Boletines/Pilar

Decreto Nº2011/17

Decreto Nº 2011/17

Pilar, 30/05/2017

Corresponde al Expediente N° 73/2017 — 7331/2016

PILAR

Visto

El expediente N° 7331/2016 por el que la Sra. Marta Mene solicita se disponga la prescripción de las deudas por Tributos Municipales por los periodos 2008 y 2009, y

Considerando

Que el inmueble por el que solicita la prescripción está ubicado en la calle Gral. Guido 987 de la Localidad de Pilar, nomenclatura catastral Circunscripción: 8, Sección: F, Código: 3, Manzana: 96, Parcela 6, Partida N° 136090, por los períodos comprendidos entre las cuotas 01/08 al 06/09.

Que el contribuyente se encuentra registrado en calidad de cotitular de la Partida conforme surge del informe de fs. 09.

Que según el artículo 278 de la Ley Orgánica Municipal las deudas de los contribuyentes en mora por el pago de impuestos, tasas y otras contribuciones prescriben a los cinco años de la fecha en que debieron paga rse.

Que el artículo 50 de la Ley de Presupuesto Provincial N° 14807 establece que “Los Municipios de la Provincia de Buenos Aires podrán disponer, conforme las competencias constitucionales y legalmente asignadas a los Departamentos que los integran, la condonación de las deudas que mantengan los contribuyentes por obligaciones tributarias municipales, multas y accesorios, cuyas acciones de cobro se encuentren prescriptas al cierre del ejercicio 2015”.

Que de la norma antes transcripta surge sin lugar a dudas que pueden condonarse las deudas prescriptas hasta el año 2009 inclusive y anteriores.

Que es competencia exclusiva del Honorable Concejo Deliberante resolver sobre condonación de deudas.

Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza N° 107/2017.

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO PRIMERO. = Promulgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 107/ 2017, cuya parte dispositiva dice:

ARTÍCULO 1°: Condónese las deudas que pesan sobre el inmueble sito en la calle Gral. Guido 987 de la Localidad de Pilar, nomenclatura catastral Circunscripción: 8, Sección: F, Código: 3, Manzana: 96, Parcela 6, Partida N° 136090, por los períodos comprendidos entre las cuotas 01/08 al 06/09.

ARTICULO 2°: Dejar establecido que el Departamento Ejecutivo, a través de los funcionarios que tienen a su cargo el cobro de recursos municipales, deberán ajustarse a futuro a las previsiones de la Ley Orgánica Municipal.

ARTICULO 3°: Pase a D.E. a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 27 de abril de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Ingresos Municipales, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.