Boletines/Rauch
Decreto Nº 295/26
Rauch, 19/03/2026
Visto
El Contrato de Locación de Servicios nro. 45/26 suscripto con la Lic. en Trabajo Social María Laura Campos.-
Los artículos 66 y 161 bis del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de administración para las municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-
El artículo 45 de la Ley 14656 - Régimen Marco del Empleo Público.-
La Ley Orgánica de las Municipalidades; y
Considerando
Que dentro de las diferentes área municipales, se encuentra la Secretaría de Desarrollo Humano y Familiar, la que es muy extensa en cuanto a sus injerencias e intervenciones, como así también muy amplias, complejas y sensibles, que abarcan las Direcciones de Desarrollo Humano y Familiar, Tercera Edad, Discapacidad, Géneros y Diversidad, Educación, Cultura y Deportes.
Que en este sentido, la Secretaría cuenta con gran demanda de trabajo, y resulta necesario realizar diversas tareas pertinentes al trabajo de una Lic. en Trabajo Social, para así responder de manera más eficiente a las demandas que se presentan.
Que el Departamento Ejecutivo necesita contar con personal con una capacitación adecuada, eficiente, en el marco de un estricto rigor de responsabilidad en lo profesional técnico.
Que la tarea a encomendarle es la realización de dos (2) informes sociales para el inicio de una pensión social no contributiva para ser presentada ante el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (I.P.S.).
Que la Lic. María Laura Campos es una profesional suficientemente preparada, capacitada e idónea para desarrollar las mencionadas tareas.
Que el artículo 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades autoriza a celebrar contratos con profesionales en tanto se declare la Incompetencia del área fundada y reconocida por el Departamento Ejecutivo.
Que, en este sentido, el artículo 45 de la Ley 14656 establece que se podrá contratar personal bajo la figura del contrato de locación de servicios para la realización de trabajos o servicios extraordinarios, siempre y cuando sea en el campo de la ciencia o las artes, y se cumplan determinados parámetros.
Que, en función de ello, se suscribe el contrato nro. 45/26 en fecha 19 de marzo del corriente año siendo la labor asignada, la realización de dos (2) informes sociales para el inicio de una pensión social no contributiva.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Rauch, en uso de las facultades que le son propias:
D E C R E T A.-
Artículo 1ro.- Declarar la Incompetencia de la Secretaría de Desarrollo Humano y Familiar para las tareas mencionadas en un todo de acuerdo con los vistos y considerandos del presente.-
Artículo 2do.- Ratificar la contratación de la Lic. María Laura Campos, D.N.I. N° 26.439.940 a través del Contrato Nº 45/26 para la realización de dos (2) informe social para el inicio de una pensión social no contributiva.-
Artículo 3ro.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Planificación, Coordinación y Control de Gestión, en ejercicio e interinamente a cargo de la Secretaría de Gobierno, la Secretaria de Desarrollo Humano y Familiar y la Secretaria de Hacienda .-
Artículo 4to.- Cúmplase, comuníquese, tomen conocimiento las oficinas municipales que correspondan y dése al Libro de Decretos.-
Fdo. Dr. Mario Arnaldo Ibargoyen - Secretario de Planificación, Coordinación y Control de Gestión.
Fdo. Prof. Carolina Lusarreta Keegan - Secretaria de Desarrollo Humano y Familiar.
Fdo. Cra. María Florencia Miquelarena De Fabio - Secretaria de Hacienda.
Fdo. Cr. Roberto Maximiliano Suescun - Intendente Municipal.