Boletines/Tandil
Decreto Nº 2061/2026
Tandil, 26/06/2026
Visto
Que ha sido autorizada por el Honorable Concejo Deliberante la enajenación en los términos de los artículos 159º y 161º del Decreto Ley 6769/58 Orgánica de las Municipalidades, según resulte de mayor conveniencia económica, de quince (15) rodados de propiedad de la Municipalidad detallados en Art. 1° de la Ordenanza 19281, promulgada por Decreto con número especial 1528/2026 (DECTO-2026-1528-MUNITANINT); y
Considerando
Que los fines de garantizar la independencia de criterio en relación a aquellos funcionarios que podrán intervenir en las operaciones de venta y/o entrega a cuenta de precio por nuevas adquisiciones de acuerdo con las modalidades y procedimiento estipulado en los artículos 159º y 161º del Decreto Ley 6769/58 Orgánica de las Municipalidades y en los artículos 195° y 196° del Reglamento de Contabilidad, se considera necesario excluir de la nómina de responsables de la tasación tanto al Director de Patrimonio Municipal como al Director de Compras y Suministros.
Por todo ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Desígnese a Mariano Martina, Subsecretario de Gobierno y Lic. Raúl Moyano, Secretario de Economía y Administración como responsables de la tasación de los 15 rodados de propiedad municipal detallados en artículo Nº1 de la Ordenanza Nº 19281, promulgada por decreto 1524/2026, para su posterior enajenación.
Artículo 2º: Dichos funcionarios deberán efectuar un relevamiento físico de los rodados a enajenar, comprobandosu estado actual en relación a los atributos que determinan su valor en el mercado, indagando precios corrientes en diversos medios de transacciones comerciales habituales para bienes que guarden similitud o que permitan establecer comparaciones con los vehículos a vender. Finalizada dicha labor, los tasadores designados en el artículo 1º del presente deberán confeccionar el acta respectiva informando para cada bien el valor determinado en moneda de curso legal.
Artículo 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 4º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen conocimiento, Dirección de Compras y Suministros, Secretaría de Economía y Administración, Subsecretaría de Gobierno, Dirección de Patrimonio y oportunamente archívese.
Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Gobierno - Intendencia