Boletines/Campana
Decreto Nº 471/26
Campana, 27/05/2026
Expte. Municipal - 4016-14130-0-2025 - RESCISION DEL CONTRATO DE LOCACION DE SERV. - Srta. Melisa REYNOSO -DNI N° 42.830.779
Visto
El Decreto Ley Nº 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), las leyes N° 13.298 y 14.656; el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su modificatorios, suscriptos el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, las Ordenanzas N° 5841/2011 y Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/2017, la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, y el Expediente Municipal Nº 401614130-0-2025; y
Considerando
Que obran los antecedentes de las contrataciones de profesionales para desempeñarse dentro del Programa “Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales y Saneamiento Ambiental”, en el marco del convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de Campana, el cual está destinado a niños/as, adolescentes y familias en situación de vulnerabilidad.
Que luce Decreto DECTO-2026-185-E-MUNICAM-INT, de fecha 05 de marzo de 2026, mediante el cual se dispuso la contratación de los profesionales allí detallados, para desempeñarse en el Programa mencionado, para el año 2026.
Que se anexa copia del Contrato de Locación de Servicios suscripto entre la Municipalidad de Campana y la Srta. Melisa REYNOSO.
Que la Cláusula Sexta del referido Contrato establece que cualquiera de las partes podrá rescindir el mismo.
Que se glosa Registro de Compromiso Nº 55-0-1974.
Que obra Nota mediante la cual la Srta. Melisa REYNOSO, manifiesta su voluntad de rescindir su Contrato de Locación de Servicios, por razones de índole personal, suscripto con la Municipalidad de Campana para el Programa “Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales y Saneamiento Ambiental”, a partir del día 01 de junio del año en curso.
Que, por lo expuesto, corresponde dar por rescindido a partir del día 01 de junio de 2026, el Contrato de Locación de Servicios, suscripto dentro del marco del Programa “Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales y Saneamiento Ambiental”.
Que la Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura toma conocimiento y solicita desafectar le Registro de Compromiso Nº 55-0-1974, que fuera emitido oportunamente para la contratación de dicha profesional.
Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no posee objeciones de carácter contable que formular.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento y manifiesta que no posee objeciones
Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento, dando prosecución a las actuaciones.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que resulta necesario proceder al dictado del pertinente acto administrativo.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/2017, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Acéptase, la rescisión del Contrato de Locación de Servicios, presentada por la Srta. Melisa REYNOSO D.N.I. Nº 42.830.779, suscripto en el marco del Programa “Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales y Saneamiento Ambiental”, a partir del día 01 de junio de 2026, en un todo de acuerdo con lo actuado en el Expediente Municipal Nº 4016-14130-0-2025.-
ARTÍCULO 2º.- Autorícese a la Contaduría Municipal, librar los pagos que correspondan, desafectando el saldo del Registro de Compromiso Nº 55-0-1974, que fuera emitido por la contratación de la Srta. Melisa REYNOSO. -
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal, la Señora Secretaria de Inclusión, Educación y Cultura, y el Señor Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; publíquese y archívese. -