Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1014/2018
San Andrés de Giles, 08/03/2018
Visto
El expediente nº 4101-0803/2018, mediante el cual se tramita la ejecución de la obra :Construcción de Cordón Cuneta y Badén de Hormigón ,en el Predio del Sector Industrial Planificado que incluye la construcción de 2.168 metros lineales de cordón cuneta y 57 metros lineales de badén en las calles internas del sector, para mejorar la circulación vehicular y peatonal en el interior del mismo, la seguridad de dicha circulación como así también favorecer el aspecto estético y urbanístico del lugar; y
Considerando
Que, con el objeto de llevar adelante esa obra, el Departamento Ejecutivo, a través del Decreto Nº 0033 dictado el día 10 de enero del año en curso , dispuso el Llamado a Licitación Pública Nº 1/2018 ;
Que con fecha 8 de febrero próximo pasado y conforme se encontraba previsto de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del referido Decreto, se realizó el correspondiente acto de apertura de propuestas quedando plasmado lo actuado en el acta Nº4/2018 de Licitación Pública;
Que el señor Laureano Oscar Ferretto ( Propuesta Nº 3) del acto de apertura resultó la oferta más conveniente a los intereses de la Municipalidad , habiéndose dispuesto la adjudicación respectiva mediante el Decreto Nº 0880 dictado por el Departamento Ejecutivo el día 23 de febrero de 2018;
Que en ese contexto ha sido celebrado el correspondiente contrato de locación de obra;
Que, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente, a fin de convalidar el acuerdo suscripto;
Por ello, el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Convalídase el contrato de locación de obra , suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y Laureano Oscar Ferretto cuyo objeto es la realización de la obra: construcción de 2.168 metros lineales de cordón cuneta y 57 metros lineales de badén en las calles internas del sector, para mejorar la circulación vehicular y peatonal en el interior del mismo, la seguridad de dicha circulación como así también favorecer el aspecto estético y urbanístico del lugar.
ARTICULO 2º: Las erogaciones que demande a la Municipalidad la contratación mencionada se imputarán a la siguiente cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Fuente de Financiamiento: 133 de Origen Nacional
Jurisdicción: 1110100000 Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción 1110115000 Secretaría de Gobierno
Programa 23 Desarrollo Productivo Local
Proyecto 60 Obras Sector Industrial Municipal
Inciso 4 Bienes de Uso
Partida Principal 2 Construcciones
Partida Parcial 1 Construcciones en bienes de dominio privado
ARTICULO 3º: Regístrese , comuníquese a las áreas cuya intervención corresponda en virtud de la naturaleza del presente acto administrativo, al Contratado y posteriormente archívese.-
CONTRATO DE LOCACION DE OBRA:
OBJETO: Construcción de Cordón Cuneta y Badén de Hormigón ,en el Predio del Sector Industrial Planificado que incluye la construcción de 2.168 metros lineales de cordón cuneta y 57 metros lineales de badén en las calles internas del sector.
En la ciudad de San Andrés de Giles, a los 8 días del mes de marzo del año 2018, entre la Municipalidad de San Andrés de Giles, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, CPN Carlos Javier Puglelli , (DNI Nº 24.795.966) con domicilio en calle Moreno Nº 338, de la ciudad de San Andrés de Giles, partido del mismo nombre, por una parte en adelante llamada LA MUNICIPALIDAD y por la otra Laureano Oscar Ferretto , D.N.I. Nº 32.449.281 , CUIT Nº 20- 32.449.281-0 con domicilio en calle Moreno Nº 1220 , también de la ciudad de de San Andrés de Giles, partido del mismo nombre en adelante denominado “EL CONTRATISTA” , conjuntamente denominadas "las partes" o individualmente como "parte"; convienen en celebrar el presente contrato (en adelante el , o este contrato) sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: El presente contrato se corresponde y es consecuencia de la Licitación Pública Nº 1/2018 tramitado por “LA MUNICIPALIDAD” a través del Expediente Nº 4101- 0803-0- /2017 , del cual “EL CONTRATISTA” resultó adjudicatario en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 0880 dictado por el Departamento Ejecutivo el día 23 de febrero de 2018.
SEGUNDA: El objeto de este Contrato es que El Contratista realice para La Municipalidad con inclusión de mano de obra ; materiales ; recursos humanos y técnicos; la Construcción de la Obra indicada en el Objeto de este Contrato . El sistema constructivo a adoptar para la ejecución de las obras es el tradicional, en un todo de acuerdo a la Memoria Descriptiva , Especificaciones Técnicas y demás documentación obrante en el expediente administrativo Municipal Nº 4101- 0803 -0-2017 y en concordancia con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones del Pliego de Bases y Condiciones , aprobado por el artículo 2º del Decreto Municipal Nº 0033/2018 .
TERCERA: El Contratista realizará la obra objeto de este contrato en el bien inmueble designado catastralmente como : Circunscripción : II – Sección :C Fracciones I y II – Parcela . 1 a; 1;2; 3 y 17 ubicado en calle Industriales Gilenses Nº 550 de esta ciudad.
CUARTA: Los materiales necesarios para la realización de la obra objeto de este Contrato serán de primera calidad ,deberán ser provistos por El Contratista , y no se adicionarán días al plazo de ejecución de la obra establecido en este Contrato, a causa de la indisponibilidad de los materiales atribuible a El Contratista.
QUINTA: Serán a exclusivo cargo del Contratista las cargas sociales, seguros y toda otra erogación que resulte de la legislación laboral vigente y/o futura. El Contratista será el único responsable por daños causados por personas o cosas, cuando los que causaren el daño fueren cosas de su propiedad o que se hallaren a su cuidado y/o personas en relación de dependencia, terceros contratados o subcontratados, auxiliares o colaboradores bajo cualquier vinculación jurídica. El Contratista deberá presentar los comprobantes del cumplimiento de las mencionadas obligaciones, antes del comienzo de los trabajos, sin necesidad de requerimiento alguno por parte de la Municipalidad. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la suspensión de la obra, sin interrupción del plazo contractual.
SEXTA: Dentro de los quince (15) días posteriores al día de la fecha y que corresponde a la firma de este Contrato El Contratista dará comienzo a las obras; oportunidad en la cual se labrará un Acta de Replanteo e Inicio de Obra, que será suscrita por el Inspector de Obra designado en este Contrato , el Contratista y su Representante Técnico. A partir de la fecha de dicha Acta comenzará a correr el Plazo de Ejecución de la obra, establecido en este Contrato.
SEPTIMA: Los trabajos a realizar y el detalle de los mismos, se consigna a continuación y a ello deberá atenerse el Contratista:
LIMPIEZA Y EXCAVACIÓN DE TERRENO
- DESCRIPCIÓN:
Consiste en la realización de las tareas que permitan el correcto desarrollo de los trabajos de
Preparación de base, armado y llenado de los badenes y cordones. Se retirarán del sector de
trabajo todos los elementos que pudieran encontrarse, a los fines de poder realizar libremente
las tareas de preparación de base y moldeado.
La realización de la excavación deberá dejar liberado de forma pareja el área necesaria para lo
requerido en el punto siguiente de preparación de base.
PREPARACIÓN DE BASES
- DESCRIPCIÓN:
Consiste en la realización de las operaciones necesarias para la ejecución de una
preparación de base, tanto para los cordones cunetas como los badenes, construida con
una mezcla íntima y uniforme de material resultante de la colocación de suelo
seleccionado y si fuera necesario el agregado de cal útil vial y/o cemento portland, en
el porcentaje en peso que indique la Inspección, y compactada con una adecuada
incorporación de agua.
- ESPESOR BASE:
CORDÓN CUNETA: Será de una profundidad mínima de 50 cm por un ancho de 1,00m
BADEN: Será de una profundidad mínima de 60cm por un ancho de 1,80m.
Todas deberán cumplir con las tareas de acuerdo a las exigencias de las presentes
Especificaciones Técnicas.
- MATERIALES:
a) Cemento portland:
a‐1) Características: el cemento portland será de fragüe lento, de marca aprobada
y deberá satisfacer a las Especificaciones establecidas en la Norma IRAM 1503.
a‐2) Muestras: la toma de muestras se efectuará de acuerdo a las instrucciones para
control y toma de muestras 13‐45 (LEMIT).
a‐3) Almacenaje: el cemento deberá conservarse bajo cubierta, bien protegido contra
la humedad y la intemperie. El almacenaje se deberá hacer de tal forma que
sea fácil el acceso para inspeccionar o identificar los distintos cargamentos
recibidos. Los cementos provenientes de distintas fábricas o distintas marcas, se
acopiarán separadamente.
a‐4) Estado en el momento de usarlo: el cemento en el momento de utilizarlo
deberá encontrarse en estado suelto sin la menor tendencia a aglomerarse
por efectos de la humedad u otra causa cualquiera.
b) Cal: Será cal comercial hidratada, midiéndose y certificándose según el concepto
“Cal Útil Vial” (C.U.V.). En ningún caso se aceptará cal que presente indicios
evidentes de fragüe, pudiendo rechazar la Inspección dicha partida en forma
parcial o total. Para obviar este inconveniente se arbitrarán los medios necesarios
a fin de evitar que la cal esté en contacto con la humedad.
c) Suelo seleccionado: De ser necesaria su utilización, podrá ser del lugar o de origen
comercial, será homogéneo y deberá cumplir las siguientes características:
Límite líquido < 40 %.
Índice de plasticidad < 10 %.
Pasa tamiz Nº 200, entre el 30 % y el 40 % en peso.
Valor soporte > 20.
Hinchamiento < 1 %.
d) Agua: El agua para la construcción de la base no contendrá sales, ácidos, materias
orgánicas o cualquier otra sustancia perjudicial para la cal y/o el cemento portland.
Si la Inspección lo considera necesario, podrá disponerse la realización del análisis
del agua.
- EQUIPO:
El e q u i p o a u t i l i z a r s e d e b e r á ser aprobado por la Inspección, debiendo el
Contratista mantenerlo en perfectas condiciones hasta la finalización de la Obra.
Si durante la construcción se observasen deficiencias o mal funcionamiento de algún
equipo, la Inspección ordenara su retiro y reemplazo por otro en buenas condiciones.
- PROCESO CONSTRUCTIVO:
a) Mezcla de los materiales: Sobre el suelo pulverizado se procederá al agregado de
cal y/o cemento, en la cantidad establecida por la Inspección. Previo a esta
operación se verificará el contenido de humedad del material a mejorar, el que
no deberá sobrepasar el cuarenta por ciento (40%) del contenido óptimo;
porcentaje que podrá ser modificado por la Inspección, siempre que en esta forma
pueda obtenerse una mezcla completa, íntima y uniforme del material y la cal y/o el
cemento.
b) Aplicación del agua: Tan pronto como se haya terminado el proceso del mezclado
del material y la cal y/o el cemento, se procederá a determinar el contenido de
humedad de la mezcla calculando la cantidad necesaria de agua a agregar para
llevarla al contenido óptimo, fijado en base al ensayo de compactación Proctor
Standard. Se comenzará aplicando riegos parciales paralelos de agua, cada
aplicación será incorporada a la mezcla con mezcladoras rotativas, evitándose la
concentración de agua en la superficie. Terminada la aplicación del agua, se
continuará con el mezclado hasta obtener una distribución homogénea de la
humedad en todo el material.
c) Extendido y compactación: Una vez humedecida la mezcla se la conformará para
que satisfaga el Perfil Transversal y Pendientes indicados por la Inspección y se
dará comienzo de inmediato a la compactación con rodillos “pata de cabra”
verificándose previamente que la humedad no difiera en un dos por ciento (2%) del
contenido óptimo. Se continuará pasando dicho rodillo hasta que la mezcla quede
totalmente compactada, salvo en la parte superior, dado que los rodillos “pata
de cabra” deben ser retirados en el momento que quede un remanente de
mezcla suelta de alrededor de dos y medio (2,5) centímetros de espesor,
procediéndose a alisar esta superficie y a su regado si se resecara, para finalmente
efectuar la compactación de estos materiales removidos con rodillo neumático
múltiple y/o aplanadora, hasta obtener una superficie lisa y de textura cerrada.
Los trabajos se desarrollarán en forma tal que desde la colocación de cal y/o
cemento hasta la terminación de la compactación, no transcurra más de tres (3)
horas.
d) Curado: Para evitar la rápida evaporación del agua contenida en la mezcla que
termina de compactarse, se regará la superficie inmediatamente con emulsión
bituminosa superestable. Para que el riego bituminoso sea eficaz no debe penetrar
en la masa de la mezcla, a cuyo fin en el momento de su distribución la humedad
superficial debe estar comprendida entre la óptima y la correspondiente a la
saturación. La cantidad mínima de emulsión para el curado será determinada por la
Inspección.
- LIMITACIONES EN LA CONSTRUCCIÓN:
En invierno o en días excesivamente fríos se distribuirá la cal y/o el cemento, solo
cuando la temperatura sea como mínimo de cinco (5) grados centígrados y con
tendencia a aumentar. Hasta que la mezcla haya endurecido suficientemente, no será
liberada al tránsito, excepto para aquellos implementos necesarios para la construcción,
los que estarán todos provistos de rodados neumáticos.
- VARIANTES EN EL MÉTODO CONSTRUCTIVO:
Una máquina o combinación de máquinas distintas de las especificadas, o en
combinación con estas, podrán emplearse para la preparación de la base siempre que
se cumplan los requisitos relativos a la fragmentación del pavimento existente, la
pulverización del suelo, la distribución de cal y/o cemento, la aplicación de agua, la
mezcla de los materiales, la compactación y terminado de la mezcla y la protección y
curado establecidos en las presentes Especificaciones Técnicas.
En todos los casos de variantes en el método constructivo el equipo y/o procedimiento,
serán utilizados previa autorización de la Inspección.
- CONTROLES Y TOLERANCIAS:
a) Lisura: La terminación superficial se llevará a cabo de manera de obtener una
superficie lisa, firmemente unida, libre de grietas, ondulaciones o material suelto
y que se ajuste estrictamente a las pendientes y perfiles indicados por la Inspección.
Si colocando la regla de tres (3) metros de longitud paralelamente al eje de la
calzada, se notaran irregularidades mayores de uno y medio (1,5) centímetros., será
removido el material y rellenado con material homogéneo en capas no inferiores a
cinco (5) centímetros de espesor.
b) Espesor: Se controlará conjuntamente con la determinación de densidades y a
razón de un mínimo de tres (3) verificaciones por cada cien metros (100) lineales
o tramo construido en una jornada de trabajo, alternativamente en el centro,
borde izquierdo y borde derecho del ancho del tramo, quedando a cargo de la
Inspección fijar la posición de arranque y la ubicación exacta de los puntos de
control.
Se aceptarán los tramos en los cuales el espesor promedio no resulte inferior al
95 % del espesor teórico del proyecto establecido en las Cláusulas Legales
Particulares del presente Pliego.
Los tramos en los que el espesor promedio resulte menor al proyectado, pero no
inferior al ochenta por ciento (80%) del espesor teórico del proyecto, serán
corregidas, llevándolos al
espesor proyectado por escarificación de la superficie y agregado de la cantidad
necesaria de suelo‐cemento en capas no inferiores a cinco (5) centímetros de
espesor.
Los tramos de base construida en los que el espesor promedio resulte inferior al
ochenta por ciento (80%) del espesor teórico del proyecto, serán rechazados y
reconstruidos por cuenta del Contratista.
Las zonas defectuosas podrán limitarse, a los efectos de su corrección o
reconstrucción, mediante nuevos controles en lugares indicados a juicio de la
Inspección.
CORDÓN CUNETA
Esta especificación comprende la ejecución del cordón cuneta de acuerdo a lo
establecido en el Pliego Único de Especificaciones Generales para la Dirección de Vialidad
de la Provincia de Buenos Aires, Capítulo I, Sección 5º, “Pavimentos de Hormigón de
Cemento Portland”, con las siguientes ampliaciones:
- DESCRIPCIÓN:
Consiste en la construcción de Cordón Cuneta de Hormigón Simple clase H30 con refuerzos
de hierro aleteado de 10mm, en los accesos a las parcelas con refuerzos en los accesos a
las parcelas y los badenes con Hormigón Armado, en un todo de acuerdo a las dimensiones
previstas en el Perfil Transversal detallado en la Memoria Descriptiva y a las presentes
Especificaciones Técnicas.
Comprende la obtención, transporte, descarga de materiales en obra, la correspondiente
dosificación y compactación del hormigón, la señalización de los desvíos durante los
trabajos, como así también todo otro gasto necesario para la realización y
conservación del cordón cuneta.
- EQUIPO Y/O MOLDES:
Los equipos y/o moldes a utilizarse serán aprobados por la Inspección, debiendo el
Contratista mantenerlos en perfectas condiciones hasta la finalización de la Obra.
Si durante la construcción se observasen deficiencias, la Inspección podrá ordenar el
retiro y el reemplazo del equipo y/o molde por otro en buenas condiciones.- PROCESO CONSTRUCTIVO:
Luego de realizada la preparación de base se procederá a la colocación de los moldes.
Los mismos se instalarán firmemente y de conformidad con los alineamientos y
pendientes indicadas por la Inspección, uniéndolos rígidamente para mantenerlos en
correcta posición; deberán limpiarse completamente y aceitarse luego de cada vez que
se empleen. Todo desnivel que se compruebe en las juntas de los moldes deberá
corregirse previamente al hormigonado.
Antes de proceder al colado del hormigón, se corregirán los defectos de construcción
o de conservación de la superficie de apoyo, rectificando su perfil y ajustando su
densidad y humedad. No se hormigonará antes de que la Inspección apruebe el estado del
área a cubrir. Inmediatamente después de mezclado del hormigón se realizará el colado,
de tal manera que requiera el mínimo posible de manipuleo y será llevado contra los
moldes mediante el uso de palas y azadones para que entre en íntimo contacto con su
superficie interna.
El hormigón se compactará con pisones o vibradores mecánicos accionados a lo largo
de la totalidad de los moldes, para luego comenzar las operaciones de terminado,
alisando la superficie por medio de talochas especiales, principalmente en las zonas
contiguas a los moldes. Desde que el hormigón haya sido depositado hasta el término
de las operaciones que se terminan de especificar, no deberá transcurrir más de cuarenta
minutos.
Durante el hormigonado del cordón deberán dejarse huecos en correspondencia con los
albañales a fin de dar acceso a los caños de desagüe sobre la calzada; deberán también
efectuarse los rebajos de los cordones para las entradas de vehículos y para las
rampas de acceso de discapacidad, de acuerdo a las instrucciones de la Inspección.
Después de completarse los trabajos de terminación y tan pronto lo permita el estado
de la superficie, se procederá a efectuar el curado mediante los métodos tradicionales de
humectación y protección o por aplicación de productos que provocan la formación de
membranas impermeables, previamente aprobados por la Inspección.
En el caso que el Contratista opte por el empleo de máquinas con moldes deslizantes,
serán por su exclusiva cuenta los materiales, mano de obra y cualquier otro trabajo
adicional necesario para construir el sobre el ancho de la base. No se permitirá el uso de
estas máquinas cuando la Inspección compruebe que su aplicación no produce un
resultado aceptable. Antes de autorizar su uso, la Inspección podrá requerir al Contratista
la construcción tramos de prueba.
‐ MATERIALES:
a) Cemento portland:
a‐1) Características: el cemento portland será de fragüe lento, de marca aprobada y
deberá satisfacer a las Especificaciones establecidas en la Norma IRAM 1503.
a‐2) Muestras: la toma de muestras se efectuará de acuerdo a las instrucciones para
control y toma de muestras 13‐45 (LEMIT).
a‐3) Almacenaje: el cemento deberá conservarse bajo cubierta, bien protegido contra la
humedad y la intemperie. El almacenaje se deberá hacer de tal forma que sea fácil
el acceso para inspeccionar o identificar los distintos cargamentos recibidos. Los
cementos provenientes de distintas fábricas o distintas marcas, se acopiarán
separadamente.
a‐4) Estado en el momento de usarlo: el cemento en el momento de utilizarlo deberá
encontrarse en estado suelto sin la menor tendencia a aglomerarse por efectos de
la humedad u otra causa cualquiera.
a‐5) Densidad: se tomará como peso de litro suelto del cemento portland, medido en las
condiciones de trabajo, el valor de 1,250 Kg.
b) Agregados inertes: Consistirán en una mezcla de agregado grueso (piedra triturada),
agregado fino (arena), que cumplirán con las siguientes especificaciones:
b‐1) Agregado grueso: material retenido en el tamiz Nº 10, será obtenido por
trituración de rocas homogéneas, sanas, limpias, de alta dureza, trituradas en
fragmentos angulares y de arista viva; no permitiéndose la presencia de un cierto
porcentaje de agregado con mineral en descomposición. No se admitirá el uso de
ningún tipo de tosca. Cada una de las fracciones que integren la mezcla total,
deberá estar constituida por agregados pétreos del mismo origen geológico.
El factor de cubicidad (según Norma de Ensayo E‐16 de la Dirección Nacional de
Vialidad), determinado sobre el agregado retenido por la criba de abertura
redonda de 9,5 mm. (3/8"), tendrá un valor mínimo de 0,6.
El agregado grueso tendrá una resistencia al desgaste tal que, sometido al ensayo
conocido como Prueba de los Ángeles (Norma IRAM 1532), no acuse una pérdida
por desgaste superior al treinta y cinco por ciento (35%); además, sometidos al
Ensayo de Durabilidad por ataque con sulfato de sodio (Norma IRAM 1525), luego
de cinco ciclos deberá acusar una pérdida máxima del doce por ciento (12%).
El agregado grueso estará compuesto de granos limpios, duros y resistentes,
durables y sin película adherida alguna, libre de cantidades perjudiciales de polvo,
terrones, partículas blandas o laminares, arcillas, álcalis, sales y materiales
orgánicos; no se admitiéndose que posea más de un cinco por ciento (5%) en peso
de dichas sustancias perjudiciales.
b‐2) Agregado fino: material que pasa por el tamiz Nº 10, estará constituido por una
mezcla de arena natural y arena de trituración; estará libre de arcilla y otras
materias extrañas.
La arena de trituración deberá provenir de rocas que cumplan lo exigido al
agregado grueso y entrar en una mezcla con la arena natural en un porcentaje no
menor al cuarenta por ciento (40%).
La arena natural será de origen silíceo, de granos limpios, duros y resistentes,
durables y sin película adherida alguna, libre de cantidades perjudiciales de polvo,
terrones, partículas blandas o laminares, arcillas, álcalis, sales y materiales ; no se
admitiéndose que posea más de un tres por ciento (3%) en peso de dichas
sustancias perjudiciales.
c) Agua: El agua para la preparación del hormigón no contendrá sales, ácidos, materias
orgánicas o cualquier otra sustancia perjudicial para el cemento portland. Si la Inspección
lo considera necesario, podrá disponerse la realización del análisis del agua.
JUNTAS
Se realizarán de igual manera en el Cordón Cuneta como en las juntas transversales de
los badenes.
a) Juntas transversales de construcción: Serán confeccionadas al final de cada
proceso de colado de hormigón, con paredes verticales y bordes sin redondear, sin
el empleo de relleno. Estas juntas se construirán como las del tipo de expansión
cuando haya una interrupción del trabajo de hormigonado por más de 30 minutos.
b) Juntas transversales de expansión: Se construirán a las distancias o en los lugares
establecidos por la Inspección y se conformarán usando relleno premoldeado
fibrobituminoso o de madera compresible de dos (2) centímetros de espesor,
colocadas perpendicularmente al eje y a la superficie del cordón cuneta, empleando
un dispositivo adecuado que las mantenga en su posición al colar el hormigón.
c) Relleno de juntas: Cuando sea necesario se utilizará un mastic asfáltico de
aplicación en caliente, que cumpla con los requisitos de AASHTO M‐173 u otro que
apruebe la Inspección, realizando previamente la limpieza de la junta con
herramientas adecuadas y aire comprimido, debiendo la misma estar seca al
momento de aplicar el material de sello. Se utilizará como material de relleno
Poliestireno expandido (“tergopol”) de baja densidad de 20mm.
- ENSAYOS DE RECEPCIÓN
La recepción parcial o total del cordón cuneta se realizará previa verificación del espesor
y la resistencia del hormigón del cordón cuneta. Esta verificación se practicará
independientemente en zonas no mayores de 50 metros lineales de cordón cuneta.
La resistencia teórica a la compresión “Rt” se establece para esta obra en trescientos
(300) Kg/cm², medida sobre probeta cilíndrica con relación de esbeltez igual a dos (2) a los
veintiocho
(28) días de producido el hormigonado.
- ACEPTACIÓN DEL CORDÓN CUNETA
La aceptación de una zona se realizará considerando al mismo tiempo el espesor
promedio “em” de la cuneta o bordes y la resistencia promedio “Rm” del hormigón.
Para establecer las condiciones de aceptación con descuento de una zona, se
determinará la Capacidad de carga “Cm” que es el producto del cuadrado del espesor
medio por la resistencia media: Cm = em² x Rm, donde se expresarán “em” en cm, “Rm”
en t/cm² y “Cm” en t.
Aceptación sin descuento:
Si el numero “Cm” es igual o mayor que el producto del noventa y cinco por ciento (95%)
de la resistencia teórica “Rt” por el cuadrado de la diferencia entre el espesor teórico
“Ct” y tres milímetros (3 mm), es decir 0.95 Rt (Ct – 0.3)² la zona será aceptada sin
descuento.
Aceptación con descuento:
Si el numero Cm esta comprendido entre el valor de “Cm” dado en el párrafo anterior y el
valor que resulta al efectuar el producto del ochenta y uno por ciento (81%) de la
resistencia teórica “Rt” por el cuadrado de la diferencia entre el espesor teórico “et” y
un centímetro (1cm), es decir: 0.81 Rt (et – 1.0) la zona será aceptada y se aplicara
un descuento por unidad de superficie de la zona igual a: 1
‐ em ² . Rm
et². Rt
Rechazo:
Cualquiera sea el valor de “Cm”, si el espesor promedio de la zona es menor que et – 1
cm. (un centímetro), siendo “et” el espesor teórico de proyecto, la zona será rechazada.
También corresponderá el rechazo si la resistencia media “Rm” de la zona es menor que
el 81 % de “Rt” (ochenta y uno por ciento de Rt) siendo “Rt” la resistencia teórica a la
compresión.
En cualquiera de los dos casos se ordenará su reconstrucción, no recibiendo el
Contratista ninguna compensación por los gastos que le demanden la demolición de las
zonas rechazadas y su reconstrucción.
El Contratista podrá solicitar la extracción y ensayo de más testigos, para limitar la
zona de rechazo. Los gastos que originen estos ensayos serán por su cuenta, sin cargo de
reintegro.
BADENES
DESCRIPCIÓN:
Consiste en la construcción de badenes de Hormigón Armado clase H30 con refuerzos de
una doble malla tipo SIMA de un diámetro de 6mm, en un todo de acuerdo a las
dimensiones previstas en el Perfil Transversal detallado en la Memoria Descriptiva y
a las presentes Especificaciones Técnicas.
Comprende la obtención, transporte, descarga de materiales en obra, la correspondiente
dosificación y compactación del hormigón, la señalización de los desvíos durante los
trabajos, como así también todo otro gasto necesario para la realización y
conservación del badén. Dimensiones según detalle:
- EQUIPO Y/O MOLDES:
Los equipos y/o moldes a utilizarse serán aprobados por la Inspección, debiendo el
Contratista mantenerlos en perfectas condiciones hasta la finalización de la Obra.
Si durante la construcción se observasen deficiencias, la Inspección podrá ordenar el
retiro y el reemplazo del equipo y/o molde por otro en buenas condiciones.
- PROCESO CONSTRUCTIVO:
Luego de realizada la preparación de base de igual forma de las bases de los Cordones
Cunetas, se procederá a la colocación de los moldes. Los mismos se instalarán
firmemente y de conformidad con los alineamientos y pendientes indicadas por la
Inspección, uniéndolos rígidamente para mantenerlos en correcta posición; deberán
limpiarse completamente y aceitarse luego de cada vez que se empleen. Todo desnivel
que se compruebe en las juntas de los moldes deberá corregirse previamente al
hormigonado.
Para la colocación de las dos mallas se deberá asegurar la separación con el suelo
compactado con una distancia de 3cm de la malla inferior y una separación entre ambas
de 6cm la separación entre mallas se realizará con unos separadores tipo “Z” de un espesor
de 8mm, colocados cada 50cm.
Antes de proceder al colado del hormigón, se corregirán los defectos de construcción
o de conservación de la superficie de apoyo, rectificando su perfil y ajustando su
densidad y humedad. No se hormigonará antes de que la Inspección apruebe el estado del
área a cubrir. Inmediatamente después de mezclado del hormigón se realizará el colado,
de tal manera que requiera el mínimo posible de manipuleo y será llevado contra los
moldes mediante el uso de palas y azadones para que entre en íntimo contacto con su
superficie interna.
El hormigón se compactará con pisones o vibradores mecánicos accionados a lo largo
de la totalidad de los moldes, para luego comenzar las operaciones de terminado,
alisando la superficie por medio de talochas especiales, principalmente en las zonas
contiguas a los moldes. Desde que el hormigón haya sido depositado hasta el término
de las operaciones que se terminan de especificar, no deberá transcurrir más de cuarenta
minutos.
Después de completarse los trabajos de terminación y tan pronto lo permita el estado
de la superficie, se procederá a efectuar el curado mediante los métodos tradicionales de
humectación y protección o por aplicación de productos que provocan la formación de
membranas impermeables, previamente aprobados por la Inspección.
‐ MATERIALES:
d) Cemento portland:
a‐1) Características: el cemento portland será de fragüe lento, de marca aprobada y
deberá satisfacer a las Especificaciones establecidas en la Norma IRAM 1503.
a‐2) Muestras: la toma de muestras se efectuara de acuerdo a las instrucciones para
control y toma de muestras 13‐45 (LEMIT).
a‐3) Almacenaje: el cemento deberá conservarse bajo cubierta, bien protegido contra la
humedad y la intemperie. El almacenaje se deberá hacer de tal forma que sea fácil
el acceso para inspeccionar o identificar los distintos cargamentos recibidos. Los
cementos provenientes de distintas fábricas o distintas marcas, se acopiarán
separadamente.
a‐4) Estado en el momento de usarlo: el cemento en el momento de utilizarlo deberá
encontrarse en estado suelto sin la menor tendencia a aglomerarse por efectos de
la humedad u otra causa cualquiera.
a‐5) Densidad: se tomará como peso de litro suelto del cemento portland, medido en las
condiciones de trabajo, el valor de 1,250 Kg.
e) Agregados inertes: Consistirán en una mezcla de agregado grueso (piedra triturada),
agregado fino (arena), que cumplirán con las siguientes especificaciones:
b‐1) Agregado grueso: material retenido en el tamiz Nº 10, será obtenido por
trituración de rocas homogéneas, sanas, limpias, de alta dureza, trituradas en
fragmentos angulares y de arista viva; no permitiéndose la presencia de un cierto
porcentaje de agregado con mineral en descomposición. No se admitirá el uso de
ningún tipo de tosca. Cada una de las fracciones que integren la mezcla total,
deberá estar constituida por agregados pétreos del mismo origen geológico.
El factor de cubicidad (según Norma de Ensayo E‐16 de la Dirección Nacional de
Vialidad), determinado sobre el agregado retenido por la criba de abertura
redonda de 9,5 mm. (3/8"), tendrá un valor mínimo de 0,6.
El agregado grueso tendrá una resistencia al desgaste tal que, sometido al ensayo
conocido como Prueba de los Ángeles (Norma IRAM 1532), no acuse una pérdida
por desgaste superior al treinta y cinco por ciento (35%); además, sometidos al
Ensayo de Durabilidad por ataque con sulfato de sodio (Norma IRAM 1525), luego
de cinco ciclos deberá acusar una pérdida máxima del doce por ciento (12%).
El agregado grueso estará compuesto de granos limpios, duros y resistentes,
durables y sin película adherida alguna, libre de cantidades perjudiciales de polvo,
terrones, partículas blandas o laminares, arcillas, álcalis, sales y materiales
orgánicos; no se admitiéndose que posea más de un cinco por ciento (5%) en peso
de dichas sustancias perjudiciales.
b‐2) Agregado fino: material que pasa por el tamiz Nº 10, estará constituido por una
mezcla de arena natural y arena de trituración; estará libre de arcilla y otras
materias extrañas.
La arena de trituración deberá provenir de rocas que cumplan lo exigido al
agregado grueso y entrar en una mezcla con la arena natural en un porcentaje no
menor al cuarenta por ciento (40%).
La arena natural será de origen silíceo, de granos limpios, duros y resistentes,
durables y sin película adherida alguna, libre de cantidades perjudiciales de polvo,
terrones, partículas blandas o laminares, arcillas, álcalis, sales y materiales ; no se
admitiéndose que posea más de un tres por ciento (3%) en peso de dichas
sustancias perjudiciales.
f) Mallas tipo SIMA: Las mallas electrosoldadas tipo “Sima” deberán ser fabricados bajo la
norma IRAM‐IAS U500‐06, designación AM 500. El alambre utilizado laminado y
conformado en frío. Poseer una tensión de fluencia característica de 500 MPa, conforme
con la norma IRAM‐IAS U500‐26, designación ATR 500.
g) Agua: El agua para la preparación del hormigón no contendrá sales, ácidos, materias
orgánicas o cualquier otra sustancia perjudicial para el cemento portland. Si la
Inspección lo considera necesario, podrá disponerse la realización del análisis del agua.
- ENSAYOS DE RECEPCIÓN
La recepción parcial o total del cordón cuneta se realizará previa verificación del espesor
y la resistencia del hormigón del cordón cuneta. Esta verificación se practicará
independientemente en zonas no mayores de 50 metros lineales de cordón cuneta.
La resistencia teórica a la compresión “Rt” se establece para esta obra en trescientos
(300) Kg/cm², medida sobre probeta cilíndrica con relación de esbeltez igual a dos (2) a los
veintiocho(28) días de producido el hormigonado.
OCTAVA: A todos los efectos legales se establece el Monto Contractual en la suma total de Pesos Dos Millones Ciento Dieciseis Mil Novecientos Ochenta y Cinco con veintinueve centavos ( $ 2.116.985,29) suma que incluye materiales, mano de obra y demás obligaciones asumida por El Contratista en este Contrato.
NOVENA: El Sistema de Contratación es por Unidad de Medida. La Inspección, en base a las respectivas mediciones, extenderá los pertinentes Certificados de Obra que posibilitarán los correspondientes pagos posteriores a El Contratista. Dichos Certificados comprenderán todas las tareas ejecutadas y aceptadas sin penalidades.
DECIMA: El Plazo de Ejecución de la obra contratada se fija en doscientos cuarenta (240) días corridos contados a partir de la fecha correspondiente al Acta de Replanteo e Inicio de obra. El Período de Conservación de la obra contratada se fija en noventa (90) días corridos contados a partir de la fecha correspondiente al Acta de Recepción Provisoria de la obra.
DECIMO PRIMERA: La Municipalidad designa como Inspector de Obra al Ingeniero Marcelo Eduardo Gasparro , DNI. Nº 16.324.274- CUIT N°20-16324274-6, Matrícula Profesional Provincial Nº 43.152 , quién será el responsable de la supervisión técnica de los trabajos y del correcto cumplimiento del Contrato. Es obligación del Contratista facilitar al Inspector su desempeño . El Inspector controlará la calidad de los materiales y la eficiencia de los procedimientos constructivos; extenderá las Certificaciones de Obra e impartirá las instrucciones que considere necesarias para el mejor desarrollo de los trabajos; determinará la demolición y reconstrucción de todo lo que a su juicio esté mal ejecutado; rechazará todo material que considere defectuoso o de mala calidad;
DECIMO SEGUNDA: El Contratista presenta en el día de la fecha ante la Tesorería Municipal , la garantía de contrato que se menciona en el Artículo 23º del Pliego de Bases y Condiciones- Cláusulas Legales Generales- aprobado por Decreto Nº 0033/2018 –Artículo 2º- por un monto de pesos ciento cinco mil ochocientos cincuenta ($ 105.850) equivalente al 5% del monto total de este contrato, mediante Póliza de Seguro de Caución Nº 826.968 emitida por ALBA CAUCION Compañía Argentina de Seguros, que será devuelta una vez realizada la Recepción Provisoria de la obra, a entera satisfacción de la Municipalidad y siempre que no existieran créditos a favor de ésta.
DECIMO TERCERA: :El Contratista en el tiempo y forma que lo establece el artículo 24º del Pliego de Bases y Condiciones- Cláusulas Legales Generales- aprobado por Decreto Nº 0033/2018 -Artículo 2º-deberá constituir –de acuerdo a lo pactado en la claúsula decimo cuarta del presente ante la Tesorería Municipal el Fondo de Reparo por un monto de pesos ciento cinco mil ochocientos cincuenta ($ 105.850), el documento será devuelto a El Contratista una vez realizada la Recepción Definitiva de la obra a entera satisfacción de la Municipalidad y siempre que no existieran créditos a favor de ésta.
DECIMO CUARTA: Vencido el plazo contractual establecido en la cláusula sexta del presente , con más sus ampliaciones si las hubiera o hallándose la obra para su entrega a satisfacción de la Municipalidad; se procederá a labrar el Acta de Recepción Provisoria oportunidad, en la que deberá integrarse la correspondiente Garantía en concepto de Fondo de Reparo mencionada en la cláusula precedente.
DECIMO QUINTA: Transcurrido el Período de Conservación de la obra, mencionado en la cláusula décima de este contrato, se procederá a labrar el Acta de Recepción Definitiva de la misma. Una vez suscrita ésta quedan extinguidas las obligaciones contractuales entre las partes.
DECIMO SEXTA:Los trabajos ejecutados serán medidos en obra una vez terminados. El Contratista no tendrá derecho a reclamo alguno si se encuentran diferencias entre lo medido y lo computado, quedando entendido que cualquier posible diferencia por error en el cómputo oficial ha sido tenida en cuenta al formular la Propuesta.
DECIMO SEPTIMA: En base a la evaluación de los trabajos ejecutados, la Inspección procederá a extender el Certificado de Obra realizada aplicando los valores fijados en este Contrato. El Certificado será suscrito por la Inspección, El Contratista y el Representante Técnico.
DECIMO OCTAVA : Los correspondientes pagos a El Contratista se realizarán contra presentación de Certificados de Obra ejecutada. Del monto de estos certificados se deducirán aquellos importes que correspondieran a anticipos (en el caso que se hubieran convenido), multas o cualquier otro tipo de crédito a favor de la Municipalidad y/o retenciones impositivas que pudieran corresponder.
DECIMO NOVENA:El Contratista manifiesta que será “Representante en Obra”, y la Municipalidad lo acepta de conformidad como tal a la Arquitecta Stella Marís Heck (MP 13.869) quien deberá estar presente durante todas las horas de trabajo. Será obligación del Representante en Obra notificarse de las órdenes impartidas por la Inspección en ausencia del Contratista. La presencia del Representante en Obra no releva El Contratista de su responsabilidad por la ejecución de la obra.
VIGESIMA:El Inspector de Obra se dirigirá a El Contratista por escrito, utilizando para ello un libro de Órdenes de Servicio, por triplicado y foliado. El Contratista podrá dirigirse a la Inspección solamente por escrito, utilizando para ello un libro de Notas de Pedido, de similares características al anterior. No se admitirán pedidos ni órdenes verbales y aquellos pedidos que no se ajusten al Contrato u órdenes que así no lo hicieran o que no contaran con el acto administrativo que las avalara, serán consideradas nulas. Las Órdenes de Servicio y Notas de Pedidos se llevarán de acuerdo al siguiente régimen:
- Las Órdenes de Servicio y Notas de Pedido se extenderán con tinta o similar en la hoja original, su redacción será precisa a fin de evitar cualquier tipo de duda en su interpretación o alcance y no deberán contener tachaduras, enmiendas o intercalaciones sin que sean debidamente salvadas.
- Tratándose de una Orden de Servicio, El Inspector de Obra entregará a El Contratista el duplicado de la misma en la fecha en que la formule, debiendo el Contratista acusar recibo en el original. En caso de tratarse de una Nota de Pedido, el Contratista la entregará a la Inspección debiendo proceder de igual modo.
- El Contratista procederá al cumplimiento de las Órdenes de Servicio dentro de los plazos que en cada caso se fijen. Las Notas de Pedido serán resueltas por la Inspección dentro de los diez (10) días posteriores a su entrega.
- El Inspector de Obra archivará en una carpeta especial llevada al efecto los duplicados de todas las Notas de Pedido. Los triplicados tanto de las Órdenes de Servicio como de las Notas de Pedido serán remitidos a la Municipalidad.
VIGESIMO PRIMERA .Cualquier disidencia que ocurra entre el Inspector de Obra y el Contratista será resuelta, en primer término, por la Municipalidad; debiéndose continuar con todos los trabajos no afectados por la mencionada disidencia.
VIGESIMO SEGUNDA : Si El Inspector de Obra encontrara vicios de construcción en la obra ordenará la demolición de lo ejecutado deficientemente y su reconstrucción correrá a cargo exclusivo de El Contratista, sin derecho a reclamo alguno por parte de éste. Si alguna parte de la obra hubiese sido construida en forma defectuosa o con materiales de mala calidad, pero a juicio de la Municipalidad es conveniente para el desarrollo de la obra su subsistencia, la Inspección calculará el valor real de esa parte de la construcción y la certificará según el valor de esa valuación y no al valor de Contrato. El Contratista no tendrá derecho a reclamar la diferencia de precio entre el valor real y el del monto establecido en este Contrato, salvo que efectúe a su cargo las reparaciones y mejoras necesarias para colocar a esa parte de la obra en las condiciones especificadas.
VIGESIMO TERCERA : El Contratista deberá entregar la obra perfectamente limpia, libre de materiales de demolición y sobrantes de construcción; por lo cual procederá a la carga y transporte de los residuos mencionados, para su disposición final en los lugares que indique la Inspección.
VIGESIMO CUARTA: El Contratista proveerá, a su cargo, la totalidad de los materiales necesarios para la ejecución total de la obra; no pudiendo ampliarse o suspenderse los plazos contractuales fijados, por falta de suministro de los mismos.
VIGESIMO QUINTA: La Municipalidad podrá exigir del Contratista reparación por daños y perjuicios por mayor monto que el total de los depósitos de garantía, pues queda entendido que estos no significan un límite de responsabilidad.
VIGESIMO SEXTA : Para todos las cuestiones no contempladas en el presente contrato resultarán de aplicación supletoria las disposiciones del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nº 1/2018,aprobado por Decreto Nº 0033/2018 (Artículo 2º) el Decreto Ley 6.769/58 y sus modificatorias (Ley Orgánica de las Municipalidades), las Ordenanzas Generales Nº 267 y 165 y la Ley Nº 6.021 y su Decreto Reglamentario (Código de Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires); instrumentos que se consideran parte integrante del presente, además de la Propuesta presentada por “EL CONTRATISTA”, el Decreto Nº 0880/2018 de adjudicación, los Decretos que dispongan modificaciones, ampliaciones o reducciones de la obra o los plazos y las Órdenes de Servicio impartidas por la Inspección.-
VIGESIMO SEPTIMA: El Contratista ejecutará las obras en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Decreto Nº 0033/2018 (Art.2º) y este Contrato y en tiempo y forma establecidos en el presente contrato ; siendo de lo contrario pasible de las siguientes penalidades: - Por no realizar los trabajos consignados en el Pliego en tiempo y forma: cero coma uno por ciento (0,1%) del Monto Contractual, por cada día de mora.- Por no acatar una Orden de Servicio: cero coma uno por ciento (0,1%) del Monto Contractual por cada día de mora. Los importes correspondientes a las multas serán descontados de los Certificados de Obra, Garantías constituidas o cualquier otro crédito que el Contratista posea en favor de la Municipalidad. Cuando éstos superen el quince por ciento (15%) del Monto Contractual la Municipalidad podrá, a su exclusivo juicio, rescindir el Contrato sin perjuicio de las acciones que correspondieran. El Contratista deberá reponer toda garantía afectada al pago de multas.
VIGESIMA OCTAVA: Para todos los efectos derivados del presente, las partes constituyen domicilios legales en los indicados al comienzo, donde serán válidas todas las notificaciones, citaciones y emplazamientos que se practicaren, sometiéndose a los Tribunales en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Mercedes , con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción.
VIGESIMO NOVENA : Ante cualquier divergencia o conflicto que pudiera emerger de este Contrato y cuya resolución no resulte posible de manera pacífica, las partes se someten voluntariamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Mercedes donde serán dirimidas todas las cuestiones que requieran intervención judicial. Las partes renuncian a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder. A tal efecto y todo otro efecto las partes fijan sus domicilios en los enunciados supra.------------------------------------------------------------------------------------------------------En prueba conformidad y aceptación firman las partes cuatro ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto en el Lugar y fecha arriba indicados.-------------------------------------------------------------