Boletines/Chacabuco

Decreto Nº1234/18

Decreto Nº 1234/18

Chacabuco, 19/10/2018

LLAMANDO A LICITACION PUBLICA.

Visto

Las constancias del Expediente Nº 4029-2140/18, por las cuales tramita la ejecución de la obra consistente en la “Construcción de Cocina-Comedor EP Nº 22” en el Partido de Chacabuco”.

Considerando

Lo establecido en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares y Especificaciones Técnicas, obrante a fs. 38/73 de dichas actuaciones;

Que han intervenido las distintas áreas técnicas y legales del Municipio, con dictámenes que este Departamento Ejecutivo comparte;

Que en consecuencia, a los fines de contratar la ejecución de las mencionadas obras, se impone la necesidad de efectuar un llamado a licitación pública, en virtud de lo dispuesto por los artículos 133, subsiguientes y concordantes de la L.O.M.

POR ELLO,

EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO

DECRETA:

ARTICULO 1º: Llámase a Licitación Pública para la ejecución de la obra consistente en la “Construcción de Cocina-Comedor EP Nº 22” en el Partido de Chacabuco, de acuerdo a la documentación obrante en el Expediente Nº 4029-2140/18, y conforme los términos de los artículos 133, subsiguientes y concordantes de la L.O.M.

 

ARTICULO 2º: El presupuesto oficial de la presente licitación asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UNO CON CINCUENTA Y OCHO ($3.367.261,58.-) I.V.A. incluido.

 

ARTICULO 3º: La apertura de las propuestas se realizará el día 12 de  noviembre de 2.018 a las 10:00 hs. en la Subsecretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Chacabuco, sita en Avda. Saavedra y 12 de Febrero de esa ciudad, en presencia de los interesados que concurran.

 

ARTICULO 4º: El valor del Pliego de Bases y Condiciones se fija en la suma de PESOS SEIS  MIL ($ 6.000,00).

 

ARTICULO 5º: Los fondos afectados a la presente contratación, provendrán del Fondo Educativo.

 

ARTICULO 6º: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Comuna.

 

ARTICULO 7º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.