Boletines/Rauch

Decreto Nº417/26

Decreto Nº 417/26

Rauch, 27/04/2026

Visto

El Expediente Municipal Nº 4093-21976/26 “Dumón Victoria s/ Reintegro”.-

La Nota N° 21976.-

Las notas obrantes a fs. 2 y 10.-

Ordenanza Impositiva N° 1635 Anexo I primer y segundo bimestre.-

La Ley Orgánica de las Municipalidades.-

El Código Civil y Comercial de la Nación; y

Considerando

Que la Sra. Dumón Victoria, D.N.I. Nº 29.885.710 se presenta mediante la nota N° 21976, solicitando el reintegro del importe abonado en concepto de Tasa por Servicios Sanitarios - Conexión Domiciliaria de Agua  con caño plástico incluyendo medidor.

Que fundamenta su reclamo en que realizó el pago de la Tasa mencionada en dos oportunidades y que además debía cobrársele por la conexión con caño de 13 mm y la primera vez se realizó el pago por un caño de 19 mm.

Que en tal sentido de los comprobantes de pago que obran en las actuaciones se desprende que en fecha 23/02/2026  se abonó la suma total de pesos ciento sesenta mil sesenta y tres con 00/100 ctvos. ($ 160.063,00) correspondientes a la Tasa  por Servicios Sanitarios - Conexión Domiciliaria de Agua  con caño plástico incluyendo medidor 19 mm (Conf. Art 36 inc a. Ordenanza Imp. Anexo I primer bimestre).

Asimismo, que en fecha 13/03/2026 se abonó la suma de pesos ciento treinta  y tres mil doscientos cincuenta y seis con 00/100 ctvos. ($133.256,00), correspondientes a la Tasa por Servicios Sanitarios - Conexión Domiciliaria de Agua  con caño plástico incluyendo medidor 13 mm (Conf. Art 36 inc a. Ordenanza Imp. Anexo I segundo bimestre).

Que conforme Art. 36 inc. a del Anexo I para el primer bimestre de la Ordenanza Impositiva la Sra. Dumón debió abonar la suma de pesos ciento veinticinco mil novecientos setenta y cinco con 00/100 ctvos. ($125.975,00) suma que se corresponde con la Tasa por Servicios Sanitarios - Conexión Domiciliaria de Agua  con caño plástico incluyendo medidor 13 mm.

Que, en ese sentido, desde la Subdirección de Ingresos Públicos municipal se informa que corresponde reintegrar a la Sra. Victoria Dumón, la suma total de pesos ciento sesenta y siete mil trescientos cuarenta y cuatro con 00/100  ctvos. ($167.344,00). Ello por cuanto existió un desliz material involuntario desde la oficina del Área de Ingresos Públicos al realizar la facturación. Por lo cual, en relación al comprobante N° 09-000000162465 de fecha 23/02/2026 el reintegro sebe realizarse de forma parcial por la suma de pesos treinta y cuatro mil ochenta y ocho con 00/100 ctvos. ($34.088,0) y  en relación al comprobante N° 07-00000144520  de fecha 12/03/2026 el reintegro debe ser en forma total por la suma de pesos ciento treinta y tres mil doscientos cincuenta y seis con 00/100ctvos. ($133.256,00).

Que, en función de lo expuesto, y de acuerdo a las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación, la suma abonada en más por la contribuyente en concepto de Tasa por Servicios Sanitarios - Conexión Domiciliaria de Agua  con caño plástico incluyendo medidor constituye un pago indebido, por lo que corresponde reintegrar a la contribuyente el importe abonado en más.

Que, de acuerdo a lo manifestado precedentemente, el importe total a reintegrar asciende a la suma de pesos ciento sesenta y siete mil trescientos cuarenta y cuatro con 00/100  ctvos. ($167.344,00).

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Rauch, en uso de las facultades que le son propias:

D E C R E T A.-

Artículo 1ro.- Autorizar a la Tesorería Municipal, previa intervención de la Oficina de Contaduría, a reintegrar a la Sra. Dumón Victoria, D.N.I. Nº 29.885.710 la suma de pesos ciento sesenta y siete mil trescientos cuarenta y cuatro con 00/100  ctvos. ($167.344,00), el cual será abonado en su cuenta bancaria, CBU Nro. 0110599530000040652365, en un todo de acuerdo a los vistos y considerandos detallados.-

Artículo 2do.- La suma a reintegrar será a través de una Orden de Devolución de Recursos con la siguiente imputación presupuestaria: Jurisdicción: 1110115000; Unidad Ejecutora: 5 Secretario de Hacienda; Recurso 1211501 – Tasa por Servicios Sanitarios del Ejercicio.-

Artículo 3ro.- El presente decreto será refrendado por el Secretario de Planificación, Coordinación y Control de Gestión, en ejercicio e interinamente a cargo de la Secretaría de Gobierno y por la Secretaria de Hacienda.-

Artículo 4to.- Cúmplase, comuníquese, tomen conocimiento las oficinas municipales que correspondan y dése al Libro Decretos.-

 

Fdo. Dr. Mario Arnaldo Ibargoyen - Secretario de Planificación, Coordinación y Control de Gestión.

Fdo. Cra María Florencia Miquelarena De Fabio- Secretaria de Hacienda.

Fdo. Cr. Roberto Maximiliano Suescun - Intendente Municipal