Boletines/Carmen de Areco
Decreto Nº 906
Publicado en versión extractada
Carmen de Areco, 10/06/2026
La necesidad del Intendente Municipal de delegar las facultades que le fueron otorgadas a sus auxiliares según lo normado en la ley Orgánica de las Municipalidades. Facultase a la Dirección de Contravenciones e Infracciones, al juzgamiento de las faltas municipales, la cual funcionará como órgano de transición hasta la efectiva puesta en funcionamiento del Juzgado de Faltas Municipal.