Boletines/Pilar

Decreto Nº1990/17

Decreto Nº 1990/17

Pilar, 30/05/2017

Corresponde al Expediente N° 878/2016 — 14961/2016

PILAR,

Visto

El expediente de referencia por el cual la Sra. Sánchez Juana Carmen, DNI N° 4.110.687, solicita acreditación de los periodos 2013 — 2014, del pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales del inmueble correspondiente a la nomenclatura catastral Circunscripción: X, Sección: A, Quinta: 1, Manzana: 1 A, Parcela: 20, partida N° 104549, y

Considerando

Que para acreditar el derecho invocado, quien peticiona adjunta documentación correspondiente.

Que la Dirección de Rentas Generales a fojas 10 adjunta informe pertinente indicando que el solicitante se encuentra como contribuyente del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales en calidad de titular de la partida N° 104549.

Que la Dirección de Rentas Inmobiliarias a fojas 11 — 12 adjunta detalle de deuda correspondiente a la partida de referencia.

Que la Secretaría de Hábitat y Desarrollo Humano a fojas 16 adjunta informe pertinente en el cual considera que por tratarse de periodos anteriores, la misma no constituye una eximición, sino una condonación e deuda por los periodos 2013 - 2014.

Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza N° 98/2017.

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO PRIMERO. = Promulgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 98/2017, cuya parte dispositiva dice:

ARTÍCULO 1°: Condánese a la Sra. Sánchez Juana Carmen, DNI N° 4.110.687, el pago de la deuda por los periodos 2013 — 2014 del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales de la partida N° 104549, correspondiente a la nomenclatura catastral Circunscripción: X, Sección: A, Quinta: 1, Manzana: 1 A, Parcela: 20.

ARTICULO 2°: Pase al D.E., a sus efectos. Dada y Sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante con fecha 27 de abril de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Ingresos Municipales, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.