Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº5734/2026

Ordenanza Nº 5734/2026

Trenque Lauquen, 27/04/2026

VISTO: La nota presentada por la Cooperativa de Trabajo “El Pase” Ltda. en la cual se solicita la posibilidad de evaluar la cesión de un terreno de propiedad municipal para la construcción de su sede y el desarrollo de sus actividades productivas y sociales (Exp. N° 6620/2025 HCD.).

CONSIDERANDO: Que la Cooperativa “El Pase” cumple 10 años de labor ininterrumpida en nuestra comunidad, enfocada en la reinserción social y laboral de personas privadas de su libertad y liberados de la Unidad Penal N° 20 "Las Tunas".

Que el proyecto, nacido de la iniciativa de lograr una transformación integral a través del trabajo ha demostrado una eficacia notable con un índice de reincidencia de apenas el 2% (3 casos sobre 160 personas), frente al 65% de la media provincial.

Que la institución ha diversificado sus actividades, sumando a la fabricación de pelotas artesanales un taller de corte y confección textil destinado a madres en situación de vulnerabilidad, trabajando en conjunto con instituciones como ANIN y Cáritas.

Que con fondos propios la Cooperativa proyecta la construcción de un edificio que permita centralizar sus unidades productivas, creando espacios de capacitación técnica, gabinetes profesionales y áreas recreativas-culturales.

Que es facultad de este Honorable Cuerpo autorizar la disposición y el uso de bienes del dominio municipal para fines de utilidad social y fomento del trabajo cooperativo.

ORDENANZA

POR ELLO:

                      EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

Artículo 1°.-) Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con la Cooperativa de Trabajo “El Pase” Limitada, un Convenio de Cesión gratuita de Uso y Goce sobre un espacio de propiedad municipal, aproximadamente de 42,50m x 103,74m, parte de la Reserva de Equipamiento Industrial (REI), ubicada en Circ. XVII – Sec. C – Ch. 259 – Mza. 259A – Parc. 1 – Pda. 34.360 e identificado en el croquis que, como Anexo I, pasa a formar parte de la presente.

Artículo 2°.-) El inmueble cedido deberá ser destinado exclusivamente al desarrollo de las actividades actuales de la Cooperativa —tales como la fábrica de pelotas y taller textil— así como de aquellas que en el futuro la institución pudiera desarrollar, siempre que mantengan el sentido de su conformación original: la inclusión socio-laboral, la prevención de la reincidencia y el acompañamiento a sectores vulnerables.

Artículo 3°.-) En virtud del destino específico para el cual se cede el uso del inmueble, por aplicación del Art. 29° de la Ley 9533/80, el plazo de la cesión de uso y goce se establece en cincuenta (50) años a partir de la firma del convenio, prorrogable por igual período por acuerdo de las partes, siempre que se mantengan los fines sociales y productivos que dieron origen a la presente.                                                                         

Artículo 4°.-) La Cooperativa El Pase tendrá a su cargo la construcción del edificio y las mejoras necesarias para el desarrollo de sus fines, las cuales deberán comenzar a desarrollarse dentro del plazo de dos (2) años de suscripto el Convenio respectivo, quedando incorporadas al patrimonio municipal al finalizar el plazo de la cesión, sin derecho a indemnización alguna por parte de la Municipalidad.

Artículo 5°.-) Será obligación de la beneficiaria el mantenimiento del predio en condiciones de higiene y seguridad, así como el pago de las tasas por servicios municipales que correspondan.

Artículo 6°.-) El incumplimiento del destino establecido en el Artículo 3º, del comienzo de la obra previsto en el Artículo 4º o el cese de actividades de la Cooperativa por un período mayor a un (1) año, dará derecho a la Municipalidad a rescindir el Convenio y recuperar la posesión del inmueble de pleno derecho, esto es, sin necesidad de notificación o intimación previa alguna.

Artículo 7°.-) Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DISTRITO DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTISEIS.

 

 

Alberto Hernán Amador

Secretario Legislativo

Honorable Concejo Deliberante

 

 

Esteban Vidal

Presidente

Honorable Concejo Deliberante

 

 

Promulgación: Decreto N° 01211/2026 – 30/04/2026

Firma:    Francisco Recoulat – Intendente Municipal.

               Dr. Martín Borrazás – Secretario de Gobierno.

Anexos

Anexo I

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