Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1097/2018
San Andrés de Giles, 22/03/2018
Visto
Que el Decreto Municipal Nº 0889/2017(Artículo 2º) dispuso en su oportunidad la adjudicación a la Empresa ECONORBA S.A. con domicilio en Ruta Nacional Nº 191 entre Calles Canadá y Avalos de la ciudad de Salto-Provincia de Buenos Aires , Partido del mismo nombre, Provincia de Buenos Aires, la licitación pública N* 3/2017, para la recolección de residuos patogénicos del Hospital Municipal San Andrés y los Centros de Atención Primaria de la Salud , dependientes de la Municipalidad de San Andrés de Giles ; y
Considerando
Que el día 31 de diciembre del año 2017, caducó la vigencia del contrato suscripto con la referida Empresa , cuyo objeto es la prestación referida.
Que mediante Decreto Nº 0049 dictado por el Departamento Ejecutivo el día 11 de enero del año en curso se dispuso prorrogar a partir del 1º de enero de 2018, hasta el día 31 inclusive del mes de marzo del mismo año , la vigencia del contrato de locación suscripto oportunamente con la Firma ECONORBA S.A, convalidado mediante Decreto Nº 1005/2017, para la recolección y traslado de los residuos patogénicos que se generen en el Hospital Municipal San Andrés y Salas de Atención Primaria de la Salud del Partido de San Andrés de Giles.
Que debe tenerse en cuenta la conveniencia de la propuesta, como también que se trata de la cobertura de un servicio público esencial como la salud, circunstancia que exige actuar con la premura y diligencia del caso, para evitar la posibilidad de quedar privado nuestro Hospital Municipal y Centro de Atención Primarias de la Salud, del servicio que nos ocupa;
Que se encuentra en plena tramitación el proceso de llamado a Licitación para la recepción de las ofertas respectivas;
Que el carácter de la prestación implica la complejidad de la tramitación;
Que resulta necesario asegurar la continuidad ininterrumpida de la recolección y traslado de los residuos patogénicos que se generen en el Hospital Municipal San Andrés y en las Salas de Atención Primaria de la Salud que dependan del Municipio;
Que en tal sentido se estima conveniente disponer una nueva prórroga al término de vigencia del contrato aludido;
Por ello, el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1ro.:Prorróguese a partir del 1º de abril de 2018, hasta el día 30 inclusive del mes de abril del mismo año , la vigencia del contrato de locación suscripto durante el año 2017 con la Firma ECONORBA S.A, convalidado mediante Decreto Nº 1005/2017, para la recolección y traslado de los residuos patogénicos que se generen en el Hospital Municipal San Andrés y Salas de Atención Primaria de la Salud del Partido de San Andrés de Giles, manteniéndose las mismas condiciones del acuerdo mencionado.
ARTICULO 2do.: Las erogaciones que demande a la Municipalidad el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente se imputarán a las siguientes cuentas del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110100000: Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción: 1110107000: Secretaria de Salud
Programa 70 - Prestación de Servicios en el Hospital Municipal San Andrés
Actividad 01 - Servicios de Salud en el Hospital Municipal
Inciso 3- Servicios no personales
P.Principal 9- otros servicios
Partida Parcial 9- otros
Programa 71 - Prestación de Servicios en Unidades Sanitarias
Actividad 01 - Servicios de Salud en Unidades Sanitarias
Inciso 3- Servicios no personales
P.Principal 9- otros servicios
Partida Parcial 9- otros
ARTICULO 3ro: Regístrese ,Comuníquese al Departamento Contable, y archívese.-