Boletines/Lujan

Decreto Nº713

Decreto Nº 713

Lujan, 04/05/2026

Designación Juan Nicolás YARTE, DNI N° 40.455.952 EX-2026-00064141- -MUNILUJANDRH#SGPC

Visto

el Expediente N° EX-2026-00064141-MUNILUJAN-DRH#SGPC; y

Considerando

Que en orden N° 02 la Secretaría de Desarrollo Humano y la Dirección de Deportes solicitan la designación de Juan Nicolás Yarte, DNI N° 40.455.952, como personal docente - profesor de 20 horas cátedra taller, para cumplir funciones en la Dirección de Deportes en las canchas públicas de básquet y en actividades sociales en playones deportivos barriales, a partir del 1° de abril de 2026.

Que en orden Nº 03 se incorpora la documentación personal de Yarte de la cual surge su titulación como Profesor de Educación Física expedido por el IMSET “Dr. Emilio Mignone”.

Que, en consecuencia, de ello, en orden N° 04 el Director de Recursos Humanos toma intervención para la designación de Yarte como personal docente – profesor de 20 horas cátedra taller.

Que la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana toma conocimiento en orden N° 07.

Que, a esos mismos fines, en orden N° 09 la Jefatura de Gabinete presta conformidad.

Que la Secretaría de Economía y Finanzas presta conformidad en orden N° 11 y solicita que se informe la imputación presupuestaria del gasto.

Que, para ello, la Contaduría Municipal indica la partida presupuestaria en orden N° 13.

Que, en Director de Recursos Humanos, en una nueva intervención en orden N° 15, informa que el periodo de designación será del 01/04/2026 al 31/12/2026.

Que el presente se dicta en virtud de las competencias establecidas por el artículo 107º y 108° de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley N°6769/58, Ley N°10.579 conforme prevé artículo 23 de la Ordenanza N°8853, y Ley N°14.656.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA

Artículo 1°.- Designese en la planta temporaria a Juan Nicolás YARTE, DNI N° 40.455.952, como Personal Docente – Profesor con régimen de 20 horas cátedra taller para prestar servicios en la Dirección de Deportes, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, a partir del 1° de abril de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2026.

Artículo 2°.- El gasto que demanden el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1° será imputado en la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

25.- Secretaría de Desarrollo Humano.

47.- Programa Municipal de Deportes.

01.- Servicio Esparcimiento y Recreación con la Comunidad.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos en Personal.

02.- Personal Temporario.

Artículo 3°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.