Boletines/Pilar
Decreto Nº 1984/17
Pilar, 30/05/2017
Corresponde al Expediente N° 324/2017 — 7264/2016
PILAR,
Visto
El expediente de referencia por el cual el Sr. De Aloysio Eduardo Hugo, DNI N° 8.251.728, solicita verificación de eximición de los períodos 2012 — 13 — 14, sobre el pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales del inmueble correspondiente a la nomenclatura catastral Circunscripción: VII, Sección: F, Manzana: 87, Parcela: 5, Partida: 41855, y
Considerando
Que para acreditar el derecho invocado, quien peticiona adjunta documentación correspondiente.
Que la Dirección de Rentas Generales a fojas N° 12 adjunta informe pertinente indicando que el solicitante se encuentra como contribuyente del Tributo de Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales en calidad de Titular de la Partida N° 41855.
Que la Dirección de Rentas Inmobiliarias a fojas N° 14 — 15 adjunta detalle de deuda correspondiente a la partida de referencia.
Que la Secretaría de Hábitat y Desarrollo Humano a fojas N° 28 adjunta informe pertinente donde considera que por ser períodos anteriores no corresponde una eximición sino deberían trata rse como condonación de deuda.
Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza N° 137/2017.
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO PRIMERO. = Promúlgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 137/2017, cuya parte dispositiva dice:
ARTÍCULO 1°: Condónese al Sr. De Aloysio Eduardo Hugo, DNI N° 8.251.728, el pago de la deuda por los períodos 2012 - 2013 - 2014 del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales de la Partida N° 41855, correspondiente a la nomenclatura catastral Circunscripción: VII, Sección: F, Manzana: 87, Parcela: 5.
ARTICULO 2°: Pase a DE. a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 11 de mayo de 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase Secretaría de Economía y Hacienda, Subsecretaría de Ingresos Municipales, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.