Boletines/Rauch
Decreto Nº 308/26
Rauch, 27/03/2026
Visto
Las actuaciones promovidas en el Expediente Nro. 4093-22069/26 “Dublanc, Esther Beatriz s/ certificación de servicios para acceder al beneficio jubilatorio” ante el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.-
La nota elevada por el Director y la Administradora General del Sistema de Salud del Hospital Municipal “Gral. Eustoquio Díaz Vélez”, Dr. Omar Enrique Ávila y Cecilia Inés Bardón, respectivamente solicitando el cese laboral de la agente a fin de dar inicio a su trámite jubilatorio.-
El Decreto Ley 9650/80.-
El Convenio Colectivo de Trabajo (Régimen de Empleo Público para el Personal de la Municipalidad de Rauch).-
La Ordenanza Nº 1134/17.-
La ley Nº 14.656.-
La Ley Orgánica de las Municipalidades; y
Considerando
Que mediante la nota mencionada en los vistos las autoridades del Hospital Municipal “Gral. Eustoquio Díaz Vélez” solicitan el cese laboral de la Sra. Esther Beatriz Dublanc a fin de dar inicio a su trámite jubilatorio.
Que la agente municipal Esther Beatriz Dublanc, DNI Nº 16.303.912, Legajo de Personal Nº 101, quien desempeña tareas de enfermería, en carácter de personal de planta permanente, con categoría 18 con una carga horaria de cuarenta y ocho (48) horas semanales en el ente descentralizado Hospital Municipal de Rauch “Gral. Eustoquio Díaz Vélez”.
Que se forma el Expediente Nro. 4093-22069/26 a los fines de establecer si la agente municipal Esther Beatriz Dublanc, reúne los requisitos para acceder al beneficio jubilatorio, acreditándose mediante la certificación de servicios y el legajo de personal, que la Sra. Dublanc posee 41 años, 1 mes y 27 días de servicios prestados en el Hospital Municipal de Rauch “Gral. Eustoquio Díaz Vélez” y que, a su vez, cuenta con la edad exigida por el Decreto Ley 9650/80 para acogerse al beneficio jubilatorio.
Que en ese sentido, el art. 117 inc. i) del Convenio Colectivo de Trabajo expresa: El cese del agente, que será dispuesto por Departamento Ejecutivo, o por el Presidente del Honorable Concejo Deliberante se producirá por las siguientes causas: (…); i) A partir del momento en que el agente haya alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por las leyes jubilatorias y automáticamente al cumplir los sesenta y cinco años de edad, siempre que se halle en condiciones de obtener la jubilación.
Que de acuerdo a ley vigente, habiendo alcanzado la agente los requisitos para acceder a la jubilación ordinaria, debe disponerse el cese de la agente referida para acogerse a dicho beneficio, en virtud de lo establecido en el Convenio Colectivo de Trabajo Régimen de Empleo Público para el Personal de la Municipalidad de Rauch, convalidado por Ordenanza Nº 1134/17 y el Decreto Ley 9650/80 en su Título I Jubilación Ordinaria, apartado I, artículo 24, siguientes y concordantes.
Que hace a las atribuciones y deberes del Intendente Municipal entender en el cese de los empleados del Departamento Ejecutivo conforme lo dispuesto por la normativa administrativa vigente, por lo que, en consecuencia es menester proceder al dictado del acto administrativo correspondiente.
Que la conducta de la agente se encuadra en los derechos establecidos en los arts. 21 inc. o), 117 inc. i) y 119 del Convenio Colectivo de Trabajo Régimen de Empleo Público para el Personal de la Municipalidad de Rauch.
Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que le son propias:
D E C R E T A.-
Artículo 1ro.- Disponer el cese a los fines jubilatorios a partir del 1 de abril de 2026 de la agente municipal Esther Beatriz Dublanc, D.N.I. Nº 16.303.912, Legajo de Personal Nº 101, dependiente del ente descentralizado Hospital Municipal “Gral. Eustoquio Díaz Vélez”, en un todo de acuerdo a los vistos y considerandos del presente.-
Artículo 2do.- La Oficina de Contaduría del Hospital Municipal “Gral. Eustoquio Díaz Vélez”, previa intervención de la Oficina de Liquidación de Sueldos, procederá a liquidar a la agente cesada en su cargo, el haber que le pudiere corresponder hasta el día del cese efectivo de sus actividades.-
Artículo 3ro.- El presente decreto será refrendado por el Secretario de Planificación, Coordinación y Control de Gestión, en ejercicio e interinamente a cargo de la Secretaría de Gobierno y la Secretaria de Hacienda.-
Artículo 4to.- Cúmplase, comuníquese, tomen conocimiento las oficinas municipales que correspondan y dése al Libro de Decretos.-
Fdo. Dr. Mario Arnaldo Ibargoyen - Secretario de Planificación, Coordinación y Control de Gestión.
Fdo. Cra. María Florencia Miquelarena De Fabio - Secretaria de Hacienda.
Fdo. Cr. Roberto Maximiliano Suescun - Intendente Municipal.