Boletines/Campana

Decreto Nº443/26

Decreto Nº 443/26

Campana, 19/05/2026

Expediente Electrónico EX-2026-00037727- -MUNICAM-SMESA#DGAA

Visto

El Decreto – Ley N° 6769/1958 – Ley Orgánica de las Municipalidades (t.v.); La Ley Provincial N° 14.656, el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017, la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización y el EX-2026-00037727- -MUNICAM-SMESA#DGAA; y

Considerando

Que por haber incurrido en ausencias sin justificar desde el 1° de abril de 2026, se intimó al Sr. Julio Oscar ZAPATA por CD N° 36439429 0 del 22 de abril de 2026, a retomar su puesto de trabajo dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas hábiles subsiguientes a su notificación, bajo apercibimiento de proceder a decretar su cesantía.

Que el Correo Argentino informa con fechas 24 y 27 de abril de 2026 no se entregó dicha CD, indicando CERRADO / AUSENTE – SE DEJÓ AVISO DE VISITA y con fecha 6 de mayo de 2026 indica PLAZO VENCIDO/NO RECLAMADO.

Que el domicilio del destinatario consignado en la carta documento referida coincide con el último declarado por el trabajador conforme a lo dispuesto en el artículo 103 inciso k) de la Ley 14.656, por lo que corresponde proceder a su cese, desde el 11 de mayo de 2026.

Que  la Dirección General de  Recursos Humanos  informa que  el  Sr. ZAPATA  revista  en  la  Planta  Permanente  de  Personal,  como   Jefe  de  División Coordinación de Eventos de Cultura y Educación – Clase II – “C” -, dependiente de la Dirección de Educación, Subsecretaria de Cultura y Educación, Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura, Secretaría General de Políticas Sociales y Productivas, Jefatura de Gabinete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/2017, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Por ello,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTICULO 1°.- Déjase cesante por abandono de cargo al Sr. Julio Oscar ZAPATA (D.N.I. 30.171.039 – Clase 1983), legajo personal N° 7340, quien, revistaba la Planta Permanente de Personal, como jefe de División Coordinación de Eventos de Cultura y Educación – Clase II – “C” -, dependiente de la Dirección de Educación, Subsecretaria de Cultura y Educación, Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura, Secretaría General de Políticas Sociales y Productivas, Jefatura de Gabinete, con retroactividad al 11 de mayo de 2026, en virtud de lo establecido en el artículo 108 de la Ley Provincial N° 14.656, por las razones expuestas en los Considerandos del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 2°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal, el Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 3°. - Regístrese; comuníquese; publíquese; notifíquese;  y archívese. -