Boletines/Rauch

Decreto Nº269/26

Decreto Nº 269/26

Rauch, 11/03/2026

Visto

El Expediente 4093-21917/26 iniciado por la entidad denominada Asociación de Bomberos Voluntarios de Rauch.-

La nota Nº 21917 presentada por dicha entidad, en fecha 24 de febrero del corriente año, solicitando autorización para poner en circulación una Rifa Municipal.-

La Ordenanza nro. 238/79 y sus modificatorias.-

La Ley Orgánica de las Municipalidades; y

Considerando

Que, mediante la nota mencionada en los vistos, la Asociación de Bomberos Voluntarios de Rauch, solicita autorización para poner en circulación una rifa municipal, adjuntando la documentación requerida a tal fin, la cual obra agregada al expediente municipal referido.

Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza 238/79 y sus modificatorias, correspondiendo dar curso favorable a su solicitud.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Rauch, en uso de las facultades que le son propias:

D E C R E T A.-

Artículo 1ro.- Autorizar a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Rauch, con domicilio real y legal en calle Moreno N° 755, a realizar una Rifa Municipal, de acuerdo a la Ordenanza 238/79 y sus modificatorias, que se sorteará, ante Escribano Público, el día 5 de junio de  2027, poniendo en circulación dos mil quinientas (2.500) boletas con cuatro (4) números y de cuatro (4) cifras cada una, numeradas del 0000 al 9999, cuyo valor de venta será de pesos ciento ochenta mil ($ 180.000,00), pagaderos al contado o en doce (12) cuotas iguales y consecutivas de pesos quince mil ($ 15.000,00), cada una.-

Artículo 2do.- Los premios que se otorgarán únicamente para aquellos adquirentes que tengan pago el importe total de la rifa a la fecha del sorteo final, serán los siguientes:

PRIMER PREMIO:

Una casa a estrenar, valor PESOS CIENTO VEINTE MILLONES ($ 120.000.000,00)

SEGUNDO PREMIO:

Una ORDEN DE COMPRA, valor PESOS SEIS MILLONES ($ 6.000.000,00)

TERCER PREMIO:

Una ORDEN DE COMPRA, valor PESOS TRES MILLÓNES ($ 3.000.000,00)

CUARTO PREMIO:

Una ORDEN DE COMPRA, valor PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($1.500.000,00)

PREMIOS MENSUALES: La Asociación de Bomberos Voluntarios de Rauch realizará sorteos ante Escribano Público el cuarto viernes de cada mes de 2026/2027, en la sede de la Institución, en los siguientes meses: Junio/2026, Julio/2026, Agosto/2026, Septiembre/2026, Octubre/2026, Noviembre/2026, Diciembre/2026, Enero/2027, Febrero/2027, Marzo/2027 y Abril/2027; reconociéndose el siguiente orden de premios a sortear:

PRIMER PREMIO:

Una ORDEN DE COMPRA, valor PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000,00)

SEGUNDO PREMIO:

Una ORDEN DE COMPRA, valor PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL ($ 240.000,00)

TERCER PREMIO:

Una ORDEN DE COMPRA, valor PESOS CIENTO OCHENTA MIL ($ 180.000,00)

PREMIO POR PAGO AL CONTADO: La Asociación de Bomberos Voluntarios de Rauch, realizará ante Escribano Público, un sorteo especial para quienes hayan abonado la rifa por pago al contado, el cuarto viernes del mes de noviembre de 2026, en la sede de la Institución sita en calle Moreno Nº 755 de Rauch, reconociéndose el siguiente orden de premios a sortear:

PRIMER PREMIO:

Una ORDEN DE COMPRA, valor PESOS NUEVE MILLONES ($ 9.000.000,00)

SEGUNDO PREMIO:

Una ORDEN DE COMPRA, valor PESOS TRES MILLÓNES ($ 3.000.000,00)

PREMIO ESPECIAL POR PAGO TOTAL: La Asociación de Bomberos Voluntarios de Rauch, realizará ante Escribano Público, un sorteo especial para quienes hayan abonado el total de la rifa, el cuarto viernes del mes de febrero de 2027, en la sede de la Institución sita en calle Moreno Nº 755 de Rauch, reconociéndose el siguiente orden de premios a sortear:

PRIMER PREMIO:

Una ORDEN DE COMPRA, valor PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000,00)       

SEGUNDO PREMIO:

Una ORDEN DE COMPRA, valor PESOS SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($ 750.000,00)

Artículo 3ro.- La entidad peticionante queda exenta del depósito del 5% del valor total de la rifa, de acuerdo a lo determinado en el art. 2do. Inc e) de la Ordenanza nro. 238/79 y su modificadora la Ordenanza nro. 556/06.-

Artículo 4to.- El presente decreto será refrendado por el Secretario de Planificación, Coordinación y Control de Gestión, en ejercicio e interinamente a cargo de la Secretaría de Gobierno, y por la Secretaria de Hacienda.-

Artículo 5to.- Cúmplase, comuníquese, tomen conocimiento las Oficinas Municipales que correspondan y dése al Libro de Decretos.-

 

Fdo. Dr. Mario Arnaldo Ibargoyen - Secretario de Planificación, Coordinación y Control de Gestión.

Fdo. Cra María Florencia Miquelarena De Fabio- Secretaria de Hacienda.

Fdo. Cr. Roberto Maximiliano Suescun - Intendente Municipal.