Boletines/Chascomús

Resolución Nº133/26

Resolución Nº 133/26

Chascomús, 27/07/2026

Visto

El Expediente Administrativo GDE EX-2026-00016495-CHASCOMUS-DPOP#SG, caratulado “SOLICITUD CAMBIO DE CONTRIBUYENTE A NOMBRE DE FALERO GERARDO MAXIMILIANO DE LOS BIENES INMUEBLES DENOMINADOS CIRC.V, SECC.A, MZ.50, PCS 14 Y 15, PDAS.16.006, 16.007”; y

Considerando

Que se presenta FALERO Gerardo Maximiliano, DNI 31.191.491, con domicilio en calle 11 de Septiembre N° 54 de Chascomús, Provincia de Buenos Aires, con domicilio electrónico constituido en falero_04@yahoo.com.ar, solicitando cambio de contribuyente respecto de las Tasas Municipales en relación a los inmuebles cuya nomenclatura catastral es la siguiente: CIRCUNSCRIPCION V, SECCION A, MANZANA 50, PARCELAS 14 y 15, PARTIDAS N° 16.006 y 16.007 del Partido de Chascomús (027).

Que acompañan como documentación: 1) Cesión de Acciones y Derechos posesorios de fecha 01/04/2025 de Blanco Norberto Esteban a favor de Falero Gerardo Maximiliano; 2) copia del Mandamiento de Constatación de la diligencia preliminar que tramito por ante el Juzgado de Paz Letrado de Chascomús, expediente Judicial N° 6419- 2012, caratulado: “Blanco Norberto s/ Información Sumaria", la cual tiende a acreditar que el Blanco Norberto ocupaba los inmuebles descriptos, respecto de las partidas inmobiliarias N° 16.006 y 16.007.

Que, asimismo, se agregan Informes de dominio de las parcelas mencionadas, del cual surge como titular registral Krasnov Abraham de ambas parcelas.

Que, en Arba, surge como titular de las parcelas mencionadas, Couto Rubén Oscar de la parcela 14 (Partida 16.006) y Krasnov Abraham de la parcela 15 (partida N° 16.007).

Que en consecuencia, el 25/04/2025 se envió nota Couto Rubén Oscar, a los efectos de informarle que...”El Sr. Falero Gerardo Maximiliano ha presentado diligencias preliminares, donde manifiesta que está haciendo posesión pacifica del inmueble denominado catastralmente como Circunscripción V, Sección A, Manzana 50 Parcelas 14 del Partido de Chascomús (027), que de acuerdo a nuestros registros figura a su nombre, por lo que se le solicita se nos informe por escrito (debiendo adjuntar la documentación respaldatoria del bien), en un plazo no mayor de cinco días de recibida la presente, si ha autorizado tal ocupación, caso contrario se dará curso favorable a lo solicitado por el peticionante”.

Que al orden 5, en respuesta a la nota enviada con fecha 25/04/2025, Couto envía por correo argentino nota de oposición al cambio de contribuyente solicitado por el Sr. Falero.

Que atento lo expuesto en el párrafo anterior, desde el área de Catastro, se envía nota alSr.Couto, mediante la cual se manifiesta que: “Le informamos a Ud. que con respecto a su oposición a la ocupación del bien inmueble denominado catastralmente como Circ. V, Secc. A, Mz.50, Pcs.14 que se encuentra a su nombre, deberá presentar la documentación respaldatoria de dicho bien, en un plazo no mayor a 15 días para dar curso a su petición de no proceder al cambio de contribuyente solicitado por el Sr. Falero Gerardo Maximiliano”.

Que al orden 13, se adjunta el escrito en el cual funda la oposición al cambio de contribuyente solicitado por el Sr. Falero respecto al lote 14.

Que al orden 14, desde el área de Catastro, informan que: “Se remite el expte. de referencia iniciado por el Sr. Falero Gerardo Maximiliano según cesión de acciones y derechos posesorios solicitando cambio de contribuyente del bien inmueble designado catastralmente como Circ. V, Secc. A, Mz. 50, Pcs. 14 y 15, Pdas. 16.006 y 16.007, informando que se envió nota al contribuyente de la parcela 14 el cual se opuso y la parcela 15 no se envío ya que figura Krasnov Abraham y en reiteradas oportunidades las notas han sido devueltas; solicito se prosiga con el trámite solicitado..”.

Que en consecuencia de lo expuesto la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que surgiendo de las constancias existentes en estas actuaciones administrativas que tanto el Sr. Couto Rubén Oscar como el Sr. Falero Gerardo Maximiliano, alegan detentar la posesión del inmueble nomenclado catastralmente como CIRCUNSCRIPCION V, SECCION A, MANZANA 50, PARCELA 14 (partida 16.006) por distintos títulos, no cabe decidir respecto de los derechos de uno y otro en el ámbito administrativo, gozando ambos de las acciones judiciales que les otorga la legislación.

Qué, asimismo corresponde hacer lugar a la solicitud de cambio de contribuyente solicitada por el Sr. FALERO Gerardo Maximiliano, DNI 31.191.491 con domicilio en calle 11 de Septiembre N° 54 de Chascomús, Provincia de Buenos Aires, con domicilio electrónico constituido en falero_04@yahoo.com.ar , de la Tasa Municipal que gravan a los inmuebles nomenclado catastralmente como CIRCUNSCRIPCION V, SECCION A, MANZANA 50, PARCELA 15, PARTIDAS N° 16.007 del Partido de Chascomús (027), teniendo en cuenta la documentación acompañada, lo informado por el área de Catastro y todo lo expuesto en el exordio, sin perjuicio de las acciones judiciales que ambas partes podrán iniciar en ejercicio de los derechos que detenten.

Por ello el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro), que suscribe en uso de sus atribuciones

RESUELVE

ARTÍCULO 1°.-Hacer lugar a la solicitud de cambio de contribuyente de la Tasa Municipal que gravan al inmueble nomenclado catastralmente como CIRCUNSCRIPCION V, SECCION A, MANZANA 50, PARCELAS 15 PARTIDAS N° 16007 del Partido de Chascomús (027), pretendida por, Sr. FALERO Gerardo Maximiliano, DNI 31.191.491 con domicilio en calle 11 de Septiembre N° 54 de Chascomús, Provincia de Buenos Aires de conformidad con las consideraciones expuestas en el exordio, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponder.-

ARTICULO 2°.- Rechazar la solicitud de cambio de contribuyente de la Tasa Municipal que grava al inmueble nomenclado catastralmente como CIRCUNSCRIPCION V, SECCION A, MANZANA 50, PARCELAS 14 PARTIDAS N° 16.006 del Partido de Chascomús (027), pretendida por, Sr. FALERO Gerard Maximiliano, DNI 31.191.491 y mantener en su calidad de contribuyente a el Sr. Couto Rubén Oscar, de conformidad con las consideraciones expuestas en el exordio, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponder.-

ARTICULO 3°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Catastro, Dirección de Ingresos Públicos, Dirección de Asuntos Legales y Sr. FALERO Gerardo Maximiliano, al domicilio electrónico constituido en falero_04@yahoo.com.ar.-

ARTICULO 4°.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.