Boletines/Pilar
Decreto Nº 2016/17
Pilar, 30/05/2017
Corresponde al Expediente N° 231/2017 — 7743/2016
PILAR,
Visto
El expediente de la referencia por el cual el Sr. Gonzalez Antonio Roberto, DNI N° 4.591.047, solicita la verificación de eximición de los períodos 2012, 2013 y 2014 sobre el pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales del inmueble correspondiente a la nomenclatura catastral Circunscripción: IX, Sección: M, Quinta: 73, Manzana: 731-1, Parcela: 18, partida N° 132868, y
Considerando
Que para acreditar el derecho invocado, quien peticiona adjunta documentación correspondiente.
Que la Dirección de Rentas Generales a fojas N° 13 adjunta informe pertinente indicando que el solicitante se encuentra como contribuyente del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales en calidad de Titular de la partida N° 132868.
Que la Dirección de Rentas Inmobiliarias a fojas N° 14/15 adjunta detalle de deuda correspondiente a la partida de referencia.
Que la Secretaría de Hábitat y Desarrollo Humano a fojas N° 24 adjunta informe pertinente donde considera que por ser periodos anteriores no corresponde una eximición sino deberían tratarse como condonación de deuda.
Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza N°69/2017.
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO PRIMERO. = Promúlgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 69/2017, cuya parte dispositiva dice:
ARTÍCULO 1°: Condonase al Sr. Gonzalez Antonio Roberto, DNI N° 4.591.047, el pago de la deuda por los periodos 2012, 2013 y 2014 del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales de la partida N° 132868, correspondiente a la nomenclatura catastral Circunscripción: IX, Sección: M, Quinta: 73, Manzana: 73H, Parcela: 18.
ARTICULO 2°: Pase al D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante con fecha 27 de abril de 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Ingresos Municipales, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.