Boletines/Dolores
Decreto Nº 2118
Publicado en versión extractada
Dolores, 15/10/2024
DOLORES, 15 de octubre de 2024.-
VISTO:-
Que en el presente expediente Nº4032-71.104, el Sr. PROSPERO ENRIQUE BONAVITA-DNI 32.442.108 solicita se lo incluya dentro de la Ley 10.830 para proceder a la escrituración de la propiedad adquirida mediante boleto de compra venta obrante a fs. 38, la cual habita junto a su grupo familiar, ya que no posee recursos para hacerlo en forma particular conforme surge de encuesta socio económico adjunta a fs. 60.-
Que al momento de la operatoria, el lote se consignó como Circ. II, Secc. D, Ch. 318 Parc. 1e (parte) y luego de confeccionado el plano 29-22-2014 se estableció su nomenclatura catastral como: Circ. II; Secc. D; Chacra 318; Manzana 318k; Parc. 8.-
Que a fs. 54 obra declaración jurada en la que consta que el inmueble adquirido y por el cual se solicita la escrituración, es con destino a vivienda familiar de uso propio y ocupación permanente.
Que el solicitante requiere se constituya bien de familia sobre el referido inmueble y,
CONSIDERANDO:-
Que por Ordenanza N° 4431 se declaran de interés social las regularizaciones dominiales, de conformidad con lo prescripto en al Artículo 4° inc. d) de la Ley N° 10.830.
Que en virtud de lo detallado y la documentación obrante en el presente expediente, se encuentran reunidos los recaudos y condiciones para que el D.E. solicite la intervención de la Escribanía General de Gobierno.-
POR ELLO, el Intendente Municipal en ejercicio de sus facultades legales;-
D E C R E T A
ARTICULO PRIMERO:- Solicitar la intervención de la Escribanía General de Gobierno para otorgar el Acto Notarial de Compra Venta a favor del Sr. PROSPERO ENRIQUE BONAVITA-DNI 32.442.108, de un lote de terreno designado catastralmente como: Circ. II; Secc. D; Chacra 318; Manzana 318k; Parc. 8-Partida Inmobiliaria Nº17458-Matrícula 10.372, conforme la autorización otorgada por el Honorable Concejo Deliberante en Ordenanza N° 4431 y en el marco de la Ley 10.830.
ARTICULO SEGUNDO:- Cúmplase, publíquese, regístrese. Gírese a la Escribanía General de Gobierno a los fines dispuestos en el artículo precedente. Cumplido, RESERVESE.-
DECRETO NUMERO: 2118.-