Boletines/Campana
Ordenanza Nº 7835/26
Campana, 22/07/2026
VISTO:
El Decreto-Ley Nº 6.769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v); la Ordenanza Nº 7470 (t.v.) “Código de Edificación del Partido de Campana”; la Ordenanza Nº 7728; y el Expediente Municipal Nº 4016-7589-0-2024; y
CONSIDERANDO:
Que en la redacción de la Ordenanza N° 7728 se han verificado errores materiales consistentes en la inclusión de expresiones que no corresponden al objeto regulado, así como referencias incorrectas a artículos de la misma norma.
Que dichas inconsistencias no afectan el criterio ni el contenido sustantivo de la regulación, pero resulta necesario suprimir y rectificar las menciones erróneas, a fin de dotar al texto de la precisión jurídica requerida.
Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante proceder a la aprobación de la presente modificatoria, destinada exclusivamente a la corrección de errores materiales, asegurando la coherencia normativa y la adecuada interpretación de la Ordenanza.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el artículo 7º de la Ordenanza N° 7728, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“La fórmula de aplicación para los edificios comprendidos en las categorías establecidas en la presente ordenanza, sean de gestión pública o privada, responderá al siguiente polinomio:
F.O.T.: (FOT+P)
Dens.: [((Dens+P) *K)/10000] *ST
Donde
P: Premios aplicables al proyecto
K: Factor de corrección
ST: Superficie del terreno”.
ARTÍCULO 2º.- Modifíquese el artículo 9º de la ordenanza 7728, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Los proyectos de edificios afectados al uso de instituciones deportivas y/o sociales que cumplan con lo establecido en el punto 4 del artículo 1º de la presente Ordenanza, no computarán el indicador densidad en virtud de corresponder a densidad no permanente sin ocupación nocturna”.
ARTÍCULO 3º.- Derógase toda otra Ordenanza o disposición de la Municipalidad, en cuanto se oponga al contenido del presente.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 16 días del mes de julio de 2026.-
CRISTINA G. DEL MARMOL JULIA KARINA SALA
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7835
Campana, 22 de julio de 2026.-
Promulgada por DECTO-2026-653-E-MUNICAM-INT, del 22 de julio de 2026.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dra. Lucia del Carmen Schirripa SEBASTIAN ABELLA
Secretaria Técnica, Intendente Municipal
Administrativa y Legal.