Boletines/Campana

Decreto Nº672/26

Decreto Nº 672/26

Campana, 24/07/2026

Expediente 4016-9197-2-2024 Aumento por servicio de lavado de ropa del Hospital San José y Hogar de Ancianos.

Visto

El Decreto Ley Nº 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/2017, la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal, y la Secretaría de Modernización, el DECTO-2025-290-E-MUNICAM-INT; el Expediente Municipal Nº 4016-9197-2024 Cpos 00, 01 y 02; y

Considerando

Que luce copia del DECTO-2025-290-E-MUNICAM-INT de fecha 01 de abril de 2025, adjudicando la Licitación Pública N° 18/2024 para la contratación del "Servicio de Lavado, Secado y Planchado de ropa blanca, de cama, quirófano de uso hospitalario y geriátrico para la Unidad Hospitalaria San José y para el Hogar de Ancianos - Año 2025”, a la Empresa TEX CARE ARGENTINA S.A., hasta el 31 de diciembre de 2027 inclusive.

Que se glosa Contrato de Locación de Servicios suscripto con TEX CARE ARGENTINA S.A.

Que obra nota de la empresa antes mencionada en la cual solicita la adecuación en el valor de la prestación del servicio en un treinta y cinco, ochenta y cuatro por ciento (35,84%).

Que la Secretaría de Economía y Hacienda emite informe donde considera que resulta prudente otorgar una adecuación del diez por ciento (10%) en el valor mensual a partir del mes de junio.

Que se adjunta respuesta de TEX CARE ARGENTINA S.A., donde acepta el aumento del diez por ciento (10%) propuesto, comenzando a tener vigencia a partir del mes de junio de 2026.

Que se glosa Solicitud de Pedido N° 3-2450-589, emitida por la suma total de Pesos Cinco Millones Cuarenta Mil con 00/100 Centavos ($5.040.000,00).

Que luce Formulario de Solicitud de Modificaciones Presupuestarias confeccionado por la Secretaría de Salud.

Que la Dirección de Compras toma conocimiento de las actuaciones.

Que la Dirección de Presupuesto Municipal habiendo tomado conocimiento de la solicitud de Modificaciones Presupuestarias por Pesos Cinco Millones Cuarenta Mil con 00/100 Centavos ($5.040.000,00.-), informa que la misma será tenida en cuenta en el próximo Decreto de compensación de partidas presupuestarias con crédito insuficiente que confeccione.

Que obra Solicitud de Gasto N° 0-2891, emitida por la suma total de Pesos Cinco Millones Cuarenta Mil con 00/100 Centavos ($5.040.000,00).

Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no posee objeciones de carácter contable que formular al respecto.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento, sin objeciones económicas ni financieras que formular.

Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento, otorgando continuidad a las actuaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el Artículo Nº 108° del Decreto-Ley N° 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.). Asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017, y dentro de lo contemplado en el Artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).

Por ello.

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Increméntese el valor de la contratación de la empresa TEX CARE ARGENTINA S.A (C.U.I.T N° 30-67612260-1), para la contratación del "Servicio de Lavado, Secado y Planchado de ropa blanca, de cama, quirófano de uso hospitalario y geriátrico para la Unidad Hospitalaria San José y para el Hogar de Ancianos”, con retroactividad al 01 de Junio de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2027 inclusive; quedando en un monto mensual de Pesos Siete Millones Novecientos Veinte mil con 00/100 Centavos ($7.920.000,00) I.V.A. incluido, ascendiendo el monto total de la contratación a la suma de Pesos Doscientos Cuarenta y Cuatro Millones Ochenta Mil con 00/100 centavos ($244.080.000,00.-) I.V.A. incluido, monto que podrá ser ampliado por acuerdo expreso de ambas partes y en un todo de acuerdo a lo actuado en el Expediente Municipal Nº 4016-9197-2024 Cpos 00, 01 y 02. -

ARTÍCULO 2º.- Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1º se tomarán de la Jurisdicción 1110105000 “Secretaría de Salud”, Categoría Programática 18.07 “Servicio de Lavandería”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 3.3.9 “Mantenimiento, Reparación y Limpieza”, del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2026.-

ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal; la Señora Secretaria de Salud; y, el Señor Jefe de Gabinete. -

ARTÍCULO 4°. - Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese y archívese. -