Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº2311/2026

Decreto Nº 2311/2026

Trenque Lauquen, 11/05/2026

Visto

El 80° aniversario de la creación de la Asociación Bomberos Voluntarios de Trenque Lauquen, a celebrarse en el año 2026 (Exp. N° 6020/2010 HCD.) y

Considerando

 Que la creación del Cuerpo de Bomberos Voluntarios fue impulsada por un grupo de vecinos comprometidos ante la necesidad de proteger a la comunidad, formalizándose mediante el Decreto Municipal N° 191 de fecha 20 de mayo de 1946;

Que, la primera Comisión Directiva estuvo integrada por vecinos pioneros como Juan Carrol, Víctor Alonso Feliú, Alberto Franchi, entre otros, quienes sentaron las bases de la Institución;

Que, sus inicios estuvieron marcados por el esfuerzo y la austeridad, funcionando en instalaciones precarias y contando con los primeros móviles adquiridos gracias al aporte comunitario;

Que, desde entonces, la Institución ha desarrollado una labor esencial e indelegable en la prevención y respuesta ante incendios, siniestros viales, emergencias climáticas y demás situaciones que ponen en riesgo a la población;

Que, la construcción del Cuartel Central, iniciada en 1961 sobre un terreno cedido por el Municipio mediante Ordenanza N° 141, representó un hito fundamental en el crecimiento institucional;

Que, el accionar de los Bomberos Voluntarios constituye un pilar fundamental del sistema de protección ciudadana, garantizando respuestas rápidas, eficientes y organizadas ante situaciones críticas;

Que, su tarea diaria se distingue por el esfuerzo, la capacitación permanente y una profunda vocación de servicio, muchas veces poniendo en riesgo su propia integridad física en beneficio de terceros;

Que, el Cuerpo Activo está conformado por hombres y mujeres que, de manera voluntaria, dedican tiempo, formación y compromiso al cuidado de la comunidad, constituyéndose en un ejemplo de solidaridad y responsabilidad social;

Que, a lo largo de sus 80 años de historia, la institución ha demostrado una evolución constante, incorporando equipamiento, tecnología y profesionalización, posicionándose como un referente a nivel regional;

Que, resulta destacable el rol que cumplen no solo en la atención de emergencias, sino también en tareas de prevención, capacitación y concientización dirigidas a la población;

Que, la Institución ha sabido construir un fuerte vínculo con la comunidad, siendo sostenida en gran medida por el acompañamiento de vecinos, vecinas, instituciones y el Municipio;

Que, la Institución ha promovido la expansión del servicio mediante la creación de destacamentos en distintas localidades del distrito, contribuyendo al fortalecimiento del sistema regional de emergencias;

Que, en la actualidad la Institución continúa su crecimiento mediante la incorporación de equipamiento, capacitación permanente y proyectos de formación, consolidándose como referente regional;

Que, los Bomberos Voluntarios de Trenque Lauquen representan un símbolo de identidad local, compromiso cívico y trabajo colectivo;

Que, es voluntad de este Honorable Concejo Deliberante reconocer, valorar y acompañar el trabajo incansable que realizan día a día, muchas veces en condiciones adversas y con enorme entrega personal;

Que, este reconocimiento no solo pone en valor su historia, sino que también reafirma el compromiso institucional de seguir apoyando y fortaleciendo su labor en el presente y hacia el futuro;

Que, celebrar su 80° aniversario constituye una oportunidad propicia para destacar su trayectoria y renovar el acompañamiento de toda la comunidad.

POR ELLO:

                        EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:

D E C R E T O

Artículo 1º.-) Declárase de Interés Legislativo y Comunitario el 80° Aniversario de la Asociación Bomberos Voluntarios de Trenque Lauquen.

Artículo 2°.-) Remítase copia del presente Decreto a la Asociación Bomberos Voluntarios de Trenque Lauquen, en reconocimiento a su destacada labor y compromiso con la comunidad.

Artículo 3°.-) Remítase copia del presente Decreto a la Federación de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 4°.-) Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DISTRITO DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTISEIS.

 

Alberto Hernán Amador

Secretario Legislativo

Honorable Concejo Deliberante

 

 

Esteban Vidal

Presidente

Honorable Concejo Deliberante