Boletines/Benito Juarez

Decreto Nº1069/2026

Decreto Nº 1069/2026

Benito Juarez, 20/07/2026

Visto

lo actuado en Expte. Letra “R” Nº 98/2023 y lo establecido en el Artículo Nº 36 de la Ordenanza Impositiva vigente donde expresan los valores de la “Tasa por Conservación, Reparación y Mejoramiento de la Red Vial Municipal”; y

Considerando

que el mismo artículo menciona que será actualizado automáticamente;

QUE desde la Dirección de Recaudación, se solicita que se dicte acto administrativo que avale la modificación de los valores de referencia que se utilizarán para tributar en concepto de “Tasa por Conservación, Reparación y Mejoramiento de la Red Vial Municipal” a partir de la cuota Nº 04/2026 en forma bimestral;

QUE el Gerente Vial Rural adjunta información a fs. 762 a 772 inclusive;

QUE a fs. 773 y 774 el Jefe de Gabinete a cargo de la Secretaría de Hacienda presta conformidad con lo actuado; 

QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;

EL INTENDENTE MUNICIPAL,  en uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo 1º.- Actualícese para la mencionada “Tasa por Conservación, Reparación y Mejoramiento de la Red Vial Municipal”, los valores establecidos en el Artículo Nº 36 de la Ordenanza Impositiva vigente de acuerdo al siguiente detalle:

PROCESO DE CALCULO PARA VALOR DE TASA VIAL
ECUACION POLINOMICA 4° Cuota 2026
INDICE DE AJUSTRE VALOR VARIABLES 05/05/2026 INDICE BASE 05/05/2026 VALOR VARIABLES 05/07/2026 INDICE ACTUALIZ.
05/07/2026
UVA 5 $ 1,916.2100 $ 9,581.0500 $ 2,020.7700 $ 10,103.8500
KG TRIGO 1.5 $ 2.514.400 $ 3.771.600 $ 2.514.400 $ 3.771.600
INDICE ARREND 3.5 $ 4,379.9200 $ 15,329.7200 $ 4,258.0468 $ 14,903.1638
           
  10   $ 25,287.9300   $ 25,384.1738
  % AUMENTO CUOTA 4° 0.381%    
           
       
       Precio Promedio Cant. de kg. Valor Techo de Tasa
       
Novillito 391 a 430 Clasif.  RUCA (Promedio) $ 4,501.42 3.2 $ 14,404.5453
      Precio Promedio Cant. de Kg Valor Piso de Tasa
Novillito 391 a 430 Clasif. RUCA (Promedio) $ 4,697.15 2.6 $ 12,212.5952

 

Valor Tasa Vial  ha/año - 3°cuota '26  $ 15,097.22 Valor x Cuota $ 2,516.20
       
Valor Tasa Vial  ha/año - 4°cuota '26  $ 15,154.68 Valor x Cuota $ 2,525.78
       
Valor Adoptado ha/año - 3°cuota '26   $ 15,030.89 Valor x Cuota $ 2,505.15
       
Valor Adoptado ha/año - 4°cuota '26   $ 14,404.55 Valor x Cuota $ 2,400.76
Por Ordenanza Fiscal Impositiva se activa la cláusula de la banda de flotación por superar el cálculo de la tasa vial el techo de la misma, adoptando el valor de $14.404,55 con una disminución del -4,167% con respecto al valor de la cuota anterior de $15.097,22 que no fue producto del techo de la banda de flotación (3,2 kg de Novill. 391/430 Clasif. RUCA)

 

MES PRODUCTO IMPORTE
04/26 LAS PRIMERAS 200 HECTAREAS POR HAS. $ 2.195,18
03/26 RESTO POR HAS. $ 2.400,76

Artículo 2º.-Refrendará el presente acto administrativo el Jefe de Gabinete a cargo de la Secretaría de Hacienda.

Artículo 3º.-Comuníquese,  dése al R. O. De Decretos y Resoluciones, tome nota Contaduría, Tesorería, Presupuesto, Auditoria, Jefatura de Gabinete y  Secretaría de Gobierno, cumplido, archívese.

JEFE DE GABINETE

A/C DE SECRETARIA DE HACIENDA

SR. JORGE O. ISMAEL

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

DECRETO Nº 1069-