Boletines/Pilar
Decreto Nº 1983/17
Pilar, 30/05/2017
Corresponde al Expediente N° 293/2017 - 1551/2014
PILAR,
Visto
El expediente de la referencia por el cual la “Fundación Sagrada Familia” solicita condonacióndel Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales por la partida municipal N° 162643 por el período fiscal 2011 y 2012, y
Considerando
Que a fojas 01 el iniciador solicita a través de su Director Ejecutivo la correspondiente condonación.
Que a fojas 04/06 se acompaña Escritura Pública y datos registrales que acreditan la titularidad sobre las correspondientes partidas.
Que a fojas 21 luce copia certificada del Decreto N° 16/02 mediante el cual se reconoció a la institución como Entidad de Bien Público y quedando registrada bajo el N° 447.
Que a fojas 51 la Dirección de Relaciones Institucionales, área con responsabilidad primaria en la materia, presta conformidad.
Que el iniciador cumple con lo dispuesto en la Ordenanza N° 150/03.
Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza N° 149/2017.
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO PRIMERO. = Promúlgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 149/2017, cuya parte dispositiva dice:
ARTÍCULO 1°: Condonase a la “Fundación Sagrada Familia” por Tributo de Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales, correspondiente a la partida municipal N° 162643 por el período fiscal 2011 y 2012.
ARTICULO 2°: Pase a D.E. a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 11 de mayo de 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Ingresos Municipales, Dirección de Relaciones Institucionales, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.