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Decreto Nº040

Decreto Nº 040

Alberti, 09/01/2026

Venta de material reciclado

Visto

  Lo normado en el Artículo 159 y 226 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

  Lo informado por el Responsable de la Planta de Clasificación de Residuos Sólidos    Urbanos de la Ciudad de Alberti.

 

Considerando

Que, el Municipio ha puesto en marcha el ECO-PLAN, uno de cuyos principales objetivos se vincula con la disposición sustentable de los Residuos sólidos urbanos, procurando maximizar la separación en origen entre orgánicos e inorgánicos.

Que, en la Planta de Reciclado se realiza la separación final y clasificación de los residuos, siendo necesario proceder a la venta de 6.060 kg de botellas mezcla.

Que CABAÑA LEONEL CUIT 20-39966094-6 ofrece la compra PRECIO/KG $280.

Que, en la Planta de Reciclado se realiza la separación final y clasificación de los residuos, siendo necesario proceder a la venta de 332 kg de latitas.

Que CABAÑA LEONEL CUIT 20-39966094-6 ofrece la compra PRECIO/KG $800.

Que, en la Planta de Reciclado se realiza la separación final y clasificación de los residuos, siendo necesario proceder a la venta de 63 kg de cable sucio.

Que CABAÑA LEONEL CUIT 20-39966094-6 ofrece la compra PRECIO/KG $3.000.

 Que mediante la Ordenanza Impositiva del año 2026 en su artículo 2 inc. 7) el Honorable Concejo Deliberante ha autorizado la venta del producido en la Planta de Reciclado.

Que, en virtud del monto resultante de la oferta y la legislación vigente, es menester proceder a la venta directa de los residuos separados y clasificados como vidrio mezcla.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE ALBERTI, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

ARTÍCULO 1º: Procédase a la venta de 6.060 kg de botellas mezcla por la suma de $1.696.800 (Pesos un millón seiscientos noventa y seis mil ochocientos), 332 kg de latitas por la suma de $265.600 (Pesos doscientos sesenta y cinco mil seiscientos) y 63 kg de cable sucio por la suma de $189.000 (Pesos ciento ochenta y nueve mil) a CABAÑA LEONEL CUIT 20-39966094-6. 

ARTÍCULO  2°: Tomen razón las dependencias correspondientes a sus efectos.

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, Publíquese, dese al Registro Oficial de Decretos y archívese