la Propiedad Inmueble, la Base ARBA y de la base municipal, plancheta catastral, plano reducido de la zona y ficha domiciliaria;
Que a fs. 31/33 la Dirección General de Gestión Administrativa y Legal acompaña acta de inspección en la cual se observa que el lote 14 se encontraba conectado con las parcelas 15 y 16 donde se encontró una construcción del tipo vivienda y el lote 13 se encontró cercado perimetralmente en estado de abandono y en entrevistas con vecinos manifiestan que el recurrente habita las parcelas 14, 15 y 16 y es propietario de la parcela 13;
Que a fs. 35/37 la Dirección de Gestión acompaña acta de emplazamiento de fecha 20 de mayo de 2026;
Que sin que el presente implique adelantar opinión sobre la cuestión dominial o posesoria, materia que resulta ajena a la competencia de esta Administración y corresponde ser resuelta por la autoridad judicial competente, el Municipio conserva el ejercicio de su poder de policía en materia de obras y cumplimiento de la normativa urbanística;
Que frente a la denuncia efectuada por el titular registral y al incumplimiento del emplazamiento oportunamente dispuesto, corresponde adoptar las medidas administrativas tendientes a impedir la continuación de la presunta infracción;
Que la Dirección General de Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia;
Por ello,
El Señor Intendente Municipal en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°: Disponese la inmediata paralización de las obras que se ejecutan en los inmuebles individualizados como Circ. II, Secc. B, Ch. 142, Manz. 142k, Parcelas 13 y 14.
ARTÍCULO 2°: Instrúyanse a las áreas correspondientes a labrar el acta de infracción correspondiente por el incumplimiento del emplazamiento previamente efectuado y por la continuidad de las obras en presunta infracción a la normativa municipal aplicable.
ARTÍCULO 3°: Remítanse la presentes al Juzgado de Faltas a efectos de sustanciación del procedimiento contravencional.
ARTÍCULO 4°: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Planificación y Gestión Institucional.
ARTÍCULO 5°: Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese.