Boletines/Moreno
Ordenanza Nº 7470/26
Moreno, 30/04/2026
VISTO el Expte. H.C.D. N° 36.504/2026, Sobre apertura de calles en la Localidad de La Reja, Partido de Moreno; y
CONSIDERANDO el informe técnico emitido por la Dirección General de Catastro con fecha 17 de abril de 2026 como ANEXO 1 en el presente expediente.
QUE, la Dirección General de Catastro ha informado favorablemente respecto a la apertura de los tramos de calles individualizados en el citado expediente.
QUE, dichos tramos corresponden a:
QUE, el sector involucrado, se encuentra la localidad de La Reja, Partido de Moreno, sobre las parcelas catastrales Circunscripción IV, Sección K, Parcelas 1204 y 1205.
QUE, la apertura de calles proyectadas resulta necesaria para garantizar la accesibilidad, la conectividad interna del sector, la continuidad del entramado urbano y el adecuado ordenamiento territorial.
QUE, el Decreto-Ley N° 8912/77 regula el ordenamiento territorial y el uso, ocupación y subdivisión del suelo en la Provincia de Buenos Aires, constituyendo el marco normativo aplicable para este tipo de intervenciones.
QUE, la Dirección General de Catastro tiene entre sus funciones administrar y actualizar permanentemente el Catastro Municipal, emitir informes técnicos sobre la titularidad y estado dominial de las parcelas del distrito, y coordinar la mensura y subdivisión de tierras.
QUE, la Coordinación General del Programa de Tierras y Regularización Dominial y la Dirección General de Ingreso de Tierras tienen entre sus competencias implementar estrategias para la incorporación de tierras al patrimonio municipal y colaborar en la elaboración de proyectos de ordenanzas y decretos vinculados a tales procesos.
QUE, corresponde facultar al Departamento Ejecutivo a impulsar las actuaciones técnicas, administrativas, catastrales y, en su caso, registrales necesarias para materializar la apertura de calles proyectada y su adecuada afectación al uso público.
Por ello, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Apruébese la apertura de calles obrante como Anexo I, respecto del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción IV, Sección K, Parcelas 1204 y 1205, de la Localidad de La Reja, Partido de Moreno.
ARTÍCULO 2°: Autorizase la apertura de los siguientes tramos de calles:
ARTÍCULO 3°: Establécese que la traza, dimensiones, deslindes y demás características técnicas de los tramos autorizados deberán ajustarse al Anexo I, a los informes técnicos correspondientes y a la normativa urbanística y catastral vigente.
ARTÍCULO 4°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar todas las actuaciones técnicas, administrativas, catastrales y registrales necesarias para la ejecución de la presente, incluyendo mensuras, determinación de superficies, afectaciones, registraciones y demás actos conducentes para la efectiva apertura de las calles autorizadas.
ARTÍCULO 5°: Las superficies afectadas por la apertura de calles quedarán sujetas a la afectación del uso público e incorporación al dominio público municipal una vez cumplidos los recaudos técnicos, dominiales, administrativos y registrales que correspondan conforme a la normativa vigente.
ARTÍCULO 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 30 de Abril de 2026.
DRA GIMENA ANGUIOZAR EMMANUEL FERNANDEZ
Secretaria Legislativa Presidente
Comunicado al D.E el día 06/05/2026
Promulgada mediante el Decreto N° 1461/26 de fecha 06/05/2026