Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 22423
Bahia Blanca, 23/07/2026
VISTO
El proyecto de ordenanza obrante a fojas 6/6 vuelta, referido a la concesión de una exención total a la empresa FERTIL PAMPA S.A.U del pago de la tasa por Inspección de Seguridad e Higiene y de los Derechos de Construcción, por el término de ocho (8) años, en el marco del Régimen de Fomento a la Inversión; acorde a lo establecido en el artículo 143º BIS) de la Ordenanza Fiscal 2026 (Ordenanza 22.252) y,
CONSIDERANDO
Que teniendo en cuenta que la empresa FERTIL PAMPA S.A.U. ha suscripto con la MUNICIPALIDAD DE BAHÍA BLANCA un Memorando de Entendimiento para el desarrollo en el Partido de Bahía Blanca de un proyecto consistente en la instalación de una planta de producción de amoníaco y urea granulada, y que el mismo tendrá un impacto productivo, económico y social directo en Argentina, y en particular en el Partido de Bahía Blanca y zona de influencia, destacándose en primer lugar, la inversión económica que se hará en Bahía Blanca, ya que se prevé una inversión de US$ 1.500.000.000.- y US$ 2.000.000.000.-; en los próximos cuatro (4) años.
Que cabe destacar que la Ordenanza Fiscal para el Ejercicio 2026 (Ordenanza 22.252), en su artículo 143º BIS) establece “... un Régimen de Fomento a la Inversión aplicable a nuevas inversiones que se desarrollen dentro del ámbito territorial del Partido de Bahía Blanca y que superen un monto equivalente a DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (US$ 200.000.000.-). En el marco de dicho régimen, las empresas beneficiarias podrán gozar de una exención total, por el término de ocho (8) años, del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene y de los Derechos de Construcción, conforme a lo dispuesto en la presente Ordenanza Fiscal y en las normas reglamentarias que se dicten a tal efecto.”
En virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta que las exenciones mencionadas ut supra serán a partir de que la Planta de Producción de amoníaco y urea granulada cuente con la habilitación correspondiente; en los términos del artículo 143º BIS) de la Ordenanza Fiscal 2026 (Ordenanza 22.252), el H. Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1°- Convalídese el Momerando de Entendimiento suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE BAHÍA BLANCA Y FERTIL PAMPA S.A.U., para el desarrollo de un proyecto consistente en la instalación de una planta de producción de amoníaco y urea granulada en el Partido de Bahía Blanca.-
Artículo 2°- Concédase una exención total a la empresa FERTIL PAMPA S.A.U del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene y de los Derechos de Construcción, por el término de ocho (8) años, en el marco del Régimen de Fomento a la Inversión; acorde a lo establecido en el artículo 143º BIS) de la Ordenanza Fiscal 2026 (Ordenanza 22.252).-
Artículo 3°- Déjase expresa constancia que el plazo de las exenciones concedidas en el artículo precedente a la empresa FERTIL PAMPA S.A.U., será contado a partir de que la Planta de Producción de amoníaco y urea granulada cuente con la Habilitación correspondiente.-
Artículo 4°- Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHíA BLANCA A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTISÉIS.