Boletines/Hipólito Yrigoyen

Decreto Nº492/26

Decreto Nº 492/26

Hipólito Yrigoyen, 22/05/2026

Expediente Nº 4057-969/25.-

DECRETO Nº 492/26.-

Visto

La solicitud de la Dirección de Personal a fojas 01, en relación al dictado del CURSO DE FORMACION PROFESIONAL DE ACOMPAÑANTE TERAPEUTICO,  que se dicta en el Centro Universitario de Hipólito Yrigoyen (CRUHY), y---

Considerando

Que la Ley 14656 que rige las relaciones de empleo público de los trabajadores de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires vino a establecer un plexo normativo de contenido mínimo de derechos, incorporando nuevas garantías de justicia social, primacía de la realidad, progresividad e interpretación a favor del trabajador. -------------------------------------------------------------

Que es menester fijar un parámetro justo en relación a las retribuciones de los trabajadores municipales premiando el merito y el compromiso con las tareas asignadas desde la administración municipal. -----------------------------

Que en este sentido el Estatuto para el Empleado de las Municipalidades conforme Ordenanza Nº 30/2020, establece en su artículo 24 Inc j y en relación a las remuneraciones, como facultad del Departamento Ejecutivo, asignar bonificaciones completarías con el fin de estimular el ingreso de los agentes que cumplimenten requisitos excepcionales como los que fueran mencionados en este exordio. ---

Por ello, haciendo uso exclusivo de las facultades que la ley le confiere EL INTENDENTE MUNICIPAL DE HIPOLITO YRIGOYEN

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: OTORGUESE bonificaciones extraordinarias por estimulo conforme lo establece el artículo 24 del Estatuto para el Empleado Municipal, según Ordenanza 30/2020, a los siguientes agentes municipales y por los montos que se detallan a continuación:

 

  • GRANADOS LUCIA LEONTINA DNI 28.297.926, Legajo 5133, Planta Permanente, Régimen  12 horas, por un importe de pesos TRESCIENTOS MIL  ($300.000,00)- Caba de Enfermera.----------------------------------------------- 

 

ARTICULO SEGUNDO: ESTABLEZCASE que la remuneración por estimulo del artículo primero del presente será otorgada en un pago único mensual por el mes de MAYO del corriente. ------------------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO TERCERO: IMPUTENSE las erogaciones a la siguiente partida: Jurisdicción: 1110108000. DESARROLLO SOCIAL – 17 – ATENCION DE ANCIANOS – 04.26.09 –  PERSONAL TECNICO – CONCEPTO 10496 (BONIFICACION EXTRAORDINARIA POR DICTADO DE CLASES – PARTIDA DEL GASTO 1260 (COMPLEMENTOS) – FUENTE DE FINANCIAMIENTO 110. ---

 

ARTICULO CUARTO: DESE intervención a la Dirección de Personal y a la Dirección de Presupuesto y Contaduría para dar cumplimiento a lo ordenado en el presente. -------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO   QUINTO: Regístrese, Publíquese y cumplido Archívese. -----

 

 

SECRETARIO DE GOBIERNO Y HACIENDA                                                   INTENDENTE MUNICIPAL

               Dr. Martín Arpigiani                                                                              Cdor. Luis Ignacio Pugnaloni