Boletines/Hipólito Yrigoyen
Decreto Nº 429/26
Hipólito Yrigoyen, 06/05/2026
Expte. N° 4057-2711/18.-
.- D E C R E T O Nº 429/26.
Visto
La nota presentada por las autoridades del MOTOR CLUB HENDERSON, de fecha 22/04/26, y
Considerando
La nota presentada por las autoridades del MOTOR CLUB HENDERSON, de fecha 22/04/26, y
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS
.- D E C R E T A -.
ARTICULO 1º: En el marco de la HABILITACION otorgada por Decreto 112/26, AUTORIZASE a “MOTOR CLUB HENDERSON” a realizar una competencia automovilística los días 9 y 10 de Mayo de 2026, en las instalaciones del “CIRCUITO EL FORTIN” de la ciudad de Henderson, quedando a cargo de la entidad organizadora la habilitación final que disponga la cartera provincial correspondiente.---------------------------------------------
ARTICULO 2º: La autorización otorgada en el presente Decreto queda sujeta y condicionada al cumplimiento de:
a) Lo dispuesto en la Ley 12.391 y sus modificatorias y la Resolución 1/05 de la Comisión Provincial de Automovilismo y Motociclismo Deportivo (Co.P.A.M.).-
b) Toda otra normativa nacional o provincial aplicable al deporte motor.
c) Presentación por parte de la entidad organizadora de la Póliza de cobertura, siendo plazo máximo, el último día hábil anterior a la competencia.
d) La respectiva autorización de la Co.P.A.M.
e) Contar con la autorización de la Entidad Fiscalizadora Deportiva que corresponda; y
f) La presencia efectiva en el circuito durante el desarrollo de la competencia, del personal de bomberos, de salud, y de seguridad requeridos.-------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: La entidad organizadora asume bajo su total responsabilidad todo riesgo relacionado con eventos que pudieran ocasionar daños a terceros, debiendo contratar una póliza de seguro de Responsabilidad Civil, como así también requerir la asistencia del personal de Policía y Asistencia Sanitaria a fin de prevenir accidentes, debiendo cumplir con lo establecido en la Ley 11.825 referente a la prohibición de bebidas alcohólicas.-----------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Comuníquese, Tomen razón quienes corresponda, Regístrese y Archívese.----
SECRETARIO DE GOBIERNO Y HACIENDA INTENDENTE MUNICIPAL
Dr. Martín Arpigiani Cdor. Luis Ignacio Pugnaloni