Boletines/Tornquist

Ordenanza Nº2941/17

Ordenanza Nº 2941/17

Tornquist, 04/04/2017

VISTO:

La Ley Nº 14.491, modificatoria del Decreto Ley Nº 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) y las Ordenanzas Nº 2903/16 y 2937/17, sancionadas el 16 de noviembre de 2016 y el 15 de marzo de 2017, respectivamente, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 14.491, se introducen una serie de disposiciones a efectos de que la Ley Orgánica de las Municipalidades recepte de manera amplia y plena el principio republicano, en materia de publicidad de los actos de gobierno;

Que en ese marco, se ha establecido que constituyen atribuciones y deberes en general del Departamento Ejecutivo: “Confeccionar el Boletín Oficial Municipal en el que deberán publicarse las Ordenanzas del Concejo, Decretos y Resoluciones de ambos departamentos, que dicten las Autoridades del Gobierno Municipal. El Boletín Oficial Municipal se confeccionará como mínimo una vez por mes, y se pondrá en conocimiento de la población en la sede de la Municipalidad y en los lugares de acceso público, que al efecto se determine; también deberá incorporarse en la página Web oficial del Municipio, sin restricciones” (inciso 18 del Artículo 108 del Decreto Ley Nº 6.769/58);

Que a su vez el inciso 2 del Artículo 108 del Decreto Ley Nº 6.769/58 establece que “Constituyen atribuciones y deberes en general del Departamento Ejecutivo: Promulgar las Ordenanzas o en su caso vetarlas dentro de los diez (10) días hábiles, contados desde su notificación. Asimismo dar a publicidad en el Boletín Oficial Municipal, las disposiciones del Concejo y las Ordenanzas”;

Que mediante la Ordenanza Nº 2903/16 se crea el Boletín Oficial Municipal del Distrito de Tornquist y se disponen una serie de reglas que norman su organización, contenido y formas de  publicación;

Que por Ordenanza Nº 2937/17 se autoriza la firma de un acuerdo entre la Secretaría Legal y Técnica de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Tornquist, a fin de obtener la asistencia tecnológica brindada a través de un sistema informático que permite la elaboración y publicación de documentos digitales, en formato de boletín, el cual facilita a los municipios de la provincia implementar su Boletín Oficial Municipal, garantizando el acceso a la información de todos los habitantes y la transparencia de los actos de gobierno, de conformidad con las disposiciones de la Ley   Nº 14.491;

Que en consecuencia, el Municipio dará cumplimiento a la Ley Orgánica de las Municipalidades mediante el Sistema de Boletines Oficiales Municipales (SIBOM), correspondiendo dejar sin efecto lo especificado por la Ordenanza Nº 2903/16;

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

En uso de sus facultades, sanciona con fuerza de

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Derógase en todos sus términos la Ordenanza Nº 2903/16 de fecha 16 de noviembre de 2016, por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 2º: Impleméntese el sistema de software desarrollado por la Secretaría Legal y Técnica de la Provincia de Buenos Aires, denominado Sistema de Boletines Oficiales Municipales (SIBOM), como la herramienta de elaboración y publicación del Boletín Oficial Municipal de Tornquist.- 

ARTÍCULO 3º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a establecer las reglamentaciones necesarias a fin de instrumentar la gestión y distribución del Boletín Oficial Municipal de Tornquist.-

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, Regístrese y Cumplido: ARCHÍVESE.-

APROBADO POR UNANIMIDAD, EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D DE TORNQUIST, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-