Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº871

Decreto Nº 871

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 27/04/2026

VISTO el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la Redeterminación de Precios Definitiva del CERTIFICADO N° 1, N° 2, N° 3 y N° 4 Final, de la obra: “PUESTA EN VALOR PARQUE INDEPENDENCIA - TERMINACIÓN 2° ETAPA", ejecutada por la empresa GEOMAC S.A., y:

CONSIDERANDO: 

Que a fojas 35 el Departamento Proyectos y Obras informa que por Ordenanza N°20986, la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto N°290/2021 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que establece la posibilidad de redeterminar precios en contratos de obras públicas.-

Que se elevan planillas de análisis de Precios Redeterminados en forma Definitiva del CERTIFICADO N° 1, N° 2, N° 3 y N° 4 Final, para la obra a cargo de la Empresa GEOMAC S.A., cuya Fecha de Licitación fue el 09/01/2025, la Fecha de Contrato el 04/02/2025, y con un Plazo de obra de 105 días.-

Que en el caso del CERTIFICADO N° 1 redeterminado, el mes de ejecución fue Febrero 2025, el mes de corte fue Febrero 2025 (en el que ha superado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado), sin redeterminación provisoria, con una redeterminación definitiva de $186.240,07; del CERTIFICADO N° 2, el mes de ejecución fue Marzo 2025, el mes de corte fue Marzo 2025 (en el que ha superado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado), con redeterminación provisoria de $390.071, con una redeterminación definitiva de $392.116,07, con una diferencia a abonar de $ 2.045,07; del CERTIFICADO N° 3, el mes de ejecución fue Abril 2025, el mes de corte fue Abril 2025 (en el que ha superado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado), con redeterminación provisoria de $417.433,36, con una redeterminación definitiva de $428.435,06, con una diferencia a abonar de $ 11.001,70; del CERTIFICADO N° 4 Final, el mes de ejecución fue Mayo 2025, el mes de corte fue Mayo 2025 (en el que ha superado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado), con redeterminación provisoria de $750.781,69, con una redeterminación definitiva de $751.352,98, con una diferencia a abonar de $571,29. El resultado arroja un total a abonar de $199.858,12.-

Que el Departamento Proyectos y Obras sugiere que la Redeterminación deberá abonarse por un monto de PESOS CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON DOCE CENTAVOS ($199.858,12). Se deberá descontar $9.992,91 en concepto del 5% correspondiente a la garantía de fondo de reparo.-

Que, el Departamento Técnico considera que debería remitirse el presente acto al Secretario de Economía para su refrende.-

Que a fojas 60/61 obra el Acta Acuerdo, en la cual ambas partes convienen los precios redeterminados que constan en el Anexo I para la obra motivo de las presentes actuaciones. Este procedimiento se encuentra plasmado en los artículos 20°, 21° y 22° de la normativa nombrada.-

Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,                                                 

                                                          - D E C R E T A -

ARTICULO 1º: Convalidar el procedimiento de redeterminación de precios definitiva de la obra: “PUESTA EN VALOR PARQUE INDEPENDENCIA - TERMINACIÓN 2° ETAPA", correspondiente al CERTIFICADO N° 1, N° 2, N° 3 y N° 4 Final por un monto de PESOS NOVENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($96.753.233,85), conforme el Acta Acuerdo y su Anexo I obrante a fojas 60/61 del presente expediente y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 22º de la ordenanza N°20.986.-

ARTICULO 2°: Abonar el monto de PESOS CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON DOCE CENTAVOS ($199.858,12), correspondiente a la diferencia de los cálculos finales de la redeterminación de precios definitiva del CERTIFICADO N° 1, N° 2, N° 3 y N° 4 Final, de la obra: “PUESTA EN VALOR PARQUE INDEPENDENCIA - TERMINACIÓN 2° ETAPA", en un todo de acuerdo con la Cláusula Tercera del Acta Acuerdo y su Anexo I, obrante a fojas 60/61, considerandos y antecedentes obrantes en expediente Nº 416R-580--2025-3.-

ARTÍCULO 3º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.75.00, Gasto 4.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente.- 

ARTÍCULO 4º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-

ARTÍCULO 5º: Cúmplase, publíquese; dése al RO.; notifíquese a la empresa interesada; tomen nota Subdirección de Presupuesto, Departamento Contaduría General, Departamento Proyectos y Obras. Cumplido RESERVESE en el Departamento Proyectos y Obras.-