Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº0572/26

Decreto Nº 0572/26

San Andrés de Giles, 16/01/2026

Visto

El contrato de locación, celebrado entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la Firma  Neophone Argentina S.R.L.; y

Considerando

Que dicho instrumento contractual tiene por objeto  el suministro del acceso y uso de internet  correspondiente a las áreas dependientes  de la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social  de la Municipalidad, a saber: Área de Genero y Diversidad, Casa Envión, Sede de la Secretaria, Casa Municipal de Cucullú, Centro de Día Alihuén, C.I.C., Salón Multiuso Barrio Bicentenario, Deportes, Casa de Abrigo, Servicio local, Jardín Maternal Municipal Brotecitos.  

                                                               Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente, a fin de convalidar el contrato celebrado.

Por ello, la Intendente Municipal Interina en uso de las atribuciones que le son propias:

D  E  C  R  E  T  A

 

ARTICULO 1º:  Convalidar  el contrato de locación, celebrado entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la empresa Neophone Argentina S.R.L., para la prestación por parte de ésta última  de acceso a internet  en las áreas dependientes  de la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social  de la Municipalidad, a saber: Área de Género y Diversidad, Programa Envión, sede la Secretaría ubicada en la intersección de calle 25 de Mayo y Suero de esta ciudad, casa municipal ubicada en la localidad de Cucullú, Centro de Día Alihuén, Centro Integrador Comunitario (CIC), Salón Multiuso Barrio Bicentenario (SUM), Oficina de Deportes, Casa de Abrigo, Servicio Local-Niñez, jardín Maternal Municipal Brotecitos.

 ARTICULO 2º: Los gastos que demande a la Municipalidad el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el contrato que por este acto se convalida, serán imputadas en la siguiente partida presupuestaria:

Fuente de Financiamiento          110                         Tesoro Municipal

Jurisdicción                                       1110100000        Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción:               1110106000        Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social

Categoría Programática           63                               Promoción, Desarrollo y Asistencia Social           

 Actividad                                         01                            Actividades de Promoción, Desarrollo y Asistencia Social              

Inciso                                                    3                           Servicios no personales

P.Principal                                  1                    Servicios básicos

Partida Parcial                              4                  Teléfonos, Telex y telefax.

ARTICULO 3º:   Registrar, comunicar, tome conocimiento el Departamento Contable, y archivar. 

 

 

 

 

 

CONTRATO DE LOCACION DE OBRA

 

El presente contrato de locación de obra se suscribe en la ciudad de San Andrés de Giles el día  2º del mes de enero del año 2026 entre,  la Municipalidad de San Andrés de Giles, con domicilio legal en calle Moreno  Nº 338 de la ciudad de San Andrés de Giles, Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por la Sra. Intendente Municipal Interina, María Verónica Di Tata,  DNI Nº  22.257.612,  con domicilio en calle Moreno Nº 338, de la ciudad de San Andrés de Giles, partido del mismo nombre ,  por una parte,  en adelante llamada  La Municipalidad, y por la  otra la Empresa Neophone Argentina S.R.L.  representada  en este acto por Hernán Pablo Fraiese,  DNI Nro. 14.659.494, y Nélida Beatriz Rodríguez, DNI Nº 16.527.406,  CUIT  de la Sociedad 30-71021604-1 con domicilio legal en calle Mitre Nº 1223  Piso 4º Departamento 406  de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, con domicilio comercial  en calle Malvinas Argentinas No. 426 de San Andrés de Giles,  en adelante La Empresa ,  quedando el contrato  sujeto a las si­guientes cláu­sulas:

PRIMERA: La Muni­cipalidad contrata con La Empresa la prestación por parte de la última del acceso a internet  en todas las sedes de  la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social de la Municipalidad a saber: Área de Género y Diversidad, Programa Envión, sede la Secretaría ubicada en la intersección de calle 25 de Mayo y Suero de esta ciudad, casa municipal ubicada en la localidad de Cucullú, Centro de Día Alihuén, Centro Integrador Comunitario (CIC), Salón Multiuso Barrio Bicentenario (SUM), Oficina de Deportes, Casa de Abrigo, Servicio Local-Niñez, jardín Maternal Municipal Brotecitos.

SEGUNDA: ­El término de dura­ción del presente ins­tru­mento, se fija hasta el día 31 del mes de marzo del año 2026 y su vigencia es a partir del día 1º de enero del mismo año.

TERCERA:  El monto total mensual a pagar  por La Municipalidad a la empresa por la prestación  pactada se fija en   la suma de  pesos cuatrocientos veintitrés mil trescientos veintinueve ($423.329), en concepto de  abono, de acuerdo al siguiente detalle:
 

  • Área de Género y Diversidad                                               $ 36.882    mensuales
  • Casa Envión                                                               $ 36.882   mensuales
  • Sede de la Secretaría                                                           $ 65.044    mensuales
  • Casa municipal ubicada en la localidad de Cucullú $ 33.103     mensuales
  • Centro de Día Alihuén                                              $ 36.882    mensuales
  • Centro Integrador Comunitario (CIC)                       $ 62.374    mensuales
  • Salón Multiuso Barrio Bicentenario (SUM)              $ 36.882    mensuales
  • Oficina de Deportes                                                  $ 36.882    mensuales
  • Casa de Abrigo                                                          $ 44.516    mensuales
  • Jardín Maternal Municipal Brotecitos                     $ 36.882   mensuales

 

Los pagos se realizarán previa presentación de la factura respectiva y de la certificación de conformidad que deberá emitir el área correspondiente.

CUARTA: Las partes pueden resolver el presente contrato, para lo cual, deberán preavisar en forma fehaciente a la parte contraria con un plazo no inferior a 30 días. Asimismo, el incumplimiento por parte de la empresa de la prestación pactada en el presente instrumento, dará lugar a la Municipalidad a dar por rescindido este contrato sin necesidad de interpelación Judicial o extra judicial alguna.

- - - Para todos los efectos legales o judiciales que puedan emerger del presente, las partes se someten voluntariamente a la jurisdicción y competencia del Juzgado en lo Contencioso Administrativo de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Mercedes, Pcia. de Bs.As., y fijan sus domicilios en los enunciados ut-supra, donde serán válidas todas las no­tificaciones que se les practiquen. --------------------------------------------------------------------

- - - En prueba de conformidad y aceptación, se firman cuatro ejemplares del mismo tenor, en el lugar y fecha arriba indicados. -

 

 

 

 

            NELIDA BEATRIZ RODRIGUEZ

HERNAN PABLO FRAIESE