Boletines/Moreno

Decreto Nº0780/26

Decreto Nº 0780/26

Moreno, 16/03/2026

Visto y considerando

VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente N.º 4078-283032-I-2026, iniciado por el organismo descentralizado Instituto Municipal de Desarrollo Económico Local (IMDEL); y,

CONSIDERANDO que la Coordinación General de Programa de Desarrollo Agrario y Agroalimentario del IMDEL solicitó que se declare de Interés Municipal el evento denominado “Semana de la Agricultura Urbana” el cual se llevará a cabo a partir del 6 de abril de 2026 y culminará con un encuentro institucional los días viernes 10 y sábado 11 de abril del corriente año, en el horario de 10:00 a 18:00hs., en la Plaza Bujan sito en Av. Bartolomé Mitre y calles Callao, Concejal Pellico, Arribeños y Justo Daract, Partido de Moreno. 

Que, el objeto principal del evento recreativo refleja el compromiso del Municipio con la agricultura urbana, el cual estará conformado por dos momentos, uno vinculado a la promoción y a la visualización de ésta a través de la difusión en redes técnicas y prácticas agroecológicas, de experiencias de vida vinculada a la producción de huertas comunitarias, educativas, familiares, medicinales, etc. con producciones audiovisuales de charlas y contenidos técnicos los días lunes 6 hasta el jueves 9 de abril. Y otro momento vinculado a la realización de un evento los días viernes 10 y sábado 11 de abril de 2026, donde confluyen todos los actores institucionales y territoriales de la agricultura urbana, entre los cuales podemos mencionar, las huertas comunitarias, huertas familiares e institucionales educativas y también es de suma importancia mencionar el Hospital Mariano y Luciano de La Vega, como asimismo el Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires, el INTA, la Universidad de Buenos Aires, entre otros.

Que, este evento es de suma importancia para la política pública local y provincial, dado que abarca aspectos claves como la visibilidad del “Programa de Agricultura Urbana”, su vínculo con municipios cercanos y con el “Programa Huerta Urbana Bonaerense” (dependiente del MDA).

Que, en dicho evento, se abordarán aspectos como el conocimiento técnico para mejorar la producción y calidad de alimentos que se pueden producir en las huertas familiares de patios productivos, y también en huertas comunitarias, educativas, entre otras. Lo cual permitirá debatir sobre diversos temas que competen a la producción, valor agregado y comercialización de productos de la agricultura urbana.

Que, la presente iniciativa, resulta sumamente importante para el Municipio de Moreno, ya que permite reconocer la relevancia de la Agricultura Urbana en nuestro territorio, en tanto forma parte del acervo identitario local, vinculado a los saberes y prácticas productivas aportadas por familias de norte y litoral argentino de colectividades paraguayas, bolivianas e italianas.

Que, esta propuesta, para obtener una política pública integral, será llevada a cabo en articulación con diversas áreas del IMDEL para su participación activa en dicho evento.

Que, a fin de asegurar el normal y adecuado desarrollo del evento previsto, se considera pertinente la provisión y adquisición de carpas, banners, folletería, agasajo gastronómico, baños químicos, proyector, equipo de sonido, hongos de gas para calefaccionar, contratación de artistas, músicos en vivos, micros, así como otros insumos necesarios para el adecuado desarrollo del evento.

Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108, inc. 17 del Decreto-Ley 6769/58 – Ley Orgánica de las Municipalidades.

Por ello,

LA INTENDENTA MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORENO 

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal el evento denominado “Semana de la Agricultura Urbana” el cual se llevará a cabo a partir del 6 de abril de 2026 y culminará con un encuentro institucional los días viernes 10 y sábado 11 de abril del corriente año, en el horario de 10:00 a 18:00hs., en la Plaza Bujan sito en Av. Bartolomé Mitre y calles Callao, Concejal Pellico, Arribeños y Justo Daract, Partido de Moreno.

ARTÍCULO 2º.- Autorícese a la Jefatura de Compras IMDEL a gestionar las adquisiciones de bienes y contrataciones de servicios que sean necesarias, para así poder llevar a cabo lo descripto en el artículo precedente.

ARTÍCULO 3º.- Autorícese a Contaduría IMDEL a librar las respectivas órdenes de pago a fin de solventar los gastos que eventualmente emerjan del evento mencionado en el artículo 1°.

ARTÍCULO 4º.- Deléguese en el Sr. Administrador General del Organismo Descentralizado I.M.D.E.L. la reprogramación, modificación, cambio de lugar o prórroga de la fecha o el horario de realización del evento mediante Resolución IMDEL, para lo cual se aplicará el presente Decreto a los mismos fines y efectos.

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y Justicia.

ARTÍCULO 6º.- Regístrese, publíquese, notifíquese, comuníquese. Cumplido, archívese.

SR NAHUEL BERGUIER                    SRA MELINA MARIEL FERNANDEZ