Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1182/26
Mar Chiquita, 17/06/2026
Visto
El expediente N° 4072-722/2025, la Ordenanza N° 37/2023 de creación del Programa de Regularización Dominial Veinteñal”; la Ley N° 24.320, modificatoria de la Ley N° 21.477, que regula una de las formas de adquisición de dominio por parte del estado Provincial y Municipal,
Considerando
Que el programa consiste en que los vecinos interesados en acceder al mismo, deberán cumplir con una serie de requisitos expresados en la Ordenanza N°37/2023, y cumplido los mismos, deberán realizar una Cesión de Derechos y Acciones posesorias gratuita hacia la Municipalidad de Mar Chiquita, quien en el mismo acto que se celebra el contrato de Cesión, realizara un Convenio de Escrituración donde se compromete a arbitrar todos los medios necesarios para trasmitir el bien por medio de una Ordenanza de Donación.
Que la Municipalidad de Mar Chiquita utiliza el principio de unión de posesiones regulado en el artículo 1901 del Código Civil y Comercial, materializado a través de las cesiones de acciones y derechos posesorios, y así proceder a declarar la prescripción adquisitiva.
Que en el marco de dichas normativas se han cumplimentado los requisitos exigidos para proceder con la prescripción adquisitiva del inmueble.
Que de acuerdo a la documentación que se acompaña en el expediente administrativo mencionado ha quedado acreditada la posesión ejercida por la beneficiaria en forma pacífica, continua e interrumpida por más de 20 años.
Que el beneficiario ha cedido a favor de la Municipalidad de Mar Chiquita, los derechos y acciones que tiene y que les corresponde, en relación al inmueble del cual detenta la posesión.
Que por esta vía se asegura en concreto objetivos tales como el de regularizar dominialmente la vivienda familiar y resguardar a la misma, atendiendo al requerimiento de la sociedad.
POR ELLO;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
DECRETA
ARTICULO 1º: DECLÁRASE la Prescripción Administrativa en virtud de haberse acreditado la posesión continúa, pacífica e ininterrumpida durante más de veinte años del poseedor Sr. Mendoza Pablo Abel DNI 24.539.280, y según lo dispuesto por la Ley 24.320 sobre el lote de terreno ubicado en la localidad de Coronel Vidal, Partido de Mar Chiquita, que surgen del Plano 69- 72 -49 y que tiene por nomenclatura catastral: Circunscripción I- Sección A- Manzana 4- Parcela 5 a , conforme los considerandos del presente.
ARTICULO 2°: Solicitar la cancelación de la inscripción de la Matricula 9750, de la nomenclatura Circ. I- Secc. A- Mz. 4- Parc. 5 a y proceda a inscribirlo a nombre del Municipio de Mar Chiquita.
ARTICULO 3°: Designar a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a fines de realizar los actos notariales de rigor para obtener la inscripción dominial, por parte de la Dirección Provincial de la Propiedad Inmueble.
ARTICULO 4°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio.
ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, y dese al Registro Oficial.