Boletines/Salliquelo

Decreto Nº559

Decreto Nº 559

Salliquelo, 06/09/2024

Visto

La nota del Secretario de Hacienda, y;

Considerando

Que, informa las sumas a abonar en concepto de bonificación por disponibilidad del personal que se desempeña en las diferentes áreas de este Municipio a partir del 1° de Septiembre de 2.024;

Que, dicha bonificación por disponibilidad es de carácter remunerativo y estará sujeta a aportes previsionales y asistenciales, además integrará la base para la determinación del SAC;

Que, es necesario el dictado de la norma legal correspondiente;

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,

D  E  C  R  E  T  A

ARTÍCULO 1º: Establézcase a partir del día 1° de Septiembre de 2.024 los montos a percibir en concepto de bonificación por disponibilidad de los siguientes agentes municipales:

  1. Al agente MAMMOLI Pedro Daniel por funciones varias en el área de Corralón Municipal la suma mensual de $ 202.792.

  2. Al agente TEVEZ Jorge Abel por funciones varias en el cementerio local la suma mensual de $ 118.280.

  3. A las personas responsables del Sistema de Recaudación y Cobranza de BAPRO en la Delegación de Quenumá la suma mensual de $ 46.067 por cada una de ellas/os. La Delegación de Quenumá informará mensualmente las/los agentes afectadas/os a dichas tareas y el cobro de la bonificación estará supeditado al efectivo cumplimiento de la misma. 

  4. Al agente SOLER Ezequiel por tareas como profesional agrimensor de la Obra Pública Municipal la suma mensual de $ 66.022.

  5. Al agente ALFONSO Juan Martín por funciones de encargado de espacios verdes la suma mensual de $ 33.049.

  6. Al agente GONZÁLEZ Adalberto César por estar afectado al servicio de chofer municipal la suma mensual de $ 187.127.

  7. Al agente SAN MARTÍN Ricardo Leandro por responsable de mantenimiento en la Delegación de Quenumá la suma mensual de $ 102.861.

  8. A la Administradora del Hospital la suma de $ 119.928. La Dirección del Hospital informará mensualmente la o el agente afectada/o a dichas tareas y el cobro de la bonificación estará supeditado al efectivo cumplimiento de la misma.

  9. A la Jefa de Enfermería del Hospital Municipal por manejo de personal de turno mañana, tarde y noche la suma mensual de $256.988.

ARTÍCULO 2º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad a las personas que cumplen funciones como trabajadoras sociales en el área de Desarrollo Social y Educación la suma mensual de $ 113.525 cada una.- La Dirección de Desarrollo Social y Educación informará mensualmente las agentes municipales afectadas a dichas tareas y el cobro de la bonificación estará supeditado al efectivo cumplimiento de la misma.

ARTÍCULO 3º: Establézcase los montos a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad por las agentes afectadas en forma permanente a tareas en el Servicio Social del Hospital Municipal la suma mensual de $ 441.621 en total. La Dirección del Hospital informará mensualmente las agentes afectadas a dichas tareas y la suma se distribuirá proporcionalmente entre las que efectivamente cumplan la tarea. 

ARTÍCULO 4º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad por las/los agentes encargadas/os de la instrumentación quirúrgica en quirófano del Hospital Municipal la suma mensual de $ 474.400 en total. La Dirección del Hospital informará mensualmente las agentes afectadas a dichas tareas y la suma se distribuirá proporcionalmente entre las/los agentes municipales que efectivamente realicen la misma.

ARTÍCULO 5º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad por los agentes municipales afectados en forma permanente al sector de Farmacia del Hospital Municipal de Salliqueló la suma de $ 162.345 en total. La Dirección del Hospital informará mensualmente las agentes afectadas a dichas tareas y la suma se distribuirá proporcionalmente entre las que efectivamente cumplan la tarea. 

ARTÍCULO 6º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad por los agentes municipales afectados en forma permanente al Servicio de Hemoterapia del Hospital Municipal de Salliqueló la suma de $ 177.808 en total. La Dirección del Hospital informará mensualmente las agentes afectadas a dichas tareas y la suma se distribuirá proporcionalmente entre las que efectivamente cumplan la misma.

ARTÍCULO 7º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad que se abonará a los profesionales responsables de cirugía, pediatría, cardiología, psicología, ginecología y traumatología la suma de $ 43.239 por día de lunes a viernes y de $ 85.663 por día los sábados, domingos y feriados. La Dirección del Hospital informará mensualmente las agentes afectadas a dichas tareas y los montos a percibir por cada uno de ellos de acuerdo a los días trabajados.

ARTÍCULO 8º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad a los agentes municipales afectados en forma permanente al sector de Ambulancias del Hospital Municipal y en la Sala de Primeros Auxilios de Quenumá la suma mensual de $ 306.532 por cada uno de ellos. La Dirección del Hospital informará mensualmente las agentes afectadas a dichas tareas y el cobro de la bonificación estará supeditado al efectivo cumplimiento de la misma.

ARTÍCULO 9º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad a los agentes municipales afectados en forma permanente al servicio de Enfermería en el quirófano del Hospital Municipal la suma de $ 493.418 en total. La Dirección del Hospital informará mensualmente las/los agentes afectadas/os a dichas tareas y la suma se distribuirá proporcionalmente entre las/los que efectivamente cumplan la misma.

ARTÍCULO 10º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad a los agentes municipales afectados en forma permanente al servicio de Mucamas del Sector Quirófano del Hospital Municipal la suma de $ 147.176 por cada uno de ellas/os. La Dirección del Hospital informará mensualmente las/los agentes afectadas/os a dichas tareas y el cobro de la bonificación estará supeditado al efectivo cumplimiento de la misma.

ARTÍCULO 11º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad a los agentes municipales afectados en forma permanente al servicio de mantenimiento en el Hospital Municipal la suma de $ 254.926 en total. La Dirección del Hospital informará mensualmente las/los agentes afectadas/os a dichas tareas y la suma se distribuirá proporcionalmente entre las/los que efectivamente cumplan la misma.

ARTÍCULO 12º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad a los agentes municipales afectados en forma permanente a la tarea de Enfermería en el Servicio de Oncología del Hospital Municipal la suma de $ 328.945 en total. La Dirección del Hospital informará mensualmente las/los agentes afectadas/os a dichas tareas y la suma se distribuirá proporcionalmente entre las/los que efectivamente cumplan la misma.

ARTÍCULO 13º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad al personal de Bromatología que realiza tareas de inspección en la suma mensual de $ 34.716 para cada uno de ellos. La Dirección de Salud informará mensualmente las/los agentes afectadas/os a dichas tareas y el cobro de la bonificación estará supeditado al efectivo cumplimiento de la misma.

ARTÍCULO 14º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad a la persona encargada de Bromatología, quien además realizará tareas de Zoonosis en la suma mensual de $ 428.314.- La Dirección de Salud informará mensualmente el agente municipal afectado a dichas tareas y el cobro de la bonificación estará supeditado al efectivo cumplimiento de la misma.

ARTÍCULO 15º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad a la persona encargada de realizar tareas de Inspección de Comercio en la suma mensual de $ 301.532.- La Dirección de Rentas informará mensualmente el agente municipal afectado a dichas tareas y el cobro de la bonificación estará supeditado al efectivo cumplimiento de la misma.

ARTÍCULO 16º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad a la persona encargada de realizar tareas varias en el Refugio Canino en la suma mensual de $ 349.503.- La Dirección de Ambiente informará mensualmente el agente municipal afectado a dichas tareas y el cobro de la bonificación estará supeditado al efectivo cumplimiento de la misma.

ARTÍCULO 17º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad a los agentes encargados permanentemente de realizar tareas en el taller mecánico del corralón municipal en la suma mensual de $ 85.663 para cada agente.- La Dirección de Servicios Urbanos e Infraestructura vial informará mensualmente el agente municipal afectado a dichas tareas y el cobro de la bonificación estará supeditado al efectivo cumplimiento de la misma.

ARTÍCULO 18º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad a los agentes encargados de realizar tareas como ayudantes en el taller mecánico del corralón municipal en la suma mensual de $ 51.398 para cada agente.- La Dirección de Servicios Urbanos e Infraestructura vial informará mensualmente el agente municipal afectado a dichas tareas y el cobro de la bonificación estará supeditado al efectivo cumplimiento de la misma.

ARTÍCULO 19º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad a la persona encargada de realizar tareas varias en el Hogar Municipal de Quenuma la suma mensual de $ 171.325.

ARTÍCULO 20º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad a la persona encargada de la Coordinación de Servicios Urbanos la suma mensual de $ 356.928.

ARTÍCULO 21º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad de $ 129.792 a la persona encargada de funciones administrativas en el Refugio Canino, Dirección de Ambiente y Planta de RSU. La Dirección de Ambiente informará mensualmente el agente municipal afectado a dichas tareas y el cobro de la bonificación estará supeditado al efectivo cumplimiento de la misma.

ARTÍCULO 22º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad a la persona encargada de coordinar tareas del servicio de enfermería en el Hogar Municipal “Papa Francisco” la suma mensual de $ 324.480. La Dirección de Hogar Municipal informará mensualmente el agente municipal afectado a dichas tareas y el cobro de la bonificación estará supeditado al efectivo cumplimiento de la misma.

ARTÍCULO 23º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad a la persona encargada de coordinar tareas en Planta RSU la suma mensual de $ 270.400. La Dirección de Ambiente informará mensualmente el agente municipal afectado a dichas tareas y el cobro de la bonificación estará supeditado al efectivo cumplimiento de la misma.

ARTÍCULO 24º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad de $416.000 a la persona afectada a la atención medica de los residentes del Hogar de Ancianos de Quenuma.- La Dirección de Salud informará mensualmente el agente municipal afectado a dichas tareas y el cobro de la bonificación estará supeditado al efectivo cumplimiento de la misma.

ARTÍCULO 25º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad de $306.532 a la persona afectada a tareas múltiples dependientes de la Delegación de Quenuma. Dicha Delegación informará mensualmente el agente municipal afectado a dichas tareas y el cobro de la bonificación estará supeditado al efectivo cumplimiento de la misma.

ARTÍCULO 26º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad de $850.000 a la persona afectada en forma permanente a la atención médica en los Centros de Atención Primaria de Salud. La Dirección de Salud informará mensualmente el agente municipal afectado a dichas tareas y el cobro de la bonificación estará supeditado al efectivo cumplimiento de la misma.

ARTICULO 27º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad de $200.000 a la persona afectada en forma permanente al Servicio de Nutrición y Alimentación de los pacientes de internación del Hospital Municipal. La Dirección del Hospital informará mensualmente el agente municipal afectado a dichas tareas y el cobro de la bonificación estará supeditado al efectivo cumplimiento de la misma.

ARTICULO 28º: Establézcase el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad de $630.000 a la persona afectada en forma permanente al Servicio de imagen y ginecología del Hospital Municipal. La Dirección del Hospital informará mensualmente el agente municipal afectado a dichas tareas y el cobro de la bonificación estará supeditado al efectivo cumplimiento de la misma.

ARTICULO 28º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería y Recursos Humanos, dése al Registro Oficial y archívese.

 

Fdo: Ariel H. Succurro
Intendente Municipal 
Thiago García Blanco
Srio. De Hacienda