Boletines/Balcarce

Ordenanza Nº141/18

Ordenanza Nº 141/18

Balcarce, 11/10/2018

VISTO:

                                   La Ordenanza Nº 154/16, y

CONSIDERANDO:

                                   Que por la citada Ordenanza, se planteó como objeto la creación de un Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos del Municipio de Balcarce (PGIRSU).

                                   Que en su artículo 2º inciso d)  se dispuso “Incluir en el proceso a los recuperadores informales, mejorando las condiciones de seguridad e higiene de su labor, dignificando su tarea y buscando la eficacia de las actividades de gestión de los residuos, implementando políticas que reemplacen la tracción a sangre”.

                                   Que la Municipalidad, junto con el Organismo Provincial de Desarrollo Sustentable (OPDS), concretó el cierre y acondicionamiento del viejo relleno sanitario, a través de una obra de más de 14 millones de pesos, financiada por la Provincia de Buenos Aires.

                                   Que, asimismo, se ha completado el trabajo en las celdas de disposición final del nuevo relleno, y la puesta en operatividad de la planta de separación de residuos.

                                   Que en virtud el artículo 2º inciso d) de la ordenanza Nº 154/16, la Cooperativa de Trabajo El Mirador Ltda., ha ampliado su planta de asociados, incorporando a recicladores informales, a los fines de participar en el marco de la planta de separación y poder percibir los fondos provenientes del comercio de material reciclado.

                                   Que además se suscribe con la Cooperativa, un permiso de uso de máquinas e instalaciones de separación y acondicionamiento de residuos.

                                   Que, además, los integrantes de la Cooperativa que participen del proceso, suscribirán un Reglamento de Convivencia que se aprueba por la presente.

                                   Que debe dictarse el marco legal, en cumplimiento de los postulados de la Ordenanza Nº 154/16.

POR ELLO:

                        El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A      Nº      141/18

ORDENANZA

ARTÍCULO 1.-  Autorízase al Departamento Ejecutivo, a suscribir con la Cooperativa de Trabajo El Mirador Ltda., CUIT 30-71420307-6, Matrícula Nº 46.196, los documentos denominados: Permiso de uso de maquinarias e instalaciones de reciclado y contrato de prestación de servicios en el marco del proceso de reciclado de residuos urbanos, que como Anexos I y II forman parte de la presente y se aprueba el Reglamento de Convivencia, que como Anexo III, se incorpora.

ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.

 

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los once días del mes de octubre de dos mil dieciocho. FIRMADO: Gustavo Bianchini.- PRESIDENTE- Juan José Troya – SECRETARIO