Boletines/San Vicente

Decreto Nº1447

Decreto Nº 1447

San Vicente, 08/06/2026

Visto

El Expte. Nº 4108-I-15449-2026-00, por medio del cual tramita el Concurso de Precios Nº 22/2026, por la provisión de: “1.300 metros cúbicos de cascote destinados a la ejecución de tareas de mantenimiento de la red vial Barrio Papa Francisco del Partido de San Vicente”, y

Considerando

Que es oportuno hacer lugar a lo solicitado por la Dirección General de Compras, en cuanto al llamado a Concurso de Precios Nº 22/2026, por la provisión de: “1.300 metros cúbicos de cascote destinados a la ejecución de tareas de mantenimiento de la red vial Barrio Papa Francisco del Partido de San Vicente”;

Que se agrega el Pliego de Bases y Condiciones relacionado con el presente Concurso de Precios;

Que este Departamento Ejecutivo se encuentra facultado para la sanción del presente, a partir de lo normado en el Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias (Ley Orgánica de las Municipalidades);

Que la Dirección General de Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia;

 

Por ello,

 

El Señor Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

ARTÍCULO 1°:        Autorízase a la Dirección General de Compras al llamado a Concurso de Precios Nº 22/2026, por la provisión de: “1.300 metros cúbicos de cascote destinados a la ejecución de tareas de mantenimiento de la red vial Barrio Papa Francisco del Partido de San Vicente”.

ARTÍCULO 2°:        Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones del presente Concurso de Precios.

ARTÍCULO 3°:        El presupuesto oficial por el presente Concurso de Precios asciende a la suma de pesos cuarenta y seis millones cuatrocientos diez mil con 00/100 ($46.410.000,00).

ARTÍCULO  4°:       Las propuestas de este Concurso de Precios serán abiertas en las dependencias de la Dirección General de Compras de esta Municipalidad el día 12 de junio de 2026, a las 10:00 hs.

ARTÍCULO  5°:       El presente gasto impútese a la Jurisdicción: 1110129000 -   Secretaría de Gobierno. Unidad Ejecutora: 60 – Secretaría de Gobierno. Dependencia: 1146 – Tierras. Fuente de Financiamiento: 131 – De Origen Municipal.

ARTÍCULO 6°:        El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Planificación y Gestión Institucional.

ARTÍCULO 7°:        Regístrese, comuníquese, archívese.