Boletines/Pilar
Decreto Nº 2058/17
Pilar, 30/05/2017
Corresponde al Expediente N° 240/2015 - 3698/2015
PILAR,
Visto
El presente expediente N° 3698/2015, iniciado por BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A., mediante representante cuyo mandato surge de la copia del poder que obra a fs. 7, cuyo objeto resulta descripto a fs. 1, solicitando la reserva de espacio de estacionamiento para camión de caudales frente a la sucursal ubicada en la calle Lorenzo López 564, de la Localidad cabecera del Partido Del Pilar, y
Considerando
Que lo solicitado se encuentra contemplado en el Art. 63 inc. G) de la Ley Nacional 24449.
Que asimismo se encuentra vigente la Comunicación A 5308, del Banco Central de la República Argentina, la que en su sección 4ta. Regula el transporte de caudales por parte de las entidades financieras.
Que dicha normativa estipula expresamente en la Sección 4 punto 3 que “Las entidades financieras deberán arbitrar los recursos para que se cumplimente adecuadamente (...) la actividad de carga y clescarga de dinero que realizan los vehículos blindados de transporte de caudales, ya sean propios o de terceros, en sus casas y dependencias; a tal efecto, deberán gestionar antenas autoridades municipales de cada jurisdicción un lugar de estacionamiento libre y exclusivo para los camiones blindados de transporte de dinero frente a las mismas”.
Que la petición realizada a fs. 1 por el iniciador, resulta procedente, habida cuenta que se refiere a la sucursal ubicada en el casco céntrico de la Localidad Pilar, de la entidad bancaria, siendo este Municipio ante quien debe dirigirse la petición y el Honorable Deliberativo quien por su competencia natural debe tratar el requerimiento.
Que el iniciador se encuentra legítimamente en condiciones de representar a la entidad bancaria, debidamente acreditado mediante la copia del poder obrante a fs. 7.
Que conforme normativa vigente, la calle Lorenzo López en el tramo comprendido entre las calles Ituzaingo y Rivdavia, posee estacionamiento permitido sobre la acera impar, por cuanto el espacio reservado para detención de vehículos transportadores de caudales deberá establecerse en la vereda opuesta a la que se haya la sucursal de la entidad bancaria.
Que por lo precedentemente expuesto, la zona deberá establecerse en la calle Lorenzo López 559, por espacio de seis (6) metros lineales, con la respectiva cartelería indicativa.
Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza N° 130/2017.
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO PRIMERO. = Promúlgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 130/2017, cuya parte dispositiva dice:
ARTICULO 1°: Autorícese la reserva para el estacionamiento de transporte de caudales en la calle Lorenzo López a la altura 559, por espacio de seis (6) metros lineales frente a la sucursal del Banco de Galicia y Buenos Aires S.A., en la Localidad cabecera del Partido Del Pilar.
ARTICULO 2°: Procédase a remover la cartelería que se encuentra sobre la acera par de la mencionada arteria, la que deberá ser relocalizada conforme el Artículo 10 de la presente.
ARTICULO 3º: La presente autorización no demandará erogación alguna para el Municipio, quedando a cargo de todo gasto la entidad financiera.
ARTICULO 4°: Pase a D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 11 de mayo de 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Jefatura de Gabinete, Dirección General de Infraestructura de Transporte, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.