Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1326/26
Mar Chiquita, 25/06/2026
Visto
La comunicación cursada por el Honorable Concejo Deliberante por la que se pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo la sanción de la Ordenanza Nº 039/2026; y
Considerando
Que dicha Ordenanza fue comunicada al D.E. el día de la fecha;
Que por la misma se Declara de Interés Municipal para la Cultura y la Comunicación Social al libro “Señas de Radio” del autor Juan Sixto;
Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del D.E. la promulgación de Ordenanzas;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1°: PROMULGUESE, la Ordenanza Municipal N°039/2026, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 25/06/2026, cuya copia, como anexo, forman parte del presente Decreto.
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio.
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, a quienes corresponda y dése al Registro Oficial.
ORDENANZA
VISTO
La Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, en artículo 27º, del Decreto-ley 6769/1958, donde se establecen las facultades conferidas a los Honorables Concejos Deliberantes, incluida las declaraciones de interés como herramienta para el fomento de valores vinculados a la cultura, el arte, o el deporte, entre otros, y;
CONSIDERANDO
Que el libro “Señas de Radio” es la primera recopilación sistematizada de códigos simbólicos – algunos existentes y en uso desde hace más 100 años - para la comunicación no verbal en la radiodifusión; declarado de Interés para la Comunicación Social por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, el 26 de agosto de 2025, a los 105 años de la radiodifusión en argentina;
Que dicho manual – inmediatamente después de su publicación – fue incorporado como herramienta en diversos centros de formación profesional a través del cual, cientos de estudiantes y radioaficionados enriquecen su metier;
Que su autor, el Magister Juan Manuel Sixto – locutor, productor de radio, y docente - es miembro de nuestra comunidad Marchiquitense; egresado del sistema público de educación inicial, primaria, y secundaria, en la localidad de Santa Clara del Mar; iniciando en esta ciudad sus primeros pasos en la radiodifusión, con apenas 12 años de edad;
Que su autor, pionero en la creación de radios online del país, es Locutor Nacional egresado del Instituto Superior de Enseñanza Radiofónica (ISER), con Posgrado en Comunicación Inclusiva (Universidad de Avellaneda) y Diplomado en Ley de Medios (UBA); y actualmente – tras una vasta trayectoria en diferentes emisoras de primera línea – se desempeña como locutor permanente en Radio Nacional y docente del ISER;
Que en su libro – cuyo prologo y epílogo están a cargo de Patricia Barral y Cynthia Ottaviano, respectivamente - participan en él colegas como Lalo Mir, Nora Perlé, Eduardo Aliverti, Marcos Aramburu, Quique Pesoa, Nora Briozzo, Carlos pág. 2 Ulanovsky, Mikki Lusardi, Claudio Orellano, Rosario Lufrano, Cholo Gómez Castañón, María Ester Sánchez, y Diego Ripoll, entre otros, convirtiéndose en ejemplo legítimo de construcción colectiva, identidad cultural, y trasferencia de conocimiento, para beneficio de la comunicación social de nuestro país;
Que, por todo lo anteriormente expuesto, este libro pone en el más alto nivel a nuestra educación pública, a la solidaridad de nuestras comunidades, y a la radio como espacio para el encuentro humano;
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAR CHIQUITA EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: DECLARESE DE INTERES MUNICIPAL PARA LA CULTURA Y LA COMUNICACIÓN SOCIAL DE MAR CHIQUITA AL LIBRO “SEÑAS DE RADIO”, de Juan Sixto.
ARTICULO 2º: SOLICITESE al Ejecutivo la entrega del diploma declaratorio a su autor; en este recinto parlamentario, y en presencia de autoridades y medios de comunicación locales”.
ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
ORDENANZA N° 039
Dada en el recinto del Honorable Concejo Deliberante a los 24 días del mes de junio del año 2026.