Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº222

Resolución Nº 222

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 23/07/2026

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la Empresa TELEFÓNICA MÓVILES ARGENTINA S.A. solicita autorización para la ejecución de la obra "PROYECTO 69981785 / BAHÍA BLANCA / F.O. - ACC RB MVS - BB188 - ARBA1419", de acuerdo a documentación, memoria descriptiva, presupuesto y planos obrantes en expediente 0/00-1600-2026 a fs. 3/5; y, 

 

CONSIDERANDO:

 

Que, a fojas 7/8, el Departamento Territorial agrega planimetría del sector de referencia en la que se refleja la calle cedida al uso público.-

Que, a foja 9, el Departamento Planeamiento Urbano hace mención a la Ordenanza Nº 12.749 -cuya copia adjunta a foja 10-, la cual reglamenta las obras de tendido de ductos que afecten la vía pública, indicando que la documentación presentada por Telefónica Móviles Argentina S.A. no se ajusta a lo requerido por los dos primeros incisos del artículo 7° de dicha Ordenanza. Por otra parte, deja constancia “Se observa que a fs. 4 y 5, la ubicación del proyecto se enuncia como: "Manuel Molina s/n entre vías del FF.CC. y Malvinas" y que la documentación no se encuentra firmada por un profesional habilitado.”. Asimismo, requiere a Telefónica Móviles Argentina S.A. que informe a qué nodo de transmisión se encuentra conectado el sector a intervenir. Por otro lado, deja a consideración de la Subsecretaría de Medio Ambiente el cumplimiento de la Evaluación de Impacto Ambiental.-

A fs. 12, el Departamento Electricidad y Mecánica, no formula objeciones, salvo la necesidad de que la empresa complete la información solicitada a fs. 9/10.-

Que, de fs. 14 a 25, la empresa interesada presenta la documentación solicitada a través de nota, enviada por e-mail, al representante de la empresa TELEFÓNICA MÓVILES ARGENTINA S.A.-

Que, a fs. 26, el Departamento Vialidad, atento que la empresa realizó las presentaciones correspondientes, informa que no existirían inconvenientes para la ejecución de la obra.-

Que, a fs. 32, el Departamento Análisis y Política Fiscal informa que la empresa Telefónica Móviles Argentina S.A. registra deuda con el Municipio por un monto de $13.349.389.-

Que a fs. 35, el Departamento Vialidad notifica a la empresa sobre deuda registrada en el Municipio. La empresa procede al pago de la deuda y presenta comprobantes de fs. 36 a 47.-

Que, a fs. 48/49, el Departamento Análisis y Política Fiscal informa que la empresa Telefónica Móviles Argentina S.A. no registra deuda con el Municipio dando cumplimiento al Artículo 22 de la Ordenanza Fiscal Vigente.- 

Por lo expuesto, el SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS,  en uso de sus facultades,

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º: Otorgar factibilidad a la Empresa TELEFÓNICA MÓVILES ARGENTINA S.A. para el uso de la vía pública, a efectos de ejecutar la obra denominada "PROYECTO 69981785 / BAHÍA BLANCA / F.O. - ACC RB MVS - BB188 - ARBA1419", de acuerdo a memoria descriptiva, planos; especificaciones del Departamento Vialidad y demás antecedentes obrantes en expediente 0/00-1600-2026. -

 

ARTÍCULO 2º: La empresa encargada de realizar los trabajos deberá dar cumplimiento a lo estipulado en las Ordenanzas Nº 12827 y Nº 13380 “Ejecución de obras en la vía pública” y el pago de aranceles según la Ordenanza Impositiva vigente.-


ARTÍCULO 3º: La empresa TELEFÓNICA MÓVILES ARGENTINA S.A. deberá acreditar el cumplimiento de las normas reguladoras del ejercicio profesional en cuanto hace al Proyecto y la Dirección de la Obra, con la visación del Colegio Profesional respectivo y comunicará el nombre de la empresa que llevará a cabo los trabajos y de su Representante Técnico, acompañando además la documentación que acredite la vinculación profesional. La firma contratista abonará los derechos por trabajos en la vía pública y se someterá a la inspección de la obra por parte del personal que la Municipalidad disponga, facilitando todos los medios necesarios a tal efecto.-


ARTÍCULO 4º: Los trabajos en veredas comprenderán la reconstrucción de las mismas, con materiales idénticos a lo precedente, todo conforme a planos y Especificaciones Técnicas Municipales.-

 

ARTÍCULO 5º: La tapada mínima exigida en veredas es de 0,80 m por encima de la protección de sus instalaciones, no haciéndose referencia a la profundidad del zanjeo, la cual deberá ser mayor. La tapada mínima exigida en todo el ancho de la calzada es de 1,00 m, respecto a la cota de nivel de cuneta existente, para asegurar la construcción del paquete estructural de una futura repavimentación. En caso de afectar pavimento de hormigón (losas de calzada o badén) consistirán en la reconstrucción de las losas afectadas, en todo su ancho, respetando el diagrama original de juntas, el espesor y el paquete estructural existente. Quedará a criterio del Departamento Vialidad y en forma excepcional, la reparación parcial, como mínimo mitad de losa, para lo cual deberán aserrarse las juntas y colocar pasadores de ø 20 mm cada 40 cm para asegurar la transmisión de carga. En el caso de ejecución de cruces de calzada de pavimento asfáltico, se realizará una base de hormigón con un contenido mínimo de 350 kg/m3 de cemento de 10 cm de espesor, la cual deberá estar apoyada sobre el suelo consolidado existente, en un ancho mayor de 15 cm a cada lado del zanjeo original. La carpeta asfáltica consistirá en asfalto en caliente en un espesor mínimo de 5 cm. Todos los trabajos deberán cumplir con las normas sobre Cortes de Calzada y Veredas.-

 

ARTÍCULO 6º: La recurrente será responsable de todo perjuicio causado a las instalaciones de servicios públicos existentes, como asimismo a los bienes de los particulares que resultaran afectados por las obras, debiendo reponerse dichas instalaciones y bienes a su estado original y requerir la correspondiente aprobación municipal.-

 

ARTÍCULO 7º:  La empresa tendrá a su cargo el mantenimiento de las obras de reparación de calzadas y veredas, afectadas por las obras del presente proyecto, durante un período de ciento ochenta (180) días, a partir de la Recepción Provisoria.-


ARTÍCULO 8º: Cúmplase, publíquese, dése al R.O; a través del Departamento Vialidad notifíquese a TELEFÓNICA MÓVILES ARGENTINA S.A., tomen conocimiento el mencionado Departamento y los Departamentos Inspecciones Obras Viales y Servicios, Ingresos y Política Fiscal, Subsecretaría de Ambiente, y Dirección de Tránsito. Cumplido, ARCHÍVESE.-