Boletines/Nueve de Julio
Decreto Nº 945/2026
Nueve de Julio, 16/07/2026
TASA DE BOMBEROS VOLUNTARIOS - TRANSFERENCIA.
Visto
Lo dispuesto en el Capítulo XXI, Artículo 191 y 192 de la Ordenanza Fiscal vigente. Los informes de los funcionarios intervinientes, obrantes en el EX-2020-00007077- MUNINUE-MESAE#SAH.
Considerando
Que resulta necesario determinar el monto recaudado en concepto de la Tasa para Bomberos Voluntarios que será transferido a las distintas Asociaciones de Bomberos Voluntarios.
Los fondos que quedaron afectados del ejercicio anterior.
Por ello, la Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones, DECRETA
ARTICULO 1º: Establécese, según el informe de número de orden 377 del expediente mencionado en el Visto del presente, que se percibió en el periodo 01/05/2026 al 30/06/2026 un total de $ 49.855.119 en concepto de Tasa por Bomberos Voluntarios y un total de $ 1.597.826,68 en concepto de Tasa por Bomberos Voluntarios Ejercicios Anteriores. Teniendo en cuenta el costo de cobranza y los gastos administrativos (comisión bocas de cobranza más gastos administrativos) el importe total a distribuir pasa a ser de $ 49.108.122,68 y de $ 1.573.859,28.
ARTICULO 2º: Transfiérase a las siguientes Asociaciones el porcentaje de la suma determinada en el Artículo 1º que se indica a continuación:
Tasa por Bomberos Voluntarios:
- Asociación de Bomberos Voluntarios de Facundo Quiroga (14,25%): $ 6.997.907,48.
- Asociación de Bomberos Voluntarios de Dudignac (13,76%): $ 6.757.277,68.
- Asociación de Bomberos Voluntarios de 9 de Julio (71,99%): $ 35.352.937,52.
Tasa por Bomberos Voluntarios Ejercicios Anteriores:
- Asociación de Bomberos Voluntarios de Facundo Quiroga (14,25%): $ 224.274,95.
- Asociacion de Bomberos Voluntarios de Dudignac (13,76%): $ 216.563,04.
- Asociacion de Bomberos Voluntarios de 9 de Julio (71,99%): $ 1.133.021,30.
ARTICULO 3º: Impútase a Jurisdicción 1110112000 Secretaría de Administración y Hacienda - Programa 01 Política Económica Financiera - Actividad 04 Ingresos Públicos del presupuesto de gastos vigente.
ARTICULO 4º: Refrenda el presente Decreto la Señora Secretaria de Administración y Hacienda.
ARTICULO 5º: Comuníquese . Regístrese