Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº1063/26

Decreto Nº 1063/26

Mar Chiquita, 28/05/2026

Visto

La comunicación cursada por el Honorable Concejo Deliberante por la que se pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo la sanción de la Ordenanza  Nº 034/2026; y

Considerando

Que dicha Ordenanza fue comunicada al D.E. con fecha 28/05/2026;

Que por la misma se convalidan las extralimitaciones presupuestarias correspondientes al Departamento Ejecutivo, fuente de financiamiento 110 por un valor de PESOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES CIENTO SETENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON OCHO CENTAVOS ($ 1.281.176.754,08), según lo establecido en el Artículo 39° de la Ley Provincial N° 15.557.

Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del D.E. la promulgación de Ordenanzas;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

D E C R E T A

ARTICULO 1°: PROMULGUESE, la Ordenanza Municipal N°034/2026, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 27/05/2026, cuya copia, como anexo, forman parte del presente Decreto. 

ARTICULO 2º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio.

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, a quienes corresponda y dése al Registro Oficial.

ORDENANZA

VISTO

Que el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos del 2025 fue aprobado por el Honorable Concejo de Deliberante el 23 de diciembre del año 2024 Según Ordenanza N°112/2024; y;

CONSIDERANDO

Que el Artículo 39° de la Ley15.557- regla que "Los Municipios que hubieran presentado excesos presupuestarios al cierre de los ejercicios 2024 y 2025, y no puedan compensarlo con excedentes de recaudación, economías provenientes del mismo presupuesto o saldos disponibles que registre la cuenta "Resultados de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires no impondrá las sanciones previstas en la normativa vigente”;

Que durante el ejercicio 2025, surge un saldo de excesos por la suma de $1.281.176.754,08 no compensados con las economías del Presupuesto de gastos de libre disponibilidad y con los excedentes de recaudación, que corresponde al Departamento Ejecutivo, resultando procedente la elevación al Honorable Concejo Deliberante para el tratamiento de la convalidación de la mencionada extralimitación, en el marco de lo dispuesto en el Artículo 39° de la Ley N°15.557;

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAR CHIQUITA EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: CONVALÍDESE las extralimitaciones presupuestarias correspondientes al Departamento Ejecutivo, fuente de financiamiento 110 por un valor de PESOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES CIENTOSETENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON OCHOCENTAVOS ($1.281.176.754,08) según lo establecido en el Artículo 39° de la Ley Provincial N° 15.557, las cuales se detallan en el ANEXO de la presente. 

ARTÍCULO 2°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo a sus efectos, regístrese y cumplido archívese. 

ORDENANZA N° 034

Dada en el recinto del Honorable Concejo Deliberante a los 27 días del mes de mayo del año 2026.

Anexos