Boletines/Vicente López
Decreto Nº 4255/18
Vicente López, 30/10/2018
CORRESPONDE A EXPEDIENTE N°4119-002964/2018
Visto
las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Privada N° 106 dispuesto por Decreto N° 3212/18 para la contratación de la obra "DEFENSA TALUD BARRIO EL CEIBO — ETAPA 1", y
Considerando
Lo aconsejado por la Comisión Permanente de licitaciones para el Estudio de Propuestas a fs. 386.
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LÓPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias:
DECRETA
ARTÍCULO 1°: ADJUDÍCASE a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO AGROPECUARIA JUAREZ LIMITADA por un monto de Pesos un millón ciento noventa y nueve mil ochocientos veintisiete ($1.199.827,00), la contratación de la obra "DEFENSA TALUD BARRIO EL CEIBO - ETAPA 1", en un todo de acuerdo al Pliego de Cláusulas Legales Especiales, al Pliegó de Especificaciones Técnicas Particulares y a la planilla de detalle de preadjudicación obrante a fs. 386.
ARTÍCULO 2°: La suma de pesos un millón ciento noventa y nueve mil ochocientos veintisiete ($1.199.827,00), se encuentra registrada en las Solicitudes de Gastos Nros. 1-5617 y 1-7585 obrante a fs. 37 y a fs. 383 respectivamente.
ARTÍCULO 3°: La firma adjudicataria deberá presentar en la Dirección de Tesorería, en concepto de garantía de adjudicación, el 5% (cinco por ciento) del importe total de la misma y en concepto de anticipo financiero, póliza de caución por el 30% (treinta por ciento), conforme lo dispuesto por el Artículo 11.4 del Pliego de Cláusulas Legales Especiales.
ARTÍCULO 4°: Refrenden el presente Decreto las Secretarías de Planeamiento Obras y Servicios Públicos y de Hacienda y Finanzas.
ARTÍCULO 5°: Por intermedio de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos procédase a suscribir el pertinente contrato de adjudicación, debiéndose posteriormente proseguir el trámite para la confección de la correspondiente Orden de Compra.
ARTÍCULO 6°: Tomen conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Dirección Gral. de Contaduría, Dirección de Compras y Licitaciones y Dirección de Tesorería) y de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos (Dirección General de Obras Municipales, quien notificará al interesado).
ARTÍCULO 7°: Dése al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese.
Fdo: Macri- Botello- Alvarez