Boletines/Salliquelo

Decreto Nº595

Decreto Nº 595

Salliquelo, 30/09/2024

Visto

La necesidad de constituir la Caja Chica del Ejercicio y Fondo de Cambio de Caja, y;

Considerando

Que, de acuerdo a las Disposiciones de Administración de Recursos Financieros y Reales Art. 87 Dto. 2980/00 la constitución, ampliación, disminución y anulación de "Caja Chica" deberá instrumentarse por decreto en el cual se especificará: monto constituido, valor máximo de cada pago individual a realizar, los conceptos a atender, la periodicidad de la rendición de cuentas y el funcionario responsable que podrá disponer gastos y pagos con cargo a caja chica;

Que, por Circular N° 280 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires es facultad del Intendente Municipal constituir los montos de Caja Chica y Fondo de Cambio de Caja;

Que, es preciso actualizar el monto máximo de cada pago individual y ampliar el fondo correspondiente a Tesorería Municipal;

Que, ello hace necesario proceder a la rectificación y adecuación del Decreto 173/2024 conforme las modificaciones indicadas;

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Constitúyase a partir del 01 de Octubre de 2024 el fondo de Caja Chica en la suma de Pesos CUATROCIENTOS TREINTA MIL ($ 495.000) y Fondo de Cambio de Caja en la suma de Pesos TRES MIL QUINIENTOS ($ 3.500); los que se distribuirán de la siguiente manera:

1- Servicios Urbanos e Infraest. Vial: $ 100.000.-

2- Delegación Quenumá: $ 25.000.-

3- Desarrollo Social y Educación: $ 25.000.-

4- Hospital Municipal: $ 40.000.-

5- Tesorería Municipal: $ 60.000.-

6- Producción: $ 25.000.-

7- Sala 1º Auxilios Quenumá: $ 25.000.-

8- Asesoría Legal: $60.000.-

9- Cultura: $ 25.000.-

10-Salud Pública: $ 10.000.-

11-Fondo de Cambio de Caja Adm. Central: $ 1.000.-

12-Fondo de Cambio de Caja Deleg. Quenumá: $ 2.000.-

13-Fondo de Cambio Caja Hospital: $ 500.-

14-Deportes $100.000.-

ARTICULO 2°: Los fondos de "Caja Chica" se destinarán a la atención de gastos menores, siendo el valor máximo de cada pago individual de Pesos SETENTA MIL ($ 70.000).

ARTICULO 3º: Serán responsables del manejo de los fondos otorgados: Director de Servicios Urbanos e Infraestructura Vial Sr. Mansilla, Jorge Alejandro; Delegado Quenumá Sr. Castañeira, Daniel Eduardo Filomeno; Desarrollo Social y Educación Esteban, Ana; Administradora Hospital Municipal, Corbalán, Natalia Evangelina; Tesorera Municipal Barraza, Karina Eliana; Dirección de Producción el agente Gómez, Facundo; el Sr. Castañeira, Daniel Eduardo Filomeno por la Sala de 1 deg Auxilios de Quenumá; Asesora Legal Dra. Alonso Pordomingo, María Eliana; Director de Cultura Volpe, Sergio Ariel; Directora de Salud Pública Dra. Martín, Leticia; los agentes Parón Daiana, Elortegui Marilina, Duckardt Carina y Flores Alejandra por los Fondos de Cambio de Caja; con la obligación de rendir cuentas mensualmente ante la Tesorera Municipal.

ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese a las citadas dependencias municipales, dése al Registro Oficial y archívese.

 

Fdo: Ariel H. Succurro
Intendente Municipal 
Thiago García Blanco
Srio. De Hacienda